Diario Oficial El Peruano del 23/12/2022

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Source: Diario Oficial El Peruano

BOLETIN OFICIAL

Lima, viernes 23 de diciembre de 2022 I EL PERUANO


TITULAR/
SOLICITANTE

UBICACIÓN

MATERIA DEL
SOLICITUD/TRAMITE

ACTO QUE SE
NOTIFICA

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CONTENIDO DE DOCUMENTO
Me dirijo a usted con relación al documento de la referencia, a fin de comunicarle que de la evaluación realizada a la documentación presentada se advierten las siguientes observaciones:
Evaluación Legal a
Deberá remitir un nuevo formato de solicitud de autorización Formulario 002/28, total y correctamente llenado, toda vez que en el presentado no llenó completamente el ítem I Datos del solicitante, habiendo omitido consignar los datos referidos a los asientos registrales donde constan inscritos su objeto social y el poder de su representante legal.

b
Del documento registral, adjunto a su solicitud, se advierte que el periodo de vigencia del Consejo Directivo fue hasta el 21 de agosto del 2021, por lo que, deberá remitir a esta administración el documento idóneo que acredite la nueva conformación del citado consejo, a efectos de evaluar a los nuevos integrantes, conforme lo establece la Ley de Radio y Televisión.
En caso de haber nombrado nuevos integrantes para el Consejo Directivo deberá remitir la hoja de datos personales y declaración jurada de no haber sido condenado a pena privativa de la libertad de 4 o más años por delito doloso, de cada uno de ellos. Asimismo, nueva Declaración Jurada de Relación de Miembros incluyendo a dichas personas.
En el supuesto de no haber nuevos integrantes deberá presentar el documento que ratifique al anterior consejo dentro de un nuevo periodo.
Así también, deberá subsanar las observaciones advertidas respecto de dichas personas, conforme a lo siguiente:
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Deberá remitir una nueva Declaración Jurada de Relación de Miembros Anexo 002-B/28, toda vez que de la presentada se observa que se consignó erróneamente el número de DNI del señor CESAR PARIONA DE LA CRUZ.
Asimismo, del citado formulario se advierte que consignó al señor Fermin Pariona Figueroa, como miembro del Órgano Fiscalizador; no obstante, según la búsqueda realizada en Consultas en Línea del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Reniec, dicha persona falleció el día 26 de febrero de 2021, por lo que, de darse esa situación deberá incluir al nuevo integrante del Órgano Fiscalizador, además de presentar su Hoja de Datos Personales y su declaración jurada de no haber sido condenado a pena privativa de la libertad de 4 o más años por delito doloso, en virtud a lo dispuesto por el literal c del artículo 23 de la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278.
Adicionalmente, se precisa que conforme lo indica el ítem II del mencionado formulario se debe consignar tanto la condición de asociado como el cargo de los miembros del Consejo Directivo y Órgano Fiscalizador, en caso se ostenten ambos.

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Deberá remitir el certificado de antecedentes penales vigente del señor ADALBERTO PROSPERO ARIAS CACERES, a fin de corroborar su declaración jurada de no haber sido condenado a pena privativa de la libertad de 4 o más años por delito doloso, en virtud a lo dispuesto por el literal c del artículo 23 de la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, toda vez que de lo revisado en la página web del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Reniec y en nuestro Sistema de Plataforma de Consultas PIDE, se advierten observaciones en cuanto al registro de antecedentes penales de dicha persona.

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Respecto a la declaración jurada de no haber sido condenado a pena privativa de la libertad de 4 o más años por delito doloso y la Hoja de Datos Personales correspondiente al señor CESAR PARIONA DE LA CRUZ se advierte que no fueron firmadas, por lo que, deberá remitirlos nuevamente. En caso de encontrarse impedido para firmar deberá presentar el documento que lo faculte a únicamente suscribir documentos con su huella dactilar.
Así también, respecto a su hoja de datos se aprecia que ha consignado a Teofila Rimache Rojas, Isabel Pariona Rimache, Felipa Pariona Rimache, Edgar Pariona Rimache, Odelia Pariona Rimache, Adela Pariona Rimache, Francisco Pariona Rimache, Cain Pariona Rimache, Gabriel Pariona Rimache y Jaime Pariona Rimache como sus familiares; sin embargo, dichas personas no se encuentran registradas de acuerdo a la búsqueda realizada en Consultas en Línea del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Reniec, por lo que deberá corregir e indicar el nombre correcto de sus familiares, de acuerdo a sus documentos nacionales de identidad.

3

ASOCIACIÓN DE
PROMOTORES
DE SALUD DEL
DISTRITO DE
SANTILLANA

AYACUCHO

Solicitud de autorización para prestar el servicio de radiodifusión sonora comunitaria en Frecuencia Modulada FM, en la localidad de San Jose de Secce, departamento de Ayacucho.
Exp. N T-035990-2021

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Remitir nueva Hoja de Datos Personales total y correctamente llenada, según formato adjunto Anexo 002-A/28 del señor ADALBERTO PROSPERO ARIAS CACERES, toda vez que consignó a Clemencia Caceres Quispe, Augosto Arias Calixto y Edeleon Ricra Caceres como sus familiares; sin embargo, dichas personas no se encuentran registradas de acuerdo a la búsqueda realizada en Consultas en Línea del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Reniec, por lo que, deberá corregir e indicar el nombre correcto de sus familiares, de acuerdo a sus documentos nacionales de identidad.

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Remitir nueva Hoja de Datos Personales total y correctamente llenada, según formato adjunto Anexo 002-A/28 de la señora JULITA GAVILAN FIGUEROA, toda vez que ha omitido completar la información referente a su padre. De otro lado, ha consignado a Berta Soto Figueroa como su familiar; sin embargo, dicha persona no se encuentra registrada de acuerdo a la búsqueda realizada en Consultas en Línea del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Reniec, por lo que deberá corregir e indicar el nombre correcto de su familiar, de acuerdo a su documento nacional de identidad.
Asimismo, señaló que el señor Fortunato Palomino Poma, falleció; no obstante, de la consulta realizada en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Reniec se observa que dicha persona no tiene tal condición. Finalmente, indicó que el señor Jaime Soto Figueroa tiene la ocupación de negociante, no obstante, de la consulta Consultas en Línea del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Reniec se aprecia que dicha persona tiene la condición de fallecido.

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Remitir nueva Hoja de Datos Personales total y correctamente llenada, según formato adjunto Anexo 002-A/28 de la señora Damacina Martinez De Gil, toda vez que consignó a Nelson Gil Martinez, Manuel Jesus Martinez Pancorbo, Muner Martinez Pancorbo y Dina Martinez Pancorbo como sus familiares; sin embargo, dichas personas no se encuentran registradas de acuerdo a la búsqueda realizada en Consultas en Línea del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Reniec, por lo que deberá corregir e indicar el nombre correcto de sus familiares, de acuerdo a sus documentos nacionales de identidad.

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Remitir nueva Hoja de Datos Personales total y correctamente llenada, según formato adjunto Anexo 002-A/28 del señor Victoriano Barreto Yaulis, toda vez que consignó a Doris Barreto Yaulis como su hija; sin embargo, dicha persona no se encuentra registrada de acuerdo a la búsqueda realizada en Consultas en Línea del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Reniec, por lo que deberá corregir e indicar el nombre correcto de su familiar, de acuerdo a sus documento nacional de identidad. Asimismo, no se aprecia completa la firma suscrita en el citado documento.

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Remitir nueva Hoja de Datos Personales total y correctamente llenada, según formato adjunto Anexo 002-A/28 del señor Eusebio Ccente Potosino, toda vez que consignó a Kavia Ccente Cerdan y Julia Ccente Potocino como sus familiares; sin embargo, dichas personas no se encuentran registradas de acuerdo a la búsqueda realizada en Consultas en Línea del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Reniec, por lo que deberá corregir e indicar el nombre correcto de sus familiares, de acuerdo a sus documentos nacionales de identidad. Asimismo, deberá aclarar si el señor Pedro Ccente Potosino es su hermano, de darse ese supuesto deberá incluirlo en su hoja de datos.

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Remitir nueva Hoja de Datos Personales total y correctamente llenada, según formato adjunto Anexo 002-A/28 de la señora Leocadia Palomino De Areste, toda vez que consignó a Jose Antonio Areste Palomino como su hijo; sin embargo, dicha persona no se encuentra registrada de acuerdo a la búsqueda realizada en Consultas en Línea del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Reniec, por lo que deberá corregir e indicar el nombre correcto de su familiar, de acuerdo a su documento nacional de identidad.

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Remitir nueva Hoja de Datos Personales total y correctamente llenada, según formato adjunto Anexo 002-A/28 del señor Marcial Figueroa, toda vez que consignó a Eudocia Figueroa como su madre; sin embargo, dicha persona no se encuentra registrada de acuerdo a la búsqueda realizada en Consultas en Línea del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Reniec, por lo que deberá corregir e indicar el nombre correcto de su familiar, de acuerdo a sus documentos nacionales de identidad. Asimismo, se observa que ha omitido consignar los nombres y apellidos de su padre.

OFICIO N
2472-2022MTC/28.01

Evaluación Técnica De la evaluación efectuada al Perfil del Proyecto Técnico se verifico que:

No consigno el tipo de Enlace Estudio Planta a emplear.

En ese sentido, deberá presentar lo siguiente:

Perfil del Proyecto Técnico Anexo 002- C/28, total y correctamente llenado, autorizado por un ingeniero colegiado y hábil, a la fecha de presentación, en la especialidad de ingeniería electrónica o telecomunicaciones, subsanando la observación advertida.

Para tal efecto, se le otorga un plazo de diez 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la fecha de recepción del presente oficio, a fin de que presente lo requerido ante la Dirección de Servicios de Radiodifusión del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de Mesa de Partes Virtual https mpv.mtc.gob.pe, bajo apercibimiento de declarar improcedente la solicitud presentada.
Cabe indicar que, en caso lo estime pertinente puede solicitar la prórroga del plazo otorgado, antes de su vencimiento, de conformidad con lo establecido en el numeral 147.2 del artículo 147 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.
Finalmente, se le recuerda que el literal b del artículo 23 de la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, establece que la solicitud de autorización será denegada en caso que el administrado se encuentre adeudando obligaciones relativas al derecho de autorización, canon, tasa, multas u otros conceptos derivados de la prestación de servicios de radiodifusión u otros servicios de telecomunicaciones, salvo que se cuente con el beneficio de fraccionamiento vigente.
Asimismo, dichas obligaciones son verificadas a los integrantes de la solicitante, de acuerdo al tercer párrafo del citado artículo.

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Diario Oficial El Peruano del 23/12/2022

TitleDiario Oficial El Peruano

CountryPeru

Date23/12/2022

Page count48

Edition count2739

First edition01/01/2016

Last issue11/05/2024

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