Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 21/11/2023

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O. P. DE CADIZ NUM. 221

DIPUTACION PROVINCIAL DE CADIZ
AREA DE PRESIDENCIA
CONSORCIO DE BOMBEROS DE LA PROVINCIA DE CADIZ
ANUNCIO

En la Junta General del Consorcio de Bomberos de la Provincia de Cádiz, en sesión extraordinaria, de 22 de septiembre de 2023, de acuerdo con lo establecido en los artículos 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local LBRL y 13 del Real Decreto 2568/1986, de 26 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales ROF, se adoptó, por mayoría, de los Sres./Sras. Consejeros/as, en el punto número 4 del orden del día, el siguiente acuerdo: APROBACIÓN RÉGIMEN
DEDICACIÓN EXCLUSIVA PARA LA PRESIDENCIA DEL CONSORCIO, que, en su parte dispositiva, dice:

Primero.- Establecer, de conformidad con lo establecido en el artículo 75.1
y 5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 13
del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, que el Presidente ejerza el cargo en régimen de dedicación exclusiva, con dedicación total a las tareas propias de su cargo.

Segundo.- Aprobar que las retribuciones que se establecen para este cargo en régimen de dedicación exclusiva según lo referido en el apartado anterior, en su cuantía bruta anual serán de 71.653 euros, cantidad que se corresponde con las establecidas para los Diputados Provinciales en régimen de dedicación exclusiva por la Excma. Diputación de Cádiz, según acuerdo adoptado en sesión celebrada el 26 de julio 2023. Este régimen surtirá efectos desde la toma de posesión en el cargo, el pasado día 13 de septiembre de 2023. Dicha cantidad se adecuará con el incremento que se fije anualmente por el Gobierno de la Nación para los empleados públicos.

Tercero.- El presente acuerdo se publicará íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia y se fijará en el tablón de anuncios de la entidad, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Cuarto.- Efectuar traslado del presente acuerdo a la Sra. Interventora de Fondos y Sr. Tesorero del Consorcio, para su debido conocimiento y efectos que procedan.

Lo que se hace público para dar cumplimiento de lo dispuesto en el el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

En Cádiz, a 8/11/23. El Presidente, Fdo.: José Ortiz Galván.- Fdo.: María José Blasco Moreno, Técnico de Administración General del CBPC.
Nº 151.382


AREA DE PRESIDENCIA
CONSORCIO DE BOMBEROS DE LA PROVINCIA DE CADIZ
ANUNCIO

En la Junta General del Consorcio de Bomberos de la Provincia de Cádiz, en sesión extraordinaria, de 22 de septiembre de 2023, de acuerdo con lo establecido en los artículos 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local LBRL y 13 del Real Decreto 2568/1986, de 26 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales ROF, se adoptó, por mayoría, de los Sres./Sras. Consejeros/as, en el punto número 5 del orden del día, el siguiente acuerdo: APROBACIÓN DEL
RÉGIMEN RETRIBUTIVO POR ASISTENCIA A LAS SESIONES DE ÓRGANOS
COLEGIADOS DEL CONSORCIO DE BOMBEROS DE LA PROVINCIA DE
CÁDIZ, que, en su parte dispositiva, dice:

Primero.- Los miembros del Consorcio que no desempeñen sus cargos en régimen de dedicación exclusiva con cargo al presupuesto de la entidad percibirán asistencias, conforme a lo establecido en el artículo 75.3 de la Ley 7/1.985, de 2
de abril y artículo 13.6 del del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales en las siguientes cuantías que se fijan y que se liquidarán, previa certificación de la efectiva asistencia a cada sesión, en las siguientes cuantías:
- Por asistencia a sesión de la Junta General: 180,00 €
- Por asistencia a sesión del Consejo de Dirección : 180,00 €
En el caso en que la Junta General y el Consejo de Dirección se celebren en la misma fecha, únicamente se abonarán 180,00 € en concepto de asistencia efectiva a ambas sesiones.

Segundo.- Este acuerdo surtirá efectos a partir del 1 de enero de 2024.

Tercero.- El presente acuerdo se publicará íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia y se fijará en el tablón de anuncios de la entidad, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Cuarto.- Efectuar traslado del presente acuerdo a la Sra. Interventora de Fondos y Sr. Tesorero del Consorcio, para su debido conocimiento y efectos que procedan.

Lo que se hace público para dar cumplimiento de lo dispuesto en el el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

En Cádiz, a 08/11/23. El Presidente, Fdo.: José Ortiz Galván.- Fdo.: María José Blasco Moreno, Técnico de Administración General del CBPC.
Nº 151.384

21 de noviembre de 2023

AREA DE FUNCION PUBLICA Y RECURSOS HUMANOS
FUNCION PUBLICA Y RECURSOS HUMANOS
EDICTO

El Vicepresidente Tercero, Diputado Delegado de Función Pública y Recursos Humanos, mediante Decreto de fecha 8 de noviembre de 2023, ha resuelto lo siguiente:

Vistos los siguientes Antecedentes de hecho:

Primero.- Mediante Resolución de 19 de febrero de 2020, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm. 43, de 5 de marzo de 2020, se dispuso la aprobación de la convocatoria y Bases Específicas reguladoras del procedimiento para la selección, en régimen de personal funcionario de carrera, de 1 plaza de Oficial/a 1
Maquinista Agrícola, incluida en la ampliación de la Oferta de Empleo Público de la Diputación Provincial de Cádiz para el año 2018, por el sistema de concurso-oposición libre.

Segundo.- En el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 107, de 7 de junio de 2021, se publica Anuncio de 28 de mayo de 2021, de la Diputación Provincial de Cádiz, relativo al extracto de las bases específicas que regulan los procesos convocados para la selección de plazas incluidas en la Oferta de Empleo Público de esta Corporación, en régimen de personal funcionario de carrera, mediante turno libre, entre las que se encuentra la plaza de Oficial/a 1 Maquinista Agrícola, mediante el sistema de concurso-oposición libre, en régimen de personal funcionario de carrera.

Tercero.- Mediante Resolución de 11 de noviembre de 2021, publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 280, de 23 de noviembre de 2021, se anuncia la convocatoria pública de la plaza que se indica de Oficial/a 1 Maquinista Agrícola, perteneciente a la escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales y clase de Personal de Oficios, mediante el sistema de turno libre.

Cuarto.- Finalizadas las pruebas selectivas de la plaza de Oficial/a 1
Maquinista Agrícla convocada mediante Resolución de 19 de febrero de 2020 BOP
de Cádiz núm. 43, de 5 de marzo de 2020, el Tribunal calificador formula propuesta de nombramiento, a la Presidencia de la Corporación, mediante Edicto de fecha 19
de mayo de 2023, publicado en el Tablón Electrónico de Anuncios y Edictos de la Diputación Provincial de Cádiz, a favor de la persona que ha superado el procedimiento indicado.

En virtud de lo anterior, procede la composición de la Bolsa de Trabajo derivada del procedimiento selectivo indicado en aplicación de lo dispuesto en la base Décima de las específicas, así como del Reglamento de Bolsas de Trabajo de la propia Corporación.

MARCO NORMATIVO
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público B.O.E de 2 de octubre.
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público B.O.E. de 31 de octubre.
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado B.O.E. de 10 de abril.
Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
Bases Generales por las que se regirán los procesos selectivos para la provisión, en régimen de personal funcionario de carrera, de las plazas vacantes en la plantilla de la Diputación Provincial de Cádiz, publicadas en BOP Cádiz núm. 47, de fecha 13
de marzo de 2017.
Bases Específicas del procedimiento para la selección, en régimen de personal funcionario de carrera, de 1 plaza de Oficial/a 1 Maquinista Agrícola, publicadas en el BOP de Cádiz núm. 43, de 5 de marzo de 2020.
Reglamento de Gestión de Bolsas de Trabajo de la Diputación Provincial de Cádiz y Reglamento de Funcionamiento de la Unidad de Contratación de la Diputación Provincial de Cádiz, publicado en el BOP de Cádiz núm. 202, de 21 de octubre de 2015.

Conforme a los siguientes Fundamentos de Derecho:

Primero.- La base Décima de las específicas reguladoras del proceso convocado para la selección de la plaza de Oficial/a 1 Maquinista Agrícola, publicadas en el BOP de Cádiz núm. 43, de 5 de marzo de 2020, relativa a la Bolsa de Trabajo, establece que En caso de encontrarse vigente el actual Reglamento de Bolsas, del resultado del presente proceso selectivo se derivará la confección de una bolsa de trabajo formada por la personas aspirantes que hubieran superado todas o algunas de las pruebas selectivas de la oposición, y no hubieran obtenido plaza, según el orden de prioridad que se obtenga por la puntuación alcanzada y ordenada de mayor a menor que vendrá dado por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición, mas, en su caso, por la puntuación obtenida en la fase de concurso, y con preferencia de los que hayan aprobado mayor número de ejercicios.

La regulación de los criterios de conformación y funcionamiento de la bolsa de trabajo que se constituya al efecto serán los establecidos en el Reglamento de Gestión de Bolsas de Trabajo y, en lo que resulte de aplicación, en el Reglamento de Funcionamiento de la Unidad de Contratación de la Diputación Provincial de Cádiz.

Segundo.- El Reglamento de Gestión de Bolsas de Trabajo de la Diputación Provincial de Cádiz, en su apartado Primero, establece que Son Bolsas de Trabajo aquellas relaciones de personas candidatas a ser contratadas por la Diputación Provincial de Cádiz, que hayan sido elaboradas con sujeción a algunos de los sistemas recogidos en el Reglamento de Funcionamiento de la Unidad de Contratación.

Asimismo, el apartado Décimo del citado reglamento, relativo a la vigencia de las bolsas de trabajo establece que Las Bolsas de Trabajo permanecerán en vigor hasta que formalmente así se indique en una convocatoria posterior.

Tercero.- Respecto al Reglamento de Funcionamiento de la Unidad de Contratación de la Diputación Provincial de Cádiz, de aplicación a la contratación

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 21/11/2023

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date21/11/2023

Page count15

Edition count6005

First edition02/01/2001

Last issue26/04/2024

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