Diario Oficial de la República de Chile del 20/11/2019 - Secciones I-IV

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Source: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Nº 42.507

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Miércoles 20 de Noviembre de 2019

N 20.241, en las autoridades que indica de Corfo y del Comité InnovaChile; en el decreto supremo N 93, de 10 de septiembre de 2019 en trámite, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que me nombra en el cargo de Vicepresidente Ejecutivo de Corfo; y en la resolución N 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:

Sección I - 3

2 Determinar, mediante acto administrativo, si un desembolso puede ser tenido como parte de un proyecto de investigación y desarrollo, en virtud de lo establecido en el inciso final, del artículo 17, de la ley N 20.241.
3 Autorizar, mediante acto administrativo, un porcentaje mayor al 5% de los gastos corrientes, como desembolsos que son parte de un proyecto de investigación y desarrollo, tratándose de gastos de servicios básicos asociados a un proyecto, siempre que sean un componente relevante del costo total, dadas las características del mismo, en virtud de lo establecido en la letra f, del número 1., del inciso primero, del artículo 17 de la ley N 20.241.
4 Evaluar las solicitudes de registro de Centros de Investigación, de certificación de contratos y proyectos de investigación y desarrollo, y la modificación o revocación de estas certificaciones, en base al análisis efectuado por personal, interno o externo.
5 Proponer al Subcomité correspondiente, la aprobación, total o parcial, o rechazo, de las solicitudes de certificación de contratos o proyectos.
6 Proponer al Subcomité correspondiente, la revocación de la certificación recaída en proyectos y contratos, en base al análisis efectuado por personal, interno o externo.
7 Autorizar y/o rechazar la modificación de contratos y proyectos de investigación y desarrollo certificados, total o parcialmente, mediante resolución fundada, pudiendo dictar al efecto una nueva resolución, en caso que se apruebe una modificación en el monto del respectivo proyecto o contrato.
8 Proponer al Órgano Colegiado de Corfo, la aprobación o rechazo de las solicitudes de registro de Centros.
9 Comunicar a los contribuyentes las decisiones adoptadas por el Órgano Colegiado, por el Subcomité correspondiente y por el/la Director/a Ejecutivo/a del Comité InnovaChile.
10 Requerir a los contribuyentes que hayan presentado solicitudes de certificación o hayan manifestado su intención de acogerse a los beneficios antes de la certificación, antecedentes complementarios, en conformidad a la ley N 20.241 y su Reglamento. Asimismo, le corresponderá comunicar la conformidad de la recepción de los mismos, o, en su caso, que la solicitud se ha tenido por no presentada, por no haberse remitido oportunamente y/o íntegramente dichos antecedentes.
11 Solicitar, en el contexto de la fiscalización de Centros de Investigación, y de contratos y proyectos de investigación y desarrollo, la información que estime necesaria para verificar el cumplimiento de las condiciones establecidas en la ley N 20.241 y su Reglamento, y en el respectivo contrato y proyecto de investigación y desarrollo.
12 Determinar, mediante acto administrativo, los gastos que no corresponden, total o parcialmente, a un proyecto de investigación y desarrollo certificado, para efectos de la impugnación que puede realizar el Servicio de Impuestos Internos.
13 Suscribir, respecto de los proyectos y contratos certificados, las comunicaciones dirigidas al Servicio de Impuestos Internos.
14 En general, realizar todas aquellas actuaciones necesarias para el correcto análisis, evaluación y fiscalización de las solicitudes de registro de Centros; la certificación y fiscalización de contratos y proyectos de investigación y desarrollo;
y la modificación o revocación de estas certificaciones.

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1 Que, la ley N 20.241, encomienda a esta Corporación tareas relativas a la inscripción de los Centros de Investigación o Desarrollo y a la certificación de contratos y proyectos de I+D.
2 Que, por Acuerdo de Consejo N 2.880, de 2015, modificado por Acuerdo de Consejo N 2.910, de 2016, ambos ejecutados por resolución A N 58, de 2016, de Corfo, se deja sin efecto el Acuerdo de Consejo N 2.840, de 2014, se creó el Comité de Incentivo Tributario I+D, y se delegaron facultades en relación a la ley N 20.241, en las autoridades que indica de Corfo y del Comité InnovaChile.
3 Que, durante el año 2018, el Comité InnovaChile efectuó un proceso de rediseño y simplificación de sus instrumentos de financiamiento, producto del cual se redujo y concentró la oferta de los mismos.
4 Que, en mérito de lo señalado en el Considerando anterior, y además, con la finalidad de aprovechar de manera eficiente las capacidades y especialización en materias relativas a investigación y desarrollo del Comité InnovaChile, por Acuerdo de Consejo N 3.043, de 2019, se dejó sin efecto el Acuerdo de Consejo N 2.880, de 2015, modificado por Acuerdo de Consejo N 2.910, de 2016, y se delegaron facultades en relación a la ley N 20.241, en el Consejo Directivo del Comité InnovaChile y demás autoridades que indica.
5 Que, en el número VII del Acuerdo de Consejo singularizado en el Considerando precedente, se facultó al Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación para establecer la fecha, plazo o condición, a partir de la cual empezarán a ejercerse las delegaciones realizadas mediante el mismo.

Resuelvo:

1 Ejecútase el Acuerdo de Consejo N 3.043, de 2019, que Deja sin Efecto Acuerdo de Consejo N 2.880, de 2015, Modificado por Acuerdo de Consejo N
2.910, de 2016; y Delega Facultades en Relación a la ley N 20.241, en el Consejo Directivo del Comité InnovaChile y Demás Autoridades que Indica, que, entre otras materias, determinó:
I. Déjase sin efecto el Acuerdo de Consejo N 2.880, de 2015, modificado por el Acuerdo de Consejo N 2.910, de 2016.
II. Delégase en el Consejo Directivo del Comité InnovaChile, actuando en Subcomité, en conformidad con las normas contenidas en su Reglamento, las siguientes facultades relacionadas con lo establecido en la ley N 20.241:
1 Certificar, total o parcialmente, los contratos y proyectos de investigación y desarrollo.
2 Rechazar la solicitud de certificación de contratos y proyectos de investigación y desarrollo.
3 Revocar la certificación de los contratos o proyectos de investigación y desarrollo.

El/La Director/a Ejecutivo/a del Comité InnovaChile, mediante acto administrativo, determinará el Subcomité que conocerá y resolverá de las solicitudes sobre las materias individualizadas en los numerales precedentes.
Los Acuerdos que adopte el Subcomité en estas materias, serán ejecutados por resolución del/de la Director/a Ejecutivo/a del Comité InnovaChile.
III. El Comité InnovaChile proporcionará al Órgano Colegiado, al Vicepresidente Ejecutivo de Corfo y al Subcomité respectivo, el apoyo administrativo y de personal que se requiera para la verificación, análisis, evaluación y fiscalización de las solicitudes de registro de Centros para la Realización de Actividades de Investigación o Desarrollo; la certificación y fiscalización de contratos y proyectos de investigación y desarrollo; la modificación o revocación de estas certificaciones;
y los informes, estudios, antecedentes y servicios necesarios para dar cumplimiento a los objetivos establecidos en la ley N 20.241. Esta colaboración la prestará por medio de sus capacidades internas o valiéndose de la asesoría de expertos, nacionales o internacionales.
IV. Deléganse en el/la Director/a Ejecutivo/a del Comité InnovaChile, las siguientes facultades en relación a lo establecido en la ley N 20.241:
1 Establecer, mediante acto administrativo, la especificación y detalle de los gastos que podrán ser considerados como parte de un proyecto de investigación y desarrollo.

Por razones de buen servicio, el cumplimiento material de estas tareas podrá ser encomendado por el/la Director/a Ejecutivo/a a otros funcionarios del Comité InnovaChile.
V. Los Acuerdos adoptados por el Órgano Colegiado creado por el artículo 2
de la ley N 20.241, encargado de conocer y resolver sobre las solicitudes de registro de Centros para la Realización de Actividades de Investigación o Desarrollo, serán ejecutados mediante resolución del Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación.
Asimismo, corresponderá al Vicepresidente Ejecutivo dictar la resolución fundada que declare la eliminación de un Centro del citado Registro.
2 Déjase sin efecto la resolución A N 58, de 2016, de Corfo, y, en consecuencia, pónese término al Comité de Incentivo Tributario I+D, en la fecha en que empiecen a ejercerse las facultades delegadas por el Acuerdo que se ejecuta, y según lo dispuesto en el numeral siguiente.
3 Establécese que las delegaciones realizadas mediante el Acuerdo de Consejo N3.043, de 2019, empezarán a ejercerse a contar del 21 de noviembre de 2019, debiendo, previamente, la Dirección Ejecutiva del Comité InnovaChile, determinar el Subcomité que conocerá y resolverá de las solicitudes sobre las materias individualizadas en el numeral II del Acuerdo transcrito en el Resuelvo 1 precedente.
Anótese y publíquese.- Pablo Terrazas Lagos, Vicepresidente Ejecutivo.- María Elina Cruz Tanhnuz, Fiscal.

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Diario Oficial de la República de Chile del 20/11/2019 - Secciones I-IV

TitleDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

CountryChile

Date20/11/2019

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Edition count1243

First edition17/08/2016

Last issue22/11/2023

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