Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/01/2020 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

1

a
Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E LV E :

Artículo 1º APROBAR el Acta Acuerdo suscripta con la firma INTER FILE
S.A. C.U.I.T. Nº 30-69295472-2, con fecha 26 de setiembre de 2019, la que como Anexo I con una 1 foja útil forma parte integrante de la presente Resolución, en concepto de redeterminación de precios a partir del día 1 de agosto de 2019 hasta la finalización del contrato que opera el 30 de setiembre de 2020, por variación de costos del Item 1: Servicio de Traslado, Guarda Con Opción de Consulta Digital - y Custodia de hasta 4.000 Cajas de Expedientes Administrativos y del Item N 2: Servicio de Traslado y Guarda en Espacio Cerrado Exclusivo de la Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas, que fuera adjudicado mediante Resolución N 053/18 de la mencionada Dirección General y redeterminado por Resolución Ministerial 157/19.

ADMINISTRACION PROVINCIAL DE
RECURSOS HIDRICOS APRHI
Resolución General N 60
Córdoba, 19 de diciembre de 2019
VISTO el Expediente Nº 0733-001191/2019 mediante el cual se tramita la aprobación del SISTEMA 847- WEB, a implementar por esta Administración Provincial de Recursos Hídricos en el marco de Ley Provincial N
10.618 de Simplificación y Modernización de la Administración.
Y CONSIDERANDO: Que a fojas 3 luce informe expedido por el señor Vocal del Directorio de esta Administración Provincial, Ing. Horacio Herrero, propiciando se apruebe la obligatoriedad de realizar el trámite normado por Decreto Provincial N 847/2016, mediante una plataforma virtual. A tales efectos valora que Atento los avances observados en relación a la plataforma digital 847-Web, esta Dirección considera adecuado arbitrar los medios necesarios para que, mediante Resolución de la Administración Provincial de Recursos Hídricos, se apruebe la obligatoriedad de realizar el Trámite de Factibilidad y/o Autorización de Vertido Decreto 847/16 únicamente a través de la mencionada plataforma virtual a partir del 1 de enero de 2020.
Que tal iniciativa cuenta con el Visto Bueno del señor Presidente del Directorio de esta Administración Provincial fs. 3.
Asimismo, a fojas 5 el referido Vocal manifiesta que, conforme lo informado por el Coordinador de la Unidad de Ejecución de Proyectos de Modernización del Ministerio de Servicios Públicos: la aplicación 847-WEB se encuentra operativa desde el mes de junio de 2018.
Que la aprobación de la plataforma 847-Web se enmarca en lo establecido por la Ley Provincial N 10.618, de Simplificación y Modernización de la Administración. En este sentido resulta de aplicación lo dispuesto por Decreto N 750/2019 reglamentario de la misma, en cuanto dispone que
Los organismos y entidades comprendidos en el ámbito de aplicación de la Ley deberán publicar en el Portal Único de Trámites del Gobierno de la Provincia de Córdoba y en sus respectivos portales web, los procedimientos digitales existentes a la fecha de entrada en vigencia de este acto y todos aquéllos que paulatinamente se vayan incorporando, debiendo especificar BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

AÑO CVII - TOMO DCLXI - Nº 2
CORDOBA, R.A. VIERNES 3 DE ENERO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Artículo 2º IMPUTAR el egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior por la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA
Y TRES MIL QUINIENTOS TREINTA Y OCHO CON CINCUENTA Y SEIS
CENTAVOS $ 153.538,56.- a Jurisdicción 1.15 Ministerio de Finanzas-, de acuerdo con el siguiente detalle: por el período: agosto-diciembre de 2019, $ 54.835,20.- al Programa: 166-001, Partida 3.04.02.00 Almacenamiento del P.V., como sigue: por el Item 1: $ 12.723,20.- y por el Item 2: $
42.112.- y $ 98.703,36.-, de acuerdo con el siguiente detalle: por el período enero-setiembre de 2020, como sigue: por el Item 1:
$ 22.901,76.- y por el Item 2: $ 75.801,60.-, como Importes Futuros.
Artículo 3º PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO: OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
ANEXO

las modalidades y requisitos de su ejecución
Que a fojas 6/81 luce incorporada la documentación técnica conjuntamente con los instructivos vinculados con el aplicativo bajo análisis. Debiéndose destacar que dado el carácter dinámico de los Manuales de Usuarios que registran actualizaciones periódicas, el Directorio de la Administración Provincial entiende resulta conveniente que mediante el presente resolutorio, se apruebe la documentación que se encuentra disponible en la URL
del Organismo.
Que, conforme lo informado por las Áreas Técnicas correspondientes, el acceso al Sistema se realizará desde la plataforma CIDI Sección Administración Provincial de Recursos Hídricos o bien mediante el ingreso a la URL Uniform Resource Locator: http preservacionrecursohidrico.cba.
gov.ar/. Asimismo, el presente Manual, conjuntamente con cualquiera de sus futuras modificaciones y/o actualizaciones serán publicados en la URL:
https ministeriodeserviciospublicos.cba.gov.ar/aprhi/sistema-847web/.
POR ELLO, constancias de autos, dictamen de la Jefatura de Área de Asuntos Legales Nº 363/2019 obrante a fojas 84/85 y facultades conferidas por Ley Nº 9.867; el Directorio de la ADMINISTRACION PROVINCIAL
DE RECURSOS HIDRICOS APRHI en pleno R E S U E LV E
Artículo 1: APROBAR la Plataforma Virtual denominada 847 WEB, así como las extensiones a través de las que se realiza el acceso a la misma:
Plataforma CIDI Sección Administración Provincial de Recursos Hídricos o bien la URL Uniform Resource Locator: http preservacionrecursohidrico.cba.gov.ar/.
Artículo 2: APROBAR los Instructivos y Manuales publicados en la URL
Uniform Resource Locator: https ministeriodeserviciospublicos.cba.gov.
ar/aprhi/sistema-847web/ correspondientes a la Plataforma Digital 847
WEB, conjuntamente con cualquiera de sus futuras modificaciones y/o actualizaciones.
Artículo 3: DISPONER la obligatoriedad de Tramitar tanto la Factibilidad de Vertido cuanto la Autorización de Vertido previstas en el Decreto N 847/2016, mediante la utilización Plataforma Virtual denominada 847

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/01/2020 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha03/01/2020

Nro. de páginas5

Nro. de ediciones4128

Primera edición01/02/2006

Ultima edición30/04/2024

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