Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/08/2020 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

del 3 de abril del año en curso, se resolvió 1. Aprobar el Protocolo Audiencias por Videoconferencias, el que se incorpora como Anexo I, formando parte de esta Resolución, el cual regirá durante la vigencia del receso judicial extraordinario dispuesto en los AR 1620 y 1621 de este Alto Cuerpo y sus eventuales prórrogas. 2. A los fines de efectivizar la realización de actos procesales y/o audiencias orales, el responsable de la oficina deberá organizar la distribución de tareas entre los funcionarios y empleados de la dependencia a su cargo. 3. En el marco de la emergencia sanitaria, la declaración de la persona imputada podrá registrarse en soporte de audio o audio-video en las condiciones del artículo 130 bis del CPP, siempre que las partes estén de acuerdo. Tal circunstancia se hará constar en el expediente y se deberá manifestar expresamente antes de comenzar el acto, para su debido registro. 4. La realización de audiencias orales por videoconferencias quedarán supeditadas a la disponibilidad técnica que para las mismas brinde la Oficina de Coordinación dependiente del Tribunal Superior de Justicia encargada de coordinar las conexiones de Videoconferencias con el Servicio Penitenciario de Córdoba, de conformidad al protocolo establecido a tal fin, el que como Anexo I se adjunta al presente, y dando estricto cumplimiento a lo establecido en las disposiciones sanitarias nacionales, provinciales y municipales en el marco de la emergencia que originara este receso judicial extraordinario.

Luego por Resolución N 11, de Presidencia de la Sala Penal, del día 23
de abril del corriente año, se resolvió: I. RECORDAR la plena vigencia del Protocolo de Audiencias por Videoconferencias, aprobado por Resolución de Presidencia de la Sala Penal nº 4, Anexo I, de fecha 03/04/2020. II.
AMPLIAR a los representantes del Ministerio Publico, la restricción establecida en el mencionado protocolo para el caso de los defensores, en cuanto a que no se incluye en el trámite de la audiencia la entrevista con el imputado, la cual deberá ser concertada y realizada previamente a la intervención de la Oficina de Gestión de Audiencias OGA. III. ESTABLECER que los distintos tribunales, previo a solicitar a la Oficina de Gestión de Audiencias OGA, la coordinación y fijación de fecha y hora para llevar adelante una audiencia de juicio abreviado a través del sistema de Videoconferencia, deberá constatar que efectivamente se arribó a un acuerdo a tal fin, entre el defensor y el fiscal, con conocimiento del sometido a proceso.
V Que finalmente este Alto Cuerpo, por Acuerdo Reglamentario N 1629, Serie A, de fecha 6 de junio del año en curso, resolvió: 1. HABILITAR la prestación del servicio de justicia de modo presencial en la sede judicial de la ciudad de Córdoba Capital desde el día 8 de junio de 2020 próximo, en un todo conforme con el Protocolo de actuación y recomendaciones generales para servicio presencial de justicia en la provincia de Córdoba durante la emergencia sanitaria por COVID-19 aprobado por el COE.
VI Que de conformidad a lo dispuesto por la Resolución de Presidencia de este Alto Cuerpo N 33, de fecha 3 de abril de 2020 -que el mismo regirá durante la vigencia del receso judicial extraordinario dispuesto en
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

AÑO CVII - TOMO DCLXVIII - Nº 187
CORDOBA, R.A. VIERNES 14 DE AGOSTO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

los AR N 1620 y 1621 y sus eventuales prórrogasy por el Acuerdo Reglamentario N 1629, Serie A, de fecha 6 de junio de 2020 HABILITAR
la prestación del servicio de justicia de modo presencial-, el Tribunal Superior de Justicia en ejercicio de sus atribuciones conforme artículo 166, inciso 2, de la Constitución Provincial y artículo 12, incisos 1 y 32, de la Ley Orgánica del Poder Judicial N 8435;
RESUELVE:
Artículo I DEJAR sin efecto el Anexo III, aprobado por Resolución de Presidencia de este Alto Cuerpo N 33, de fecha 3 de abril de 2020 y lo dispuesto por Presidencia de la Sala Penal, en la Resoluciones N 4, del 3
de abril de 2020 y N 11, del día 23, del mismo mes y año, en todo aquello que se contradiga a lo aquí resuelto.
Artículo II APROBAR el Protocolo de actuación y coordinación de las conexiones de Videoconferencias y Videollamadas, entre las dependencias del Poder Judicial y el Servicio Penitenciario, de capital e interior de la provincia, que en Anexo I se agrega al presente.
Artículo III RATIFICAR la vigencia, en lo que aquí no ha sido motivo de modificación, del Protocolo de Uso del Sistema de Videoconferencia, instaurado por Acuerdo Reglamentario N 1281, Serie A, de fecha 7 de mayo de 2015 y sus complementarios.
Artículo IV ESTABLECER que el Sr. Secretario General del T.S.J., será el funcionario encargado de que se cumplimenten debidamente las pautas instauradas en el anexo, quedando autorizado a realizar cualquier modificación que se deba efectuar en el mismo de conformidad a las necesidades técnicas o laborales, como así también a dictar los instructivos que estime pertinentes para la correcta ejecución de lo determinado en el presente Acuerdo y el Anexo aprobado.
Artículo V COMUNÍQUESE al Servicio Penitenciario Provincial, a las dependencias del Poder Judicial y désele la mayor difusión.
Con lo que terminó el acto, que previa lectura y ratificación de su contenido, firman la Señora Presidente y los Señores Vocales, con la asistencia del Señor Administrador General, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG.
FDO.: MARIA MARTA CACERES DE BOLLATI, PRESIDENTE - AIDA L. TARDITTI, VOCAL - SEBASTIAN CRUZ LOPEZ PEÑA, VOCAL - LUIS EUGENIO ANGULO, VOCAL - RICARDO JUAN ROSEMBERG, ADMINISTRADOR GENERAL
ANEXO

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/08/2020 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha14/08/2020

Nro. de páginas9

Nro. de ediciones4127

Primera edición01/02/2006

Ultima edición29/04/2024

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