Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 06/09/2019 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

por las Cooperativas Eléctricas según el grupo al que correspondieran, conforme lo detallado en los Anexos de la citada disposición, exceptuando de dicho incremento a las Cooperativas que no hubieran dado cumplimiento a los requisitos exigidos hasta la fecha de celebración de la referida Audiencia Pública.
Que asimismo, la Resolución General ERSeP Nº 57/2016 estableció los aumentos autorizados y las Cooperativas por ella alcanzadas, a la vez que, por medio de su Artículo 7º, la misma dispuso que para las Cooperativas Concesionarias no alcanzadas por los ajustes enumerados precedentemente, en el marco del presente procedimiento y la Audiencia Pública celebrada con fecha 15 de Diciembre de 2016, con el objeto de poder aplicar los incrementos que corresponda, la debida solicitud e información pertinente deberá ser formalmente presentada y/o acreditada por cada interesada en Mesa de Entradas del ERSeP, a partir del mes de Enero de 2017, para su posterior consideración a partir del mes siguiente a su recepción..

III. Que conforme constancias de autos, lucen agregadas a los presentes actuados y/u obran en la Gerencia de Energía Eléctrica, comprobantes del cumplimiento de los requisitos referidos, por parte de Cooperativas que no presentaran oportunamente la información técnica requerida.
Que asimismo, luce incorporada copia de Informe de fecha 20 de Agosto de 2019, confeccionado por el Departamento de Administración y Economía del ERSeP, en relación al expediente Nº 0521-60340/2019, o bien constancias de pago presentadas por las prestatarias, acreditando el cumplimiento respecto de la Tasa de Regulación exigida para el presente procedimiento.
Que todo ello resulta atendible en lo relativo a las Cooperativas que hubieran dado cumplimiento a los requisitos preestablecidos, con posterioridad al dictado de la Resolución General ERSeP Nº 57/2016.
IV. Que por su parte es necesario tener en cuenta lo establecido por el Informe Técnico de fecha 26 de Agosto de 2019, elaborado por la Sección Técnica de la Gerencia de Energía Eléctrica de este Organismo, el cual prescribe que En consonancia con los conceptos vertidos en el Informe Técnico Conjunto de fecha 16 de Diciembre de 2016, y por haberse cumplimentado las condiciones exigidas por el Artículo 7º de la Resolución General ERSeP Nº 57/2016, a los fines de recomponer en el corto plazo la situación económico-financiera de las Cooperativas Concesionarias del Servicio Público de Distribución de Energía Eléctrica en la Provincia de Córdoba que han cumplido los requisitos establecidos, técnicamente se recomienda: 1- APROBAR un incremento general del 19,78% sobre los conceptos incluidos en los Cuadros Tarifarios de las Cooperativas Concesionarias detalladas en el Anexo I del presente, pertenecientes al Grupo A, a implementarse de manera escalonada según el siguiente detalle: a 14,00% sobre las tarifas vigentes al 30 de Noviembre de 2016, aplicable a los servicios prestados a partir del mes de Noviembre de 2019, con excepción de los cargos variables por energía destinados a los usuarios con demandas de potencia mayor o igual a trescientos kilowatt 300 kW, a los que corresponderá un incremento del 6,97%; b 5,07% sobre las tarifas vigentes al 31 de Enero de 2017, aplicable a los servicios prestados a partir del mes de Diciembre de 2019, con excepción de los cargos variables por energía destinados a los usuarios con demandas de potencia mayor o igual a trescientos kilowatt 300 kW, a los que corresponderá un incremento del 2,69%. 2- APROBAR un incremento general del 24,49% sobre los conceptos incluidos en los Cuadros Tarifarios de las Cooperativas Concesionarias detalladas en el Anexo II del presente, pertenecientes al Grupo D, a implementarse de manera escalonada BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

AÑO CVI - TOMO DCLVII - Nº 169
CORDOBA, R.A. VIERNES 6 DE SETIEMBRE DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

según el siguiente detalle: a 14,00% sobre las tarifas vigentes al 30
de Noviembre de 2016, aplicable a los servicios prestados a partir del mes Noviembre de 2019; b 7,00% sobre las tarifas vigentes al 31 de Enero de 2017, aplicable a los servicios prestados a partir del mes de Diciembre de 2019; c 2,05% sobre las tarifas vigentes al 31 de Marzo de 2017, aplicable a los servicios prestados a partir del mes de Enero de 2019. 3- DISPONER que, para las Distribuidoras alcanzadas por el presente, los incrementos aprobados por los artículos precedentes, para cada mes de vigencia, deben aplicarse sobre las tarifas determinadas a partir del traslado de los ajustes dispuestos por la Resolución General ERSeP Nº 53/2016, y en forma previa a la implementación de toda resolución de ajuste posterior. 4- ESTABLECER que, para las Distribuidoras alcanzadas por el presente, en los casos que corresponda, los cargos de la TARIFA Nº 9 SERVICIO DE PEAJE, de la Estructura Tarifaria Única aprobada por Resolución General ERSeP Nº 17/2008, o sus equivalentes en el caso de Cooperativas Concesionarias que no hubieran llevado a cabo la adecuación de su Cuadro Tarifario conforme a lo dispuesto por dicha norma, deberán calcularse acorde a la metodología descripta en los considerandos de la Resolución General ERSeP Nº 14/2011, tomando como referencia las tarifas para usuarios finales que surjan de la aplicación de los artículos precedentes y las tarifas de compra respectivas..
V. Que así las cosas, conforme lo analizado precedentemente, lo dispuesto por el Informe Técnico citado ut-supra, la normativa aplicable a la temática, y en virtud de haber dado cumplimiento a las condiciones definidas por el Artículo 7º de la Resolución General ERSeP Nº 57/2016, surge apropiado autorizar el incremento de tarifas correspondiente a las Cooperativas detalladas en los Anexos de la presente, por resultar ello ajustado a derecho.
Que no obstante ello, en razón del presente tratamiento, y trámites similares que alcanzan a las mismas Distribuidoras, resulta pertinente diferir el inicio de la aplicación de los ajustes bajo análisis, a partir del mes de Noviembre de 2019.
VI. Que atento lo dispuesto por el Artículo 1º de la Resolución General del ERSeP Nº 01/2001 modificada por Resolución General ERSeP Nº 06/2004, el Directorio del ERSeP dictará Resoluciones Generales en los casos de disposiciones de alcance general y de aplicación interna y externa, operativas, reglamentarias o interpretativas de la ley de su creación o de los marcos regulatorios de los servicios públicos y concesiones de obra pública bajo su control, como también cuando se tratara de pautas de aplicación general atinentes a su funcionamiento y organización.
Voto Dra. María F. Leiva y Facundo C. Cortes.
Viene a consideración de éstas vocalías el Expediente N 0521052855/2016 mediante el cual se aprobó el Aumento Tarifario de Cooperativas Concesionarias del Servicio Público de Distribución de Energía Eléctrica de la Provincia de Córdoba, a partir del dictado de la Resolución General ERSeP Nº 57, de fecha 29 de Diciembre de 2016. En relación al mismo, nos remitimos a las consideraciones efectuadas en el Voto emitido en la mencionada Resolución General.
Así votamos.
Que por todo ello, normas citadas, el Informe de la Sección Técnica de la Gerencia de Energía Eléctrica, el Dictamen emitido por la Sección de Asuntos Legales de la Gerencia de Energía Eléctrica Nº 290 y en uso de sus atribuciones legales conferidas por los artículos 21 y siguientes de la Ley Provincial Nº 8835 - Carta del Ciudadano -, el Directorio del Ente Regulador de los Servicios Públicos ERSeP por mayoría Voto del Presidente Dr. Mario A. Blanco y voto de los Directores Luis A. Sánchez, Alicia I.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 06/09/2019 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha06/09/2019

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones4143

Primera edición01/02/2006

Ultima edición18/05/2024

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