Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/01/2020 - 1º Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

1

a
Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

AÑO CVII - TOMO DCLXI - Nº 2
CORDOBA, R.A. VIERNES 3 DE ENERO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

WEB, aprobada en la presente Resolución.
FDO: ING. JUAN PABLO BRARDA PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DE LA APR-

Artículo 4: PROTOCOLÍCESE. Publíquese en el Boletín Oficial. Dese intervención a la Dirección General de Preservación y Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos y a la Unidad de Ejecución de Proyectos de Modernización del Ministerio de Servicios Públicos.

Resolución General N 61
Córdoba, 19 de diciembre de 2019
VISTO el Expediente Nº 0733-000604/2019 mediante el cual se tramita la aprobación de la PLANILLA DE PRECIOS DE REFERENCIA PARA OBRAS
DE INFRAESTRUCTURA ASOCIADAS A TRAMITES SEGÚN DECRETO N
1693/2016, conforme el antedicho Decreto Reglamentario N 1693/2016 que dispone el Procedimiento para la Implementación y Mantenimiento del Proceso de Aprobación de Loteos.
Y CONSIDERANDO: Que a fojas 3/5 luce informe expedido por el señor Vocal del Directorio de esta Administración Provincial, Ing. Pablo Wierzbicki, propiciando se apruebe Planilla de Precios de Referencia para Obras de Infraestructura a los fines de la instrumentación de la Cuarta Etapa prevista en el Decreto Reglamentario N 1693/2016. El cual, al regular Procedimiento para la Implementación y Mantenimiento del Proceso de Aprobación de Loteos, estableció la posibilidad de constituir una Garantía de Caución, por parte de los desarrollistas inmobiliarios, a los fines de resguardar tanto los intereses de los potenciales compradores de los lotes que conforman sus emprendimientos como los daños ambientales que pudieran producirse en caso de no ejecutarse las mismas.
Que el referido Vocal adjunta al informe precitado las Planillas cuya aprobación propicia fs. 14/17, conjuntamente con la documentación respaldatoria de la cual surge el estudio de costos que permitieron definir los precios unitarios para la mayor cantidad de ítems, con base al mes de Noviembre del 2019 fs.
18/103.
Finalmente, el precitado Vocal destaca que se desarrolló una estructura de costos para cada ítem, adaptada al formato del Régimen Provincial de Redeterminación de Precios por Reconocimiento de Variación de Costos para Obras Públicas Decreto 800/16 y según los Factores de Costos publicados mensualmente por la Dirección General de Estadísticas y Censos de la Provincia de Córdoba fs. 3/5.
Que conforme lo establecido por el referido Decreto N 1693/2016, así como por las Resoluciones del Ministerio de Finanzas que reglamentan el trámite de aprobación de loteos en el ámbito de la Provincia de Córdoba bajo la coordinación de la Mesa de Entrada Única de Loteos M.E.U.L., esta Administración Provincial es el organismo competente para establecer cotizaciones de referencia respecto de las obras necesarias para el otorgamiento de Factibilidades de Agua y aprobación de proyectos de infraestructura.
Que tal iniciativa cuenta con el Visto Bueno del señor Presidente del Directorio de esta Administración Provincial fs. 104.
POR ELLO, constancias de autos, dictamen de la Jefatura de Área de Asuntos Legales Nº 366/2019 obrante a fojas 105/106 y facultades conferidas por Ley Nº 9.867; el
HI. ING. HORACIO SEBASTIAN HERRERO VOCAL DEL DIRECTORIO DE LA
APRHI. ING. PABLO JAVIER WIERZBICKY - VOCAL DEL DIRECTORIO DE LA APRHI. ING. GONZALO E. PLENCOVICH - VOCAL DEL DIRECTORIO DE LA APRHI.
ING. CESAR DARIO SUAYA - VOCAL DEL DIRECTORIO DE LA APRHI.

Artículo 1: APROBAR la PLANILLA DE PRECIOS DE REFERENCIA PARA
OBRAS DE INFRAESTRUCTURA ASOCIADAS A TRAMITES SEGÚN DECRETO N 1693/2016, en los términos establecidos por el precitado Decreto N 1693/2016 y las Resoluciones expedidas por el Ministerio de Finanzas que reglamentan el trámite de aprobación de loteos en el ámbito de la Provincia de Córdoba bajo la coordinación de la Mesa de Entrada Única de Loteos M.E.U.L., la que como ANEXO ÚNICO compuesto de Cuatro 4 fojas útiles se incorpora al presente instrumento legal.
Artículo 2: HACER PRESENTE que los precios unitarios consignados en la Planilla aprobada en el Artículo 1, han sido obtenidos merced a una estructura de costos para cada ítem adaptada al formato del Régimen Provincial de Redeterminación de Precios por Reconocimiento de Variación de Costos para Obras Públicas aprobado por Decreto N 800/2016 y según los Factores de Costos publicados mensualmente por la Dirección General de Estadísticas y Censos de la Provincia de Córdoba. Habiéndose establecido los mismos con un valor de referencia al mes de Noviembre del 2019.
Artículo 3: PROPICIAR, a los fines de la validación de los montos que deberán presentar cada desarrollista, que los mismos se encuadren dentro de un costeo que responda a un Formato de Obra Pública susceptible de ser ejecutado por las vías administrativas y contables del Estado Provincial. Dichos montos deberán ser actualizables conforme lo dispuesto por el Decreto Provincial N
800/2016 y las particularidades contempladas en la Ley N 8614 de Obra Pública de la Provincia, sus reglamentaciones y leyes modificatorias.
Artículo 4: HACER PRESENTE que para realizar la cotización de las obras proyectadas y visadas, las Áreas Técnicas intervinientes de esta Administración Provincial deberán contar con respaldo técnico y económico consistente en un estudio de costos detallado, que contemple la mayor cantidad posible de ítems en los cuales se pueden subdividir y computar las obras correspondientes.
Artículo 5: REMARCAR que la Planilla de Precios aprobada en el Artículo 1, contempla en su análisis de costos únicamente la finalidad de establecer el valor que será informado desde esta Administración Provincial al Ministerio de Finanzas para constitución de la Garantía requerida por el Decreto N 1693/2016.
Hecho este el cual no implica que cada desarrollista pueda llevar adelante las obras de infraestructura bajo una matriz de costos completamente diferente.
Artículo 6: PROTOCOLÍCESE. Publíquese en el Boletín Oficial. Dese intervención a la Subdirección de Jurisdicción Estudios y Proyectos. Notifíquese al Ministerio de Finanzas.
FDO: ING. JUAN PABLO BRARDA PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DE LA APRHI.
ING. HORACIO SEBASTIAN HERRERO VOCAL DEL DIRECTORIO DE LA APRHI.
ING. PABLO JAVIER WIERZBICKY - VOCAL DEL DIRECTORIO DE LA APRHI. ING.

Directorio de la ADMINISTRACION PROVINCIAL
DE RECURSOS HIDRICOS APRHI en pleno R E S U E LV E

GONZALO E. PLENCOVICH - VOCAL DEL DIRECTORIO DE LA APRHI. ING. CESAR
DARIO SUAYA - VOCAL DEL DIRECTORIO DE LA APRHI.
ANEXO

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

3

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/01/2020 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha03/01/2020

Nro. de páginas5

Nro. de ediciones4128

Primera edición01/02/2006

Ultima edición30/04/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Enero 2020>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031