Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/03/2023 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA

MIÉRCOLES 15 DE MARZO DE 2023
AÑO CX - TOMO DCXCIX - Nº 51
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
MUNICIPALIDAD

ALTA GRACIA

5

a SECCION

CONCURSO PÚBLICO 13/23
Decreto Nº 641/23 La Municipalidad de Alta Gracia llama a Concurso Público de Precios para el día 27 de marzo de 2.023, a las 12:00 hs. en la Sala de Reuniones de la Municipalidad de Alta Gracia sita en calle Belgrano Nº 15, con el objeto de la adquisición de 1700 luminarias LED de alumbrado público bajo el programa ALTA GRACIA ILUMINA TU BARRIO. Valor del Pliego: $2.000,00 Pesos DOS MIL y se adquiere en Tesorería de la Municipalidad de Alta Gracia, sita en calle Belgrano N 15, 1º piso, en el horario de 07:30 a 13:00 horas, hasta el día 23 de marzo de 2.023. Presupuesto Oficial: $49.500.000,00 PESOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS MIL IVA INCLUIDO. Presentación de ofertas: podrán presentarse en días hábiles de 7:30 a 13:30 horas en la oficina de la Secretaría de Economía y Finanzas de la Municipalidad de Alta Gracia, sita en calle Belgrano N 15, 1º piso y se recibirán hasta las 11:00 hs. del día 27 de mar-

MUNICIPALIDAD

BALLESTEROS SUD

DECRETO 10/2023
Visto: Que las actuales autoridades municipales terminan su mandato el día diez del mes de diciembre del año dos mil veintitrés. Y Considerando:

Que de acuerdo a lo establecido por el artículo 49 inc. 4 de la Ley8102, es facultad privativa del Departamento Ejecutivo Municipal la convocatoria a elecciones generales para la renovación de autoridades que conforman el Gobierno Municipal y sus organismos de control, es decir, Intendente, miembros del Concejo Deliberante y del Tribunal de Cuentas.
Que, por lo expresado precedentemente, se hace necesario definir la fecha de las elecciones municipales de nuestra localidad.
Que, conforme a ello, corresponde establecer que, a los fines de la composición del Concejo Deliberante, y de acuerdo al número de habitantes y lo establecido por el Art. 12 de la Ley 8102 corresponde a esta localidad de Ballesteros Sud la convocatoria a la elección de siete miembros titulares y siete suplentes del Cuerpo Legislativo.
Que el presente Decreto deberá ser notificado al Juzgado Electoral Provincial, para que en ejercicio de sus legítimas facultades y deberes proceda a proveer todo lo concerniente al proceso electoral local, de acuerdo a lo previsto en la Ley Orgánica Municipal y leyes electorales aplicables al caso.
Por Ello, la intendente Municipal de Ballesteros Sud DECRETA

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y
OTRAS DE MUNICIPALIDADES
Y COMUNAS

SUMARIO
MUNICIPALIDAD ALTA GRACIA
Concurso Público 13/23 Pag. 1
MUNICIPALIDAD BALLESTEROS SUD
Decreto N 10/2023 Pag. 1
MUNICIPALIDAD BALLESTEROS
Decreto N 15/2023 Pag. 2
MUNICIPALIDAD MONTE LEÑA
Decreto N 11/2023 Pag. 3
MUNICIPALIDAD LAS PERDICES
Notificación Pag. 4

zo de 2.023. Fecha de apertura de las propuestas: 27 de marzo de 2.023, a las 12:00 hs., en la Sala de Reuniones de la Municipalidad de Alta Gracia sita en calle Belgrano Nº 15. Oficialía Mayor Municipalidad de Alta Gracia 1 día - Nº 441066 - $ 1975,80 - 15/03/2023 - BOE

Artículo 1º: Convocase al electorado de la Municipalidad de Ballesteros Sud para el día domingo 11 de junio de 2023 para elegir Intendente Municipal, siete 7 miembros titulares del Concejo Deliberante y siete 7
suplentes, así como tres 3 miembros titulares del Tribunal de Cuentas y tres 3 suplentes. Los electos asumirán sus funciones el día 10 de diciembre de 2023, feneciendo sus mandatos el día 10 de diciembre del año 2027.
Deberán los candidatos reunir los requisitos exigidos por la Ley Nº 8.102
para cada categoría de cargos a cubrirse.
Artículo 2º: La distribución de las bancas en el Concejo Deliberante se hará de conformidad a lo prescripto en el art. 137 de la Ley 8.102.
Artículo 3º: La representación en el Tribunal de Cuentas será de dos 2 miembros por el partido que obtenga mayor cantidad de votos y uno 1
por el que le siga en el resultado de las elecciones Art. 78.
Artículo 4º: Votarán en las elecciones de autoridades municipales los electores que correspondan al Circuito Número 374 denominado Ballesteros Sud. La Junta Electoral municipal procederá a confeccionar el padrón cívico municipal según lo establecen los artículos 129 integración del Cuerpo Electoral y 130 padrones de la Ley 8102.
Artículo 5º: Corresponderá a la Junta Electoral Municipal entender en la oficialización de listas de candidatos, asignación de cargos, proclamación de electos y toda otra cuestión que se suscite con relación a estos aspectos, en lo concerniente a elección de autoridades municipales.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/03/2023 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha15/03/2023

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones1414

Primera edición31/07/2018

Ultima edición27/04/2024

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