Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/09/2019 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la
Lengua Española en la Provincia de Córdoba
JUEVES 12 DE SETIEMBRE DE 2019
AÑO CVI - TOMO DCLVII - Nº 173
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
PODER EJECUTIVO

1

a SECCION

Decreto N 1063
Córdoba, 10 de septiembre de 2019.
VISTO: el Expediente N 0451-007967/2019 del Registro del Ministerio de Obras Públicas y Financiamiento.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se tramitan la aprobación de los modelos de CONVENIO DE ADHESIÓN PROGRAMA DE INVERSIONES MUNICIPALES -CONTRATO DE PRÉSTAMO BID N 2929/OC-ARy CONVENIO DE PRÉSTAMO SUBSIDIARIO destinado a la ejecución de obras enmarcadas en el plan de referencia.

Que como antecedentes de autos lucen agregados Convenio de Crédito BID 2929/OC-AR, celebrado entre la República Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo BID, aprobado por Decreto P.E.N. N 337/14, contrato modificatorio N 1 de dicho instrumento legal el cual estipula la ejecución descentralizada del mismo; listado de proyectos que formaran parte del convenio subsidiario y Reglamento Operativo del Programa de Inversiones Municipales - Préstamo BID 2929/OC-AR, con sus Anexos..
Que entre los objetivos propuestos por el Programa de Inversiones Municipales se detalla la ampliación de la cobertura de servicios básicos en los Municipios de menor desarrollo relativo, a través de la provisión eficiente de infraestructura urbana y servicios públicos, a saber: Drenajes, saneamiento básico, infraestructura vial, alumbrado público, áreas verdes, centros comunitarios, deportivos y recreativos, mejora del hábitat, centros de atención primaria de la salud, terminales de transporte, bienes y equipos a los municipios, complementarios a las obras.
Que se acompaña en autos Informe Técnico exhaustivo realizado por la Secretaría de Financiamiento, en el cual se analizan las cuestiones convenio con la ejecución descentralizada autorizada, resulta posible avanzar en la estructuración del financiamiento a través del acto administrativo del Poder Ejecutivo Provincial que permita aprobar los modelos de convenio y documentos pertinentes de financiación que se propician en los autos de marras.
Que del Informe Técnico elaborado por la Secretaría de Financiamiento citado ut-supra, resulta dable destacar las condiciones financieras propuestas las cuales detallan; Monto del Préstamo Subsidiario Dólares Estadounidenses Treinta y Siete Millones Doscientos Diecinueve Mil Ochocientos Noventa y Seis USD 37.219.896, plazo de quince años desde la primera transferencia, anticipo o certificado de obra, en dólares estadounidenses, con un plazo de gracia de tres 3 años desde la primera transferencia, anticipo o certificado de obra, una tasa de interés LIBOR por seis 6 meses más margen de 1,35% de amortización semestral, garantizado mediante los recursos provenientes de la Coparticipación Federal de ImBOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
PODER EJECUTIVO
Decreto N 1063 Pág. 1
Decreto N 1025 Pág. 2
Decreto N 1007 Pág. 2
PODER LEGISLATIVO
Audiencia Pública Legislativa Pág. 4
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y FINANCIAMIENTO
Resolución N 244 Pág. 4
Resolución N 243 Pág. 5
Resolución N 213 Pág. 6
Resolución N 166 Pág. 7
Resolución N 142 Pág. 8
Resolución N 87 Pág. 9
Resolución N 56 Pág. 10

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puestos, sin calificación de riesgo, siendo aplicable la Ley Argentina.
Que analizadas las condiciones financieras del préstamo por parte de la Secretaria de Financiamiento, se concluye que: esta unidad técnica vuelve a destacar la conveniencia de la facilidad crediticia que está procurando la Provincia , agregando: obtener una tasa de financiación a quince 15 años por debajo del 5% anual en dólares refleja condiciones financieras aconsejables a ser empleadas para la financiación de obras de infraestructura social , finalizando: esta unidad técnica recomienda dar impulso procesal al trámite .
Que en virtud de lo prescripto por la Ley Provincial 9050, la Agencia Córdoba de Inversión y Financiamiento ACIF, resulta el Organismo competente en el análisis de la operatoria impulsada, ello, atento a su carácter de Unidad Ejecutora del financiamiento externo provincial en el marco de la aludida ley.
Que a su turno formaliza intervención el Área Presupuesto y Deuda Pública de la citada Agencia, en el cual se adjunta cronograma de servicios proyectados para el préstamo propuesto, perfil de vencimientos de amortizaciones e intereses estimados en el préstamo para el período de duración del mismo, en conjunto con las restantes operaciones de crédito público vigentes administradas por ACIF.
Que luce agregado informe elaborado por la Unidad de Información Financiera de ACIF, en el cual se consigna que las obras a financiarse por el empréstito que se trata, se encuentran nominadas en el presupuesto de la Agencia para el año 2019, Ley 10592, Jurisdicción 6.05, Programa 849, Programa de Desarrollo Interior y Apoyo Social, PP 12-06 Trabajos Públicos, Obras Ejecución por Terceros, Subprograma 02-Pdías -Red Vial Nros.
2178, 3024, 3512, 3573, 3744, 3838, 3839, 3840, 3841, 3842, 3843 y 3844
y Subprograma 05 Servicios Sanitarios N 2397.
Que la Unidad de Asesoramiento Jurídico emite pronunciamiento, en el cual se analizan los antecedentes y operatoria propiciada en autos, elaborando pormenorizado análisis legal del contenido y cláusulas de los
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/09/2019 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha12/09/2019

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones4119

Primera edición01/02/2006

Ultima edición19/04/2024

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