Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/05/2017 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2016 - 2017 Año Brocheriano AÑO CIV - TOMO DCXXIX - Nº 87
CORDOBA, R.A., MARTES 9 DE MAYO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

DIRECCION DE PREVENCION DE
ACCIDENTES DE TRANSITO
Resolución N 16

nes a la Ley Provincial de Tránsito 8560 T.O. 2004, y en consecuencia en la administración de justicia, toda vez que el retardo injustificado en la remisión de los referidos descargos y/o recursos hacia los juzgados competentes, impide continuar con el trámite administrativo, pudiendo ocasionar un importante perjuicio al erario público del estado provincial.

Córdoba, 5 de mayo de 2017
VISTO: El Expediente N0458-050219/2017
Y CONSIDERANDO:

Que en tales actuaciones se informa respecto de una situación irregular que involucra al Juzgado Municipal de Faltas de la localidad de Viamonte de esta Provincia de Córdoba.
Que en efecto, el señor Juez de Faltas Policial de la Ciudad de Córdoba, Comisario Mayor Milton LENCINA, informa a esta Dirección respecto de la existencia de un total de setecientos cincuenta y nueve 759 descargos y/o recursos, cuyos juzgamientos resultan de su competencia, y que habiendo sido registrados informáticamente en el RePAT por el Juzgado Municipal de Faltas de la localidad de Viamonte, no les fueron remitidos para su tratamiento, a pesar de la solicitud formulada en tal sentido a la Sra. Jueza Municipal de Faltas de aquella localidad con fecha 13 /03 /2017.
Que habiendo tomado conocimiento esta Dirección de lo supra indicado, con fecha 10 /04 /2017 se procedió a comisionar a personal técnico de esta Repartición para concurrir al Juzgado Municipal de Faltas de la localidad de Viamonte, a los fines del retiro de la documental requerida, sin lograr resultados satisfactorios. Por tal razón y ante solicitud expresa de la señora Jueza Municipal de Faltas Abogada Patricia Claudia MUNT, se otorgó plazo de cuarenta y ocho 48 horas, para que proceda a la remisión de la documental requerida.
Que, paralelamente, esta Autoridad de Aplicación solicita al Registro Provincial de Antecedentes de Tránsito RePAT un informe mensurado respecto de los descargos y/o recursos registrados informáticamente en el Sistema RePat por el Juzgado Municipal de Faltas de la Localidad de Viamonte, que resultaran ajenos a su competencia y no hubiesen sido remitidos a los juzgados correspondientes, surgiendo que los mismos se elevan a un total de mil novecientos noventa y uno 1991, los que se suman a los informados por el Juzgado Policial de Faltas de Córdoba Capital, totalizando en consecuencia dos mil setecientas cincuenta 2750 descargos y/o recursos registrados informáticamente en el RePat con la clave personal y confidencial de la Dra.
Patricia Claudia MUNT y no remitidos a los juzgados competentes, provocando una mora injustificada en la administración de justicia. Por tal motivo, esta Dirección amplia el requerimiento, intimando nuevamente a la Señora Jueza con fecha 19 /04 / 17 para que dentro del plazo de 48 hs, de cumplimiento a las obligaciones a su cargo, proveyendo a la remisión de la documental pertinente.
Que a la fecha y vencido en exceso el plazo otorgado, la señora Jueza de Faltas, Dra. Patricia Claudia MUNT, no ha dado cumplimiento a los requerimientos efectuados.

Que todo lo anteriormente descripto tiende a constituir una circunstancia por demás irregular en la tramitación de las causas por infraccioBOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Que en virtud de todo ello, esta Autoridad de Aplicación entiende conveniente y ajustado a derecho, proceder a la suspensión preventiva de la actividad del Juzgado Municipal de Faltas de la localidad de Viamonte para el tratamiento y resolución de Infracciones a la Ley Provincial de Tránsito N 8560 T.O 2004 labradas por la Dirección General de Policía Caminera, y proceder al bloqueo de la clave personal de la Dra. Patricia Claudia MUNT, todo ello, hasta tanto se diluciden las causales de la situación irregular planteada.
Por ello, lo dictaminado por el Asesoría Jurídica de la Dirección de Prevención de Accidentes de Tránsito bajo el N 24/2017 y en ejercicio de sus atribuciones:
EL DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE
ACCIDENTES DE TRÁNSITO
R E S U E L V E:
1.- SUSPENDER preventivamente al Juzgado Municipal de Faltas de la localidad de Viamonte para el tratamiento y resolución de Infracciones a la Ley Provincial de Tránsito N 8560 T.O 2004 labradas por la Dirección General de Policía Caminera, y se proceda al BLOQUEO
de la clave/s de acceso al Repat asignada a la Dra. Patricia Claudia MUNT, hasta tanto se diluciden las causales de la situación irregular planteada.
2.- DISPONER que las causas en trámite y sin sentencia firme, por infracciones a la Ley Provincial de Tránsito 8560 T.O 2004, labradas por personal de la Dirección General de Policía Caminera, y cuyo juzgamiento corresponda por competencia territorial y temporal al Juzgado Municipal de Faltas de la Municipalidad de VIAMONTE sean asignadas para su juzgamiento al Juzgado Policial de Faltas de Villa María.

3.- DISPONER que las causas que se inicien a partir de la publicación de la presente, durante los meses impares del año, de: marzo, julio y noviembre, por infracciones a la Ley Provincial de Tránsito 8560
T.O 2004 y cuyo juzgamiento corresponda por competencia territorial y temporal al Juzgado Municipal de Faltas de la Municipalidad de VIAMONTE sean asignadas para su tratamiento y juzgamiento al Juzgado de Faltas de la Municipalidad de Corral de Bustos; y las causas que se inicien durante los meses impares del año, de: enero, mayo y septiembre sean asignadas para su tratamiento y juzgamiento al Juzgado de Faltas Municipal de la Localidad de Los Surgentes.
4.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese a la Dirección General de Policía Caminera, a la Dirección General de Sistemas de este Ministerio, a la Dirección General de Rentas de la Provincia, a los Juzgados avocados para el tratamiento de Infracciones de Tránsito reconocidos por la Provincia, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO: DR. MIGUEL ÁNGEL RIZZOTTI, DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN
DE ACCIDENTES DE TRANSITO

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/05/2017 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha09/05/2017

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones4163

Primera edición01/02/2006

Ultima edición19/06/2024

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