Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 1/3/2024

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

1 de marzo de 2024
ELAS
SAN ISIDRO DEL GUADALETE
TAHIVILLA
TORRECERA
ZAHARA DE LOS ATUNES
TOTALES
AYUNTAMIENTO
ALCALÁ DE LOS GAZULES
ALCALÁ DEL VALLE
ALGAR
ALGODONALES
ARCOS DE LA FRONTERA
BARBATE
BENALUP-CASAS VIEJAS
BENAOCAZ
BORNOS
CASTELLAR
CHIPIONA
CONIL DE LA FRONTERA
EL BOSQUE
EL GASTOR
ESPERA
GRAZALEMA
JIMENA DE LA FRA.
LA LÍNEA
LOS BARRIOS
MEDINA SIDONIA
OLVERA
PATERNA DE RIVERA
PRADO DEL REY
PUERTO REAL
PUERTO SERRANO
ROTA
SAN JOSE VALLE
SAN MARTÍN DEL TESORILLO
SANLUCAR DE BARRAMEDA
SAN ROQUE
SETENIL
TARIFA
TORRE ALHÁQUIME
TREBUJENA
UBRIQUE
VEJER DE LA FRA.
VILLALUENGA DEL ROSARIO
VILLAMARTÍN
ZAHARA SIERRA
TOTALES

Página 3

B.O. P. DE CADIZ NUM. 42
CIF
P1100006D
P1100058E
P1100009H
P1100061I
CIF
P1100100E
P1100200C
P1100300A
P1100500F
P1100600D
P1100700B
P1104300G
P1100900H
P1101000F
P1101300J
P1101600C
P1101400H
P1101100D
P1101800I
P1101700A
P1101900G
P1102100C
P1102200A
P1100800J
P1102300I
P1102400G
P1102500D
P1102600B
P1102800H
P1102900F
P1103000D
P1100010F
P1100020E
P1103200J
P1103300H
P1103400F
P1103500C
P1103600A
P1103700I
P1103800G
P1103900E
P1104000C
P1104100A
P1104200I

IMPORTE TOTAL
16.000,00 €
16.000,00 €
16.000,00 €
16.000,00 €
160.000,00 €
IMPORTE TOTAL
16.000,00 €
16.000,00 €
16.000,00 €
16.000,00 €
22.000,00 €
22.000,00 €
16.000,00 €
16.000,00 €
16.000,00 €
16.000,00 €
19.000,00 €
22.000,00 €
16.000,00 €
16.000,00 €
16.000,00 €
16.000,00 €
16.000,00 €
22.000,00 €
22.000,00 €
19.000,00 €
16.000,00 €
16.000,00 €
16.000,00 €
22.000,00 €
16.000,00 €
22.000,00 €
16.000,00 €
16.000,00 €
22.000,00 €
22.000,00 €
16.000,00 €
19.000,00 €
16.000,00 €
16.000,00 €
19.000,00 €
19.000,00 €
16.000,00 €
19.000,00 €
16.000,00 €
696.000,00 €

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ
ÁREA DE DESARROLLO A LA CIUDADANÍA
BASES DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES, PARA
LA EJECUCIÓN DE LOS PROGRAMAS INCLUIDOS EN EL PLAN INTEGRAL
DE ACTIVACIÓN DE LA CULTURA, LA GASTRONOMÍA Y EL DEPORTE 2024
A MUNICIPIOS Y ENTIDADES LOCALES AUTÓNOMAS DE LA PROVINCIA.

La Diputación Provincial tiene entre sus principales competencias la asistencia y cooperación jurídica, económica y técnica a los municipios, especialmente a los de menor capacidad económica y de gestión, así como la coordinación de los servicios municipales entre sí para su prestación integral y adecuada. Con esta finalidad podrá otorgar ayudas con cargo a sus recursos propios para la realización y el mantenimiento de servicios municipales, que se instrumentarán a través de planes especiales u otros instrumentos específicos.

El artículo 36 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, establece que son competencias propias de la Diputación las que le atribuyan las leyes del Estado y de las Comunidades Autónomas en los diferentes sectores de la acción pública; en todo caso le corresponde la cooperación en el fomento del desarrollo económico y social en el territorio provincial, de acuerdo con las competencias de las demás administraciones púbicas en este ámbito. Dicho artículo establece además un mandato genérico de colaboración y asistencia a los municipios en el establecimiento y prestación de los servicios obligatorios, reconocido además en el artículo 11 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía.

LÍNEA 1
SI
SI
SI
SI
LÍNEA 1
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
NO
SI
SI
SI
SI
NO
SI
SI

IMPORTE LÍNEA 1
16.000,00 €
13.000,00 €
5.500,00 €
11.000,00 €
121.500,00 €
IMPORTE LÍNEA 1
12.000,00 €
8.000,00 €
9.000,00 €
6.000,00 €
6.000,00 €
18.000,00 €
8.000,00 €
6.000,00 €
8.000,00 €
16.000,00 €
9.500,00 €
11.000,00 €
10.000,00 €
2.000,00 €
10.000,00 €
5.000,00 €
8.000,00 €
22.000,00 €
11.000,00 €
9.000,00 €
10.000,00 €
8.000,00 €
12.000,00 €
11.000,00 €
849,00 €
22.000,00 €
8.000,00 €
5.000,00 €
11.000,00 €
11.000,00 €
8.000,00 €
0,00 €
8.000,00 €
8.000,00 €
6.500,00 €
9.500,00 €
0,00 €
16.000,00 €
10.000,00 €
359.349,00 €

LÍNEA 2
NO
SI
SI
SI
LÍNEA 2
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
NO
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
NO
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
NO
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI

IMPORTE LÍNEA 2
0,00 €
3.000,00€
10.500,00€
5.000,00€
38.500,00 €
IMPORTE LÍNEA 2
4.000,00 €
8.000,00 €
7.000,00 €
10.000,00 €
16.000,00 €
4.000,00 €
8.000,00 €
10.000,00 €
8.000,00 €
0,00 €
9.500,00 €
11.000,00 €
6.000,00 €
14.000,00 €
6.000,00 €
11.000,00 €
8.000,00 €
0,00 €
11.000,00 €
10.000,00 €
6.000,00 €
8.000,00 €
4.000,00 €
11.000,00 €
15.151,00 €
0,00 €
8.000,00 €
11.000,00 €
11.000,00 €
11.000,00 €
8.000,00 €
19.000,00 €
8.000,00 €
8.000,00 €
12.500,00 €
9.500,00 €
16.000,00 €
3.000,00 €
6.000,00 €
336.651,00 €

El deporte, entendido como práctica generalizada de actividad física, es uno de los principales destinatarios del tiempo de ocio de la ciudadanía en general y su expansión ha sido debida a la aparición de nuevos valores en la sociedad relacionados con la salud, con el ocio activo y con la recreación. Está científicamente demostrada la compleja y estrecha relación existente entre la forma de vida y el estado de salud de las personas, condicionado principalmente por la alimentación y el tipo de actividad física que se desarrolla.

Tal y como reconoce la Organización Mundial de la Salud, es necesaria la intervención de las Administraciones Públicas en la promoción de la práctica deportiva para fomentar en la ciudadanía hábitos de vida saludable, así como facilitar la práctica habitual de actividad físico deportiva de calidad, de manera que ésta incida favorablemente en la salud y calidad de vida de todos los ciudadanos. Este es el mandato recogido en el artículo 43.3 de la Constitución: Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte. Asimismo, facilitarán la adecuada utilización del ocio.

Por su parte, el artículo 44.1 de la Constitución Española establece que Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho. Igualmente, el artículo 92.l del Estatuto de Autonomía de Andalucía establece como competencia de los municipios andaluces la promoción de la cultura, así como planificación y gestión de actividades culturales.

La Agenda 21 de la cultura, como documento orientador de las políticas públicas de cultura y como contribución al desarrollo cultural de la humanidad, manifiesta el compromiso de las ciudades y los gobiernos locales para el desarrollo

About this edition

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 1/3/2024

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date01/03/2024

Page count19

Edition count6013

First edition02/01/2001

Last issue09/05/2024

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