Boletín Oficial de la Provincia de Lugo del 06/04/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Lugo

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Núm. 080 sábado, 06 de abril de 2019

BOP de Lugo
Pedrafita do Cebreiro, 3 de abril de 2019.- O alcalde, José Luís Raposo Magdalena.
R. 0997

A PONTENOVA
Anuncio Aprobado inicialmente polo Pleno da Corporación, en sesión extraordinaria celebrada o día 1 de abril de 2019, o expediente de modificación de créditos Crédito extraordinario, expediente Gestiona nº 135/2019, por importe de 180.000,00 € cento oitenta mil euros en cumprimento do disposto no artigo 169.1 por remisión do 179.4
do Real Decreto Lexislativo 2/2004, de 5 de marzo, e disposicións concordantes, exponse ao público nas oficinas municipais deste Concello, polo prazo de quince días hábiles, que empezará a contarse dende o día seguinte ao da inserción do presente anuncio no Boletín Oficial da Provincia de Lugo, a fin de que durante o mesmo poidan formularse as reclamacións que se consideren pertinentes, as cales deberán ser dirixidas ó Sr.
Alcalde - Presidente desta Corporación.
De non presentarse reclamacións, entenderase definitivamente aprobada a modificación orzamentaria sen necesidade de novo acordo plenario.
A Pontenova, 2 de abril de 2019.- O Alcalde, Darío Campos Conde.
R. 0976

ADMINISTRACIÓN DE XUSTIZA
XULGADO DO SOCIAL N.º 3 LUGO
DOÑA MARÍA DE LOS ÁNGELES LÓPEZ CARBALLO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 3 de LUGO, HAGO SABER:
Que en el procedimiento de EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES Nº 22/2019 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DOÑA ELENA YUDINA contra la EMP. STEREO MUSIC SHOW, S.L., sobre RECLAMACIÓN
DE CANTIDAD, se ha dictado AUTO y DECRETO de fecha 11-02-2019 y DILIGENCIA DE ORDENACIÓN de fecha 27-03-2019 cuyas partes dispositivas son, respectivamente, del tenor literal siguiente:
Dispongo: Despachar orden general de ejecución del Decreto de 31-05-2016 dictado en los autos nº 654/2012
de este Juzgado, a favor de la parte ejecutante, DOÑA ELENA YUDINA, frente a la EMP. STEREO MUSIC SHOW, S.L., parte ejecutada, por importe de 1.094,40 EUROS, en concepto de principal, así como 218,88 EUROS
presupuestados prudencialmente para intereses y costas de ejecución, sin perjuicio de su posterior liquidación.
El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Secretario/a judicial, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la LEC, quedando la ejecutada apercibida a los efectos mencionados en los razonamientos jurídicos tercero y cuarto de esta resolución, y conforme disponen los artículos 251.2 y 239.3 de la LJS.
Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.
Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este JDO. DE 3 LO SOCIAL N. 3 abierta en BANCO SANTANDER, cuenta nº 2324/0000/30/0022/19 debiendo indicar en el campo concepto, "Recurso" seguida del código "30 SocialReposición". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el "código 30 SocialReposición". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, ACUERDO:

Anuncio publicado en: Num BOP 80 año 2019 05/04/2019 13:52:56
06/04/2019 08:00:00

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Lugo del 06/04/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Lugo

PaísEspaña

Fecha06/04/2019

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones3289

Primera edición01/03/2013

Ultima edición29/04/2024

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