Diario Oficial El Peruano del 27/12/2022

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Source: Diario Oficial El Peruano

a.2 En el caso del ascenso o promoción del personal, se deberá tener en cuenta, previamente a la realización de dicha acción de personal, lo establecido en el literal b de la Tercera Disposición Transitoria de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

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BOLETIN OFICIAL

Lima, martes 27 de diciembre de 2022 I EL PERUANO

h SEDACHIMBOTE S.A., podrá adquirir vehículos automotores siempre y cuando estén orientados a actividades operativas, cuando resulte necesario reponer aquellos que cuenten con más de 10
años de uso, se encuentren inoperativos, estén totalmente depreciados o su costo de mantenimiento resulte oneroso, o en el caso de la pérdida total del vehículo.

a.3 La designación en cargos de confianza y de directivos superiores, conforme a los documentos de gestión de la Empresa SEDACHIMBOTE S.A. y a la normatividad vigente.

i
b Solo pueden celebrarse contratos de Servicios No Personales y/o Locación de Servicios con personas naturales, siempre que:

Quedan prohibidos los viajes al exterior de funcionarios y servidores con cargo a fondos de la Entidad.

j
El pago de remuneraciones sólo corresponde como contraprestación por el trabajo efectivamente realizado, quedando prohibido, salvo disposición de Ley expresa en contrario o por aplicación de licencia con goce de haber de acuerdo a la normatividad vigente, el pago de remuneraciones por días no laborados.

b.1 Los recursos destinados a celebrar tales contratos estén previstos en sus respectivos presupuestos autorizados b.2 El locador que se pretenda contratar no realice actividades o funciones equivalentes a las que desempeñe el personal permanente conforme al Manual de Organización y Funciones - MOF de SEDACHIMBOTE S.A., debiendo limitarse a efectuar funciones de carácter especifico, temporal y eventual.
c Para la aplicación de casos de excepción establecidos en el literal a, es requisito que las plazas a ocupar se encuentren aprobadas en el Cuadro de Asignación de Personal CAP, salvo el caso de suplencia.
d Los miembros del directorio pueden percibir hasta un máximo de cuatro 04 dietas al mes, aun cuando asista a un número mayor de sesiones.
e Queda prohibida la contratación de personal, así como la ejecución de gastos orientados a la realización de funciones de carácter permanente u operativas, con cargo a recursos destinados al financiamiento de proyectos de inversión.
f
Queda prohibido efectuar gastos por conceptos de horas extras orientadas a cubrir labores vinculadas a la administración de la Empresa. En los supuestos que se requiera mantener personal en el centro de labores, se deben establecer turnos u otros mecanismos que permitan el adecuado cumplimiento de las funciones de la Entidad.
Para el caso de labores vinculadas con la Operación y Mantenimiento de los Sistemas de Agua Potable y Desage, sólo se reconocerá el gasto por concepto de Horas Extras, de aquellas orientadas a cubrir sucesos por Urgencias o Emergencias.

g En ningún caso, el gasto mensual por servicios de telefonía móvil, servicio de comunicaciones personales PCS y servicio de canales múltiples de selección automática troncalizado, puede exceder el monto resultante de la multiplicación del número de equipos por DOSCIENTOS Y 00/100
SOLES S/ 200.00. Considerase dentro del referido monto, al costo por el alquiler del equipo, así como al valor agregado al servicio, según sea el caso.
La Gerencia de Administración y Finanzas, establece, mediante directiva, los montos que se cubren por equipo sujeto al gasto mensual antes señalado. La diferencia de consumo en la facturación es abonada por el funcionario o servidor que tenga asignado el equipo, conforme se establezca en la mencionada directiva.

CAPITULO V
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Artículo 13

Responsabilidades
a Las Gerencias, Oficinas, Administraciones y Jefaturas bajo el ámbito de SEDACHIMBOTE S.A., serán responsables del estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Directiva.
b La observancia del cumplimiento de lo establecido en la presente Directiva, es de responsabilidad del Gerente General, Gerente de Administración y Finanzas y jefe de la Oficina de Planeamiento, según corresponda.
Artículo 14

Disposiciones Finales
El incumplimiento de lo dispuesto en esta Directiva dará lugar a las acciones administrativas pertinentes.
Artículo 15

Anulación y Reemplazo
La presente Directiva anula y reemplaza a las Directivas anteriores vigentes.
El Órgano de Control Institucional, es responsable de vigilar que se cumpla con las disposiciones establecidas en la presente Directiva.
Chimbote, diciembre del 2022
Dr. CPC. Francisco R. León Cavero GERENTE GENERAL
EPS. SEDACHIMBOTE S.A.
050-2137147-1

PREPUBLICACIÓN DE PROYECTOS
DE FICHAS DE HOMOLOGACIÓN
Se hace de conocimiento a las entidades del Estado, proveedores y público interesado que, a solicitud del Ministerio de Cultura Mincul, se prepublicaron en la página web de PERÚ COMPRAS www.gob.pe/perucompras siete 7
proyectos de Fichas de Homologación que se detallan a continuación:
Descripción Bombos andino y sikuri.
Flauta andina.
Palo de lluvia.
Quena andina.
Tambor de piel.
Zampoña.

Proyectos 2
1 1
1 1
1

Plazo
Hasta el 19/1/2023

Los proyectos se encuentran a disposición para la formulación de comentarios, recomendaciones y observaciones de acuerdo a lo establecido en el numeral 8.7
de la Directiva N.º 006-2020-PERÚ COMPRAS, denominada Proceso de Homologación de Requerimientos, aprobada mediante Resolución Jefatural N.º 069-2020-PERÚ COMPRAS.
Asimismo, se les invita a las Mesas técnicas de discusión pública sobre el contenido de los proyectos de Fichas de Homologación de instrumentos musicales andinos, a realizarse a través de la plataforma Zoom en los siguientes horarios:
Entidades del Estado Día : martes, 17 de enero de 2023
Hora: de 9:30 a. m. a 12:30 p. m.

Proveedores y público en general Día : martes, 17 de enero de 2023
Hora: de 2:30 a 5:30 p. m.

Inscripciones y obtención del enlace de acceso a la plataforma Zoom para las mesas a través de la web de PERÚ COMPRAS.

Lima, 27 de diciembre de 2022
002-2136109-2
002-2137495-1

Av. Alfonso Ugarte N 873 - Lima Central Telefónica: 01 315-0400

ventapublicidad@editoraperu.com.pe
995 918 471

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Diario Oficial El Peruano del 27/12/2022

TitleDiario Oficial El Peruano

CountryPeru

Date27/12/2022

Page count60

Edition count2741

First edition01/01/2016

Last issue13/05/2024

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