Boletin Judicial de Costa Rica del 10/7/2023

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Fuente: Boletín Judicial de Costa Rica

Lunes 10 de julio del 2023
la nueva Ley N 9986, denominada Ley General de Contratación Pública, con el propósito de que sea valorada y sea del conocimiento del Consejo Superior, para su eventual aprobación según se acuerde.
Cabe señalar que, con esta propuesta se brinda respuesta al oficio N 4001-2023 del pasado 11 de mayo, remitido por el Consejo Superior, tomando en cuenta lo expuesto por la máster Kattia Morales Navarro, Directora de Tecnología de Información, mediante oficio N 779-DTIC-2023 del 28 de abril de 2023, sobre la sobre las firmas o aprobaciones que se designan al jefe de la unidad solicitante para la suscripción de las diferentes decisiones iniciales según circular N 462023 Aclaración sobre la firma o aprobación de los diferentes trámites a raíz de la entada en vigencia de la Ley General de Contratación Pública, comunicada por el Departamento de Proveeduría.
De igual forma, se atiende el oficio N 553-ADMOIJ-2023 del pasado 05 de mayo, remitido por el MBA.
Mauricio Fonseca Umaña, Administrador Regional de la Administración del Organismo de Investigación Judicial sobre el mismo tema, en el cual hace referencia a que la estructura que posee ese Organismo es muy grande, debido a la especialización con la que cuenta la policía judicial, por lo que cada jefe de Departamento tiene a los jefes responsables de cada oficina para atender tanto temas específicos de la especialización, así como temas administrativos que contemplan la firma de las decisiones iniciales, siendo que solicitan que se reconsidere lo dispuesto al respecto y se realice una extensión de la delegación de estos oficios a los jefes de las diferentes oficinas que conforman el Organismo de Investigación Judicial, Se detalla lo solicitado en el oficio adjunto:
1. Aprobación de la propuesta realizada para la reorganización de competencias para suscribir y aprobar la decisión inicial de los procedimientos licitatorios.
Cabe señalar que esta propuesta fue analizada en forma conjunta por el Departamento de Proveeduría, Dirección Ejecutiva y Dirección Jurídica, quienes nos encontramos de acuerdo con el planteamiento que se expone.
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Seguidamente, se transcribe el informe:
Con relación a la entrada en vigor de la Ley General de Contratación Pública N 9986, nos permitimos presentar una propuesta para la reorganización de competencias para suscribir y aprobar la decisión inicial de las licitaciones de los procedimientos de contratación, esto con el propósito de que sea valorada y de que, si así lo estima esa Dirección, sea del conocimiento del Consejo Superior. Cabe señalar que esta propuesta fue analizada en forma conjunta con las Jefaturas del Proceso de Adquisiciones y Proveeduría Judicial, así como con la Jefatura de la Asesoría Jurídica, quienes han autorizado el planteamiento expuesto más adelante.
De previo a presentar esta propuesta, es importante traer a colación que mediante acuerdo tomado por el Consejo Superior en sesión N 98-2022
celebrada el 11 de noviembre de 2022, artículo I, se estableció la delegación de la suscripción y aprobación
BOLETÍN JUDICIAL Nº 124 Pág 3

de las decisiones iniciales, siendo que para aquellas que fueran suscritas por el jefe de la unidad solicitante, por la trascendencia y responsabilidad de la información contenida en el documento es que el concepto que se estableció para esa figura fue el siguiente: Jerarca del departamento o dirección de acuerdo con el organigrama de la oficina correspondiente. Es decir, la persona responsable que ejerce el mando o dirección en dicha oficina.
Considerando que las delegaciones fueron realizadas previo a la entrada en vigor de la nueva normativa, y que una vez que se puso en marcha lo autorizado, es que se logra observar por parte de las oficinas solicitantes que la forma en que estas se establecieron no resultan funcionales, debido a que el hecho de haber delegado la suscripción de la decisión inicial a los Jerarcas del departamento o dirección únicamente, los ha limitado y ha generado que, oficinas judiciales como el Departamento de Tecnología de la Información y Comunicaciones, así como el Organismo de Investigación Judicial, manifiesten que se les han presentado atrasos en el envío de los requerimientos a la Proveeduría Judicial, debido a que las jefaturas de departamento y directores no siempre se encuentran disponibles, ya que estos deben atender los temas de nivel gerencial que los ocupan, por la cantidad de oficinas que tienen a cargo, lo cual además, también les está ocasionando atrasos en la ejecución presupuestaria.
Dado lo anterior y una vez analizada la situación que se expone, es que resulta prudente reorganizar las competencias para suscribir las decisiones iniciales de las licitaciones reducidas con el propósito de dar mayor agilidad a la etapa previa, resguardando y delegando siempre la responsabilidad de quien aprueba la información contenida en dicho documento a una jefatura, por lo que a continuación, se desarrolla una propuesta en la que se amplía la delegación de la firma y aprobación de dicha decisión inicial para licitaciones reducidas a los Subdirectores, jefaturas de Proceso, Subproceso o Sección de las diferentes oficinas judiciales que tramitan compras públicas, modificando el concepto de jefe de la unidad solicitante o titular subordinado, de la siguiente forma: Jerarca del Departamento, Dirección, Subdirección, Administrador Regional, Proceso, Subproceso, Sección, Delegación, Subdelegación u Oficina Regional, de acuerdo con el organigrama de la oficina correspondiente. Es decir, la persona responsable que ejerce el mando o jefatura en dicha oficina. No incluye coordinadores, ni puestos profesionales administrativos. Cabe señalar que para las licitaciones mayores y menores el concepto que se mantendrá es el original por la envergadura de los proyectos que se tramitan en esos tipos de procedimientos.
Adicionalmente, se propone autorizar al Departamento de Proveeduría y a las Administraciones Regionales según corresponda, como titulares subordinados, para que por medio de la autorización de inicio, acrediten el inicio de la contratación para aquellas licitaciones que no cuentan con proyecto de resolución

Acerca de esta edición

Boletin Judicial de Costa Rica del 10/7/2023

TítuloBoletín Judicial de Costa Rica

PaísCosta Rica

Fecha10/07/2023

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones5055

Primera edición01/01/2003

Ultima edición23/10/2023

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