Gaceta Oficial de Venezuela del 22/04/2022 - Ordinaria

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Source: Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela - Ordinaria

456.700

GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
9.

CONSIDERANDO
Que resulta necesario la implementación de políticas públicas que reconozcan y permitan crear un ecosistema favorable al desarrollo de nuevos emprendimientos, para lo cual es ineludible e inaplazable concebir un Fondo cuyo objeto sea financiar y apoyar a los emprendimientos inscritos en el Registro Nacional de Emprendimiento, CONSIDERANDO
Que es obligación del Estado promover la creación de empresas y el fortalecimiento de la capacidad productiva pública, que se ajusten al nuevo modelo de gestión, conforme a las directrices y políticas esenciales del Gobierno Nacional en aras de favorecer el ejercicio del derecho de los nuevos emprendimientos a dedicarse libremente a la actividad económica de su preferencia,
DECRETA
Artículo 1. Se autoriza la creación de una Empresa del Estado, bajo la forma de sociedad anónima, que se denominará FONDO
NACIONAL
PARA
LOS
EMPRENDIMIENTOS S.A., la cual estará bajo el control accionario y adscripción del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de economía y finanzas, pudiendo identificarse a través de las siglas "FONAEM, S.A."

Artículo 2. La Empresa del Estado FONDO NACIONAL
PARA LOS EMPRENDIMIENTOS S.A., tendrá por objeto social el financiamiento y el apoyo a los nuevos emprendimientos, inscritos en el Registro Nacional de
Emprendimiento, conforme a las leyes que rigen la materia en el territorio venezolano.
Artículo 3. En cumplimiento de su objeto la Sociedad Anónima FONDO
NACIONAL
PARA
LOS
EMPRENDIMIENTOS S.A., podrá:
1.

Brindar el mayor acceso a financiamiento tradicional y mercado de valores;

2.

Fomentar el desarrollo de capacidades de gestión de los emprendimientos;

3.

Dictar las normas técnicas de políticas de financiamiento y requisitos dirigidos para el otorgamiento de los financiamientos;

4.

Administrar sus propios recursos, los asignados por el Ejecutivo Nacional y aquellos provenientes de otras fuentes de financiamiento;

5.

Optimizar el rendimiento y utilización de los recursos que le fueran asignados, mediante colocaciones en el mercado de valores o contratos de Fideicomisos suscritos con el sistema bancario nacional;

6.

Ejercer la inspección, vigilancia y control de la ejecución de los financiamientos que otorgue el fondo, a fin de lograr la debida ejecución de los mismos;

7.

Impulsar la generación de una cultura emprendedora;

8.

Brindar acompañamiento emprendimientos;

financiero
a
los
Viernes 22 de abril de 2022

Promover la equidad regional y de género en la entrega de financiamientos;

10. Las demás competencias que le sean otorgadas por el Ministerio con competencia en materia de economía y finanzas.
Artículo 4. La Empresa del Estado FONDO NACIONAL
PARA LOS EMPRENDIMIENTOS S.A., cumplirá su objeto social en estricta subordinación y correspondencia, con los lineamientos, políticas y planes del Ejecutivo Nacional.

Artículo 5. La Empresa del Estado FONDO NACIONAL
PARA LOS EMPRENDIMIENTOS S.A., tendrá su domicilio en el lugar que indique su Acta Constitutiva y Estatutaria, pudiendo establecer oficinas o dependencias en cualquier lugar de la República o en el extranjero, previa aprobación del Accionista y en cumplimiento de las formalidades legales correspondientes.
Artículo 6. El capital social de la Empresa del Estado FONDO
NACIONAL PARA LOS EMPRENDIMIENTOS S.A., estará dividido en acciones nominativas, no convertibles al portador, y será íntegramente suscrito y pagado por la República Bolivariana de Venezuela, por órgano del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de economía y finanzas, quien ejercerá el control accionario. El Acta Constitutiva Estatutaria desarrollará lo relativo al número y valor de las acciones.
Artículo 7. La organización, actividad y funcionamiento de la Sociedad Anónima FONDO NACIONAL PARA LOS
EMPRENDIMIENTOS S.A., se desarrollará con base en los principios de honestidad, participación, eficacia, eficiencia, transparencia, celeridad, racionalidad, rendición de cuentas, corresponsabilidad, solidaridad y responsabilidad social, mutua cooperación, equidad, justicia, inclusión social, buena fe y confianza.
Artículo 8. El accionista ejercerá la suprema autoridad de la Empresa del Estado FONDO NACIONAL PARA LOS
EMPRENDIMIENTOS S.A. y su administración y dirección estará a cargo de una Junta Directiva, integrada por el Presidente o Presidenta, quien a su vez será el Presidente o Presidenta de la Empresa y cuatro 4 miembros principales, cada uno de estos últimos con su respectivo suplente, quienes suplirán sus faltas en la Junta Directiva, con iguales atribuciones y facultades que el principal.
Los miembros de la Junta Directiva, así como los respectivos suplentes, serán de libre nombramiento y remoción por parte del órgano de adscripción. Asimismo, en el Acta Constitutiva y Estatutaria de la Empresa, se determinarán las atribuciones del Accionista, de la Junta Directiva y del Presidente o la Presidenta, así como sus normas de organización y funcionamiento.
Artículo 9. El patrimonio de la Sociedad Anónima FONDO
NACIONAL PARA LOS EMPRENDIMIENTOS S.A., estará constituido por:
1. Los recursos asignados por el Ejecutivo Nacional, previo cumplimiento con las formalidades establecidas en ley;
2. Los recursos procedentes reembolsables otorgados emprendedoras;

de a
los financiamientos emprendedores y

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Gaceta Oficial de Venezuela del 22/04/2022 - Ordinaria

TitleGaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela - Ordinaria

CountryVenezuela, Bolivarian Republic of

Date22/04/2022

Page count16

Edition count317

First edition02/01/2013

Last issue22/05/2023

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