Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 29/08/2020 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Instrucción o Juzgado de Control y realizada la correcta clasificación, deberá elevarla nuevamente a la misma Cámara en lo Criminal y Correccional cfr. instructivo n 6 de fecha 14/8/2009 de Secretaría Penal, esta vez por Asignación Directa.
Por lo expuesto, y atento las facultades conferidas por los Artículos 166 inc. 2 y cc. de la Constitución Provincial y 12 de la L.O.P.J. N 8435, el Tribunal Superior de Justicia;
RESUELVE:
Artículo I DISPONER que el sorteo digital para la distribución de causas elevadas a juicio entre las Cámaras en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en Capital, sea efectuado directamente por las Fiscalías de Instrucción o los Juzgados de Control, según el caso sin la intervención de la Mesa General de Entradas.
Artículo II ESTABLECER que los organismos señalados en el punto anterior, una vez firme la requisitoria de elevación a juicio, realizarán la correspondiente acción en el Sac Multifuero donde deberán consignar estrictamente los parámetros de categorización y complejidad de las causas establecidos en el Acuerdo Reglamentario N 668 del 3/6/2003 y una vez realizado el sorteo informático remitirlas a la Cámara en lo Criminal y Correccional con la constancia correspondiente Ac. cit, anexo D.

AÑO CVII - TOMO DCLXVIII - Nº 197
CORDOBA, R.A. VIERNES 28 DE AGOSTO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

que sea el Juzgado de Control el que la eleva, deberá hacérselo saber a la Fiscalía de Instrucción interviniente para que proceda a vincularlo.
Artículo III DETERMINAR que el Tribunal de Juicio verifique que la Fiscalía de Instrucción o el Juzgado de Control -según el casohaya efectuado la categorización conforme las pautas establecidas en el Acuerdo citado. En caso que no haya sido clasificada correctamente, deberá devolver las actuaciones remitiéndolas físicamente en soporte papel y vía SAC
Multifuero opción Recategorización, a los fines de su correcta categorización.
Una vez recepcionada la causa por el organismo remitente Fiscalía de Instrucción o Juzgado de Control y realizada la correcta clasificación, deberá volver a elevarla, esta vez por Asignación Directa a la misma Cámara en lo Criminal y Correccional cfr. instructivo n 6 de fecha 14/8/2009 de Secretaría Penal.
Artículo IV COMUNÍQUESE y dese la más amplia difusión.
Con lo que terminó el acto que previa lectura y ratificación de su contenido, firman la Señora Presidente, los Señores Vocales y los Señores Fiscales Adjuntos; con la asistencia del Señor Administrador General, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG.FDO.: MARIA MARTA CACERES DE BOLLATI, PRESIDENTE - AIDA L. TARDITTI,
Previo a la elevación, la Fiscalía de Instrucción actuante deberá constatar que el sumario digital correspondiente a la causa que se eleva a juicio, esté correctamente vinculado y en caso de no estarlo, proceder a su vinculación a los efectos de posibilitar su acceso por parte el tribunal de juicio. En caso
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

VOCAL - SEBASTIAN CRUZ LOPEZ PEÑA, VOCAL - LUIS EUGENIO ANGULO, VOCAL - HECTOR RENE DAVID, FISCAL ADJUNTO MINISTERIO PUBLICO FISCAL
- JOSE ANTONIO GOMEZ DEMMEL, FISCAL ADJUNTO - MINISTERIO PUBLICO
FISCAL - RICARDO JUAN ROSEMBERG ADMINISTRADOR GENERAL

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 29/08/2020 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha29/08/2020

Nro. de páginas6

Nro. de ediciones4139

Primera edición01/02/2006

Ultima edición14/05/2024

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