Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/01/2020 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Proyecto de Ingenieria de Detalles de Estructura, Instalaciones Eléctrica, Sanitaria, Termomecánica y Servicio Contra Incendio y la ejecución de la obra: RESTAURACIÓN Y PUESTA EN VALOR DEL ex ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO N 2 ubicado en calle Videla Castillo N 400
Barrio San Martín CÓRDOBA DEPARTAMENTO CAPITAL, por las razones expresadas en los considerandos del presente instrumento legal..
Artículo 2 FACÚLTASE a la Dirección General de Administración de este Ministerio para que proceda a anular la Orden de Compra N 2018/000815.

Resolución N 297
Córdoba, 06 de diciembre de 2019
Expediente N 0047-006734/2017/R7-Cuerpos 1 y 2.VISTO: este expediente en el que la Secretaría de Arquitectura propicia por Resolución N 381/2019 se deje sin efecto la Resolución Ministerial N
012/2019 y la aprobación del Acta de Aceptación de Adecuación Provisoria de Precios Nros. 3, 4 , 5 y 6 por las variaciones de costos verificadas en los meses de julio, septiembre y octubre de 2018 y enero 2019 respectivamente, en el Desarrollo del Proyecto de Ingeniería de Detalles de Estructura, Instalación Eléctrica, Sanitaria, Gas, Termomecánica y Servicio Contra Incendio y la ejecución de la obra: REFUNCIONALIZACIÓN DEL EDIFICIO
DEL EX HOSPITAL PASTEUR para el funcionamiento del CENTRO CIVICO DE VILLA MARÍA, ubicado en calle Mendoza Nº 2147 Bº General Lamadrid Localidad VILLA MARÍA DEPARTAMENTO GENERAL SAN
MARTÍN - PROVINCIA DE CÓRDOBA, suscripta con fecha 12 de noviembre de 2019, entre el señor Director General de Obras de la citada Secretaría y el Apoderado de la Empresa IMBAL S.A., contratista de la obra.
Y CONSIDERANDO:
Que obra en autos la Resolución Ministerial Nº 012 de fecha 12 de febrero de 2019, por la cual se aprobaron las Actas de Aceptación de Adecuación Provisoria de Precios Nº 3, 4 y 5 por variaciones de costos verificadas en el mes de julio, septiembre y octubre de 2018 para la obra de que se trata, suscriptas con fecha 14 de noviembre de 2018, entre el señor Director General de Obras de la Secretaría de Arquitectura y el Apoderado de la Empresa IMBAL S.A., contratista de la obra, por la suma de $ 3.927.892,29.
Que con fecha 21 de febrero de 2019, el tribunal de Cuentas de la Provincia dispone la devolución sin intervención de las presentes actuaciones, por considerar que presentan errores formales y/o administrativos.
Que en virtud de ello la Sección Estudio de Costos de la Secretaría de Arquitectura agrega nuevos informes de las mencionadas Adecuaciones Provisorias de Precios, de los cuales surge que se procedió a rectificar los cálculos confeccionados en un todo de acuerdo al Decreto Nº 800/2016 y señala que el presupuesto de obra está conformado por la redeterminación que detalla en la Planilla de Cálculo, siendo la fecha de la tercera adecuación provisoria el mes de julio de 2018, la variación de referencia del 7,78%, el saldo a integrar por Adecuación Provisoria al 95% de la variación incluida en el factor de redeterminación es de $ 1.058.159,47, la cuarta adecuación provisoria correspondiente al mes de septiembre de 2018, la citada Sección Estudio de Costos informa que la variación de referencia es del 7,25%, el saldo a integrar por Adecuación Provisoria al 95% de la variación incluida en el factor de redeterminación es de $ 996.331,03, BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

AÑO CVII - TOMO DCLXI - Nº 17
CORDOBA, R.A. JUEVES 23 DE ENERO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Artículo 3º.- FACÚLTASE al señor Secretario de Arquitectura a devolver las garantías de mantenimiento de oferta presentadas, en los casos que sea procedente y conforme lo dispuesto en la normativa vigente.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección General de Administración de este Ministerio, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Arquitectura a sus efectos y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y FINANCIAMIENTO

la quinta adecuación provisoria de fecha octubre de 2018, la variación de referencia del 11,30%, el saldo a integrar por Adecuación Provisoria al 95% de la variación incluida en el factor de redeterminación es de $
1.310.339,45 y la sexta adecuación provisoria de fecha enero de 2019, la variación de referencia del 6,15%, el saldo a integrar por Adecuación Provisoria al 95% de la variación incluida en el factor de redeterminación es de $ 567.686,64, ascendiendo el nuevo costo del presupuesto total de la obra a la suma de $ 39.114.127,95.
Que en consecuencia y a los fines de un mejor ordenamiento administrativo resulta necesario dejar sin efecto la Resolución Ministerial N 12 de fecha 12 de febrero de 2019, y aprobar la tercera, cuarta , quinta y sexta adecuación provisoria de precios conforme los nuevos cálculos realizados.
Que concluye en definitiva, que los cálculos oportunamente practicados se hallan en consonancia con lo dispuesto por el Decreto Nº 800/2016, la Resolución Ministerial Nº 223/2016, Ley Nº 10411 y Decreto Nº 259/17
contemplando la exención del Impuesto a los Ingresos Brutos previsto en el inciso 32 del artículo 215 del Código Tributario Provincial.
Que se ha incorporado en autos nueva Acta de Aceptación de Adecuación Provisoria de Precios Nros. 3, 4, 5 y 6, suscripta con fecha 12 de noviembre de 2019, entre el señor Director General de Obras de la Secretaria de Arquitectura y el Apoderado de la Empresa IMBAL S.A., por la que se conviene la Adecuación Provisoria de Precios por las variaciones de costos verificadas en los meses de julio, septiembre, octubre de 2018 y enero de 2019, habiendo renunciado la contratista a todo reclamo, conforme lo estipulado por el artículo 14 Anexo I del Decreto Nº 800/2016, como también las partes acuerdan dejar sin efecto en todos sus términos las Actas de Aceptación de Adecuación Provisorias Nros 3, 4 y 5 oportunamente suscriptas con fecha 14 de noviembre de 2018.
Que se agrega Documento Contable - Nota de Pedido Nº2019/000056 que certifica la reserva presupuestaria para atender la erogación que lo gestionado implica.
Que la Subsecretaría de Administración da plena fe de la corrección de los cálculos efectuados, en base a los índices provistos por la Dirección General de Estadísticas y Censos de la Provincia y las disposiciones del Decreto Nº 800/2016, realizado en ejercicio de la competencia técnica y económica en razón de la materia.
Que obra Dictamen N 418/2019 de la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio mediante el cual se expresa que, de conformidad a las constancias obrantes en autos, surgen acreditados y cumplimentados los extremos legales necesarios previstos por el Decreto N 800/2016, modificado por Decreto 30/2018 y disposiciones de la Resolución Nº 223/216

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/01/2020 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha23/01/2020

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones4135

Primera edición01/02/2006

Ultima edición09/05/2024

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