Periódico Oficial de Tamaulipas del 11/9/2018 - Anexo

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Source: Periódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

Periódico Oficial
Victoria, Tam., martes 11 de septiembre de 2018

Página 171

B A S E S:
PRIMERA: CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR A LOS QUE PUEDEN ASPIRAR
Los ciudadanos que cumplan con los requisitos, condiciones y términos, tendrán derecho a ser registrados como aspirantes y, en su caso, como candidatos independientes para renovar el Congreso del Estado de Tamaulipas.
SEGUNDA: REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD
Para ser candidato a una Diputación, se deberán reunir los siguientes requisitos:
I.
Ser mexicano por nacimiento, en pleno goce de sus derechos;
II.
Ser ciudadano del Estado, en ejercicio de sus derechos, nacido en el Estado o vecino con residencia en él, por más de cinco años;
III. Tener veintiún años cumplidos el día de la elección;
IV. Poseer suficiente instrucción;
V. Estar inscrito en el Registro Federal de Electores en el distrito motivo de la elección y contar con credencial para votar con fotografía.
Cuando el ciudadano esté inscrito en un municipio cabecera de más de un distrito, bastará su inscripción en cualquiera de las secciones electorales que conforman el propio municipio;
VI. No ser Gobernador, Secretario General de Gobierno, Magistrado del Poder Judicial del Estado, Consejero de la Judicatura, Procurador General de Justicia, Magistrado del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado, Diputado o Senador del Congreso de la Unión, Magistrado, Juez o servidor público de la Federación en el Estado, a menos que se separe 90 días antes de la elección;
VII. No ser militar que haya estado en servicio dentro de los 90 días anteriores a la fecha de la elección;
VIII. No ser Ministro de cualquier culto religioso, salvo que se ciñan a lo dispuesto en el artículo 130 de la Constitución Federal y su ley reglamentaria;
IX. No ser servidor público del estado o municipio. Los Jueces en su circunscripción, estarán también impedidos si no se separan de su cargo 90 días antes de la elección;
X. No ser Consejero Electoral en los Consejos General, Distritales o Municipales del IETAM, a menos que se separe del cargo un año antes de la elección;
XI. No ser Magistrado, Secretario General, Secretario de Estudio y Cuenta o Actuario, del Tribunal Electoral, a menos que se separe de su cargo un año antes de la elección;
XII. Ser integrante de algún ayuntamiento, a menos que se separe del cargo 90 días antes de la elección;
XIII. No encontrarse privado de sus derechos políticos-electorales, por sentencia firme que imponga una sanción privativa de la libertad; y XIV. No haber sido reelecto en el cargo en la elección anterior.
TERCERA: ACTOS PREVIOS AL REGISTRO Y DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA REQUERIDA PARA
OBTENER LA CALIDAD DE ASPIRANTE
Los ciudadanos que pretendan postular su candidatura independiente a un cargo de elección popular, en términos del artículo 15 de la Ley Electoral Local, deberán presentar su manifestación de intención ante el Consejo General del IETAM, por conducto de la Oficialía de Partes, ubicada en calle 13 Morelos 501, Zona Centro, CP. 87000, en Ciudad Victoria, Tamaulipas, a partir del día siguiente al que se emita la convocatoria y hasta el día 01 de diciembre de 2018, en los términos siguientes:
I.
Formulario de registro impreso con firma autógrafa expedido por el SNR, con los datos de identificación, domicilio, y el informe de capacidad económica, así como aceptar el recibir notificaciones electrónicas, de conformidad con lo descrito en la sección II del Anexo 10.1 del Reglamento de Elecciones.
II.
Manifestación de intención en el Formato IETAM-CI-D-F-01, el cual deberá contener:
a Aceptación de notificaciones vía correo electrónico sobre la utilización de la aplicación móvil, así como para recibir información sobre el apoyo ciudadano entregado a través de dicha aplicación.
b Nombre y domicilio social de la Asociación Civil;
c La designación del o los representantes legales;
d La designación del encargado de la administración de los recursos financieros y rendición de informes dentro de los procedimientos de fiscalización;
e La designación de la persona responsable de nombrar a sus representantes ante el Consejo Distrital del INE, Consejo Distrital y Municipal del IETAM, en el caso de obtener la calidad de aspirante;

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Periódico Oficial de Tamaulipas del 11/9/2018 - Anexo

TitlePeriódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

CountryMexico

Date11/09/2018

Page count174

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First edition27/01/1999

Last issue20/07/2023

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