Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 30/3/2021

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O.P. DE CADIZ NUM. 59
JUNTA DE ANDALUCIA

CONSEJERIA DE EMPLEO, FORMACION
Y TRABAJO AUTONOMO
CADIZ
CONVENIO O ACUERDO: PLAN DE IGUALDAD VERINSUR SA
Expediente: 11/11/0040/2021
Fecha: 17/03/2021
Asunto: RESOLUCIÓN DE INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN
Destinatario: FRANCISCO CEJAS CACERES
Código 11100362112021.

Visto el texto del Acuerdo de la Comisión de Igualdad sobre el Plan de Igualdad en la empresa VERINSUR S.A., suscrito por las partes el día 24-02-2021
y presentado en el registro telemático del Registro de Convenios Colectivos el día 25-02-2021, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores; Real Decreto 4.043/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de competencias; Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo; Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 304/2015 de 28 de julio; Decreto de la Presidenta 12/2015, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto 210/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio.

RESUELVE:

Primero: Ordenar la inscripción del citado Acuerdo sobre el Plan de Igualdad en la empresa VERINSUR SA en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, notificándose la misma a la Comisión Negociadora.

Segundo: Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

Cádiz, a 17 de marzo de 2021 Delegado Territorial, Fdo.: ALBERTO
GABRIEL CREMADES SCHULZ.
VERINSUR GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS
PLAN DE IGUALDAD
INDICE:
1.- Compromiso de la Empresa con la Igualdad.
2.- Marco legal 3.- Características del Plan de Igualdad 4.- Objetivo Generales.
5.- Objetivos específicos 5.1 Acceso y Selección.
5.2 Contratación.
5.3 Formación.
5.4 Promoción.
5.5 Retribución.
5.6 Conciliación 5.7 Salud laboral 5.8 Acoso sexual 5.9 Violencia de género 5.10 Cultura de empresa, comunicación y sensibilización.
6.- Seguimiento y evaluación.
6.1 Medios y recursos 7.- Comisión de seguimiento y evaluación 7.1 Composición y funciones 7.2 Atribuciones 7.3 Funcionamiento 8.- Vigencia 1.- COMPROMISO DE LA EMPRESA CON LA IGUALDAD.

El compromiso de la Dirección y la implicación de la plantilla en esta tarea es una obligación si se quiere conseguir que este Plan de Igualdad sea un instrumento efectivo de mejora del clima laboral, de la optimización de las capacidades y potencialidades de toda la plantilla, y con ello, de la mejora de la calidad de vida y el aumento de la productividad, y no un mero documento realizado por imposición legal.

Para la elaboración de este Plan se ha realizado un diagnóstico de la situación y posición de las mujeres y hombres dentro de la Empresa, para detectar la presencia de discriminaciones y desigualdades que requieran adoptar una serie de medidas para su eliminación y corrección.

Conseguir la igualdad real supone no sólo evitar las discriminaciones por razón de sexo igualdad de trato, sino también conseguir la igualdad de oportunidades de mujeres y hombre en el acceso a la empresa, la contratación y las condiciones de trabajo, la promoción, la formación, la retribución, la conciliación de la vida personal, familias y laboral, la salud laboral, etc.

2.- MARCO LEGAL.

La igualdad entre los géneros es un principio jurídico universal reconocido en diversos textos internacionales, europeos y estatales.

La Unión Europea lo recoge como principio fundamental a partir del Tratado d Ámsterdam del 1 de mayo de 1997. Considerando que la igualdad entre mujeres y hombres y la eliminación de las desigualdades entre ambos es un objetivo transversal que debe integrarse en todas sus políticas y acciones y en las de sus estados miembros.

En nuestro país, la Constitución de 1978 proclama en su artículo 14

30 de marzo de 2021

el derecho a la igualdad y la no discriminación por razón de sexo. Por su parte el artículo 9.2 consagra la obligación de los poderes públicos a promover las condiciones para que la igualdad del individuo y de los grupos en los que se integra sea real y efectiva.

El pleno reconocimiento de la igualdad formal ante la ley se completó con la aprobación de la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, de igualdad efectiva entre mujeres y hombres LOIEMH, dirigida a hacer efectiva la igualdad real entre mujeres y hombres suprimiendo los obstáculos que impiden conseguirla.

El Plan de Igualdad entre mujeres y hombre de la empresa VERINSUR
S.A. tiene como fin dar cumplimento a dicha Ley.

El artículo 45.1 de la LOIEMH obliga a las empresas a respetar la igualdad de trato y oportunidades en el ámbito laboral y para ello deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombre, medidas que deberán negociar, y en su caso acordar, con la representación legal de los trabajadores y trabajadoras RLT.

La igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombre debe ser por tanto, una prioridad en el Plan Estratégico de la Empresa, considerándose como un principio fundamental de las relaciones laborales y de la gestión de los recursos humanos de la empresa.

3.- CARACTERÍSTICAS DEL PLAN DE IGUALDAD

El Plan de Igualdad es un conjunto ordenado de medidas de igualdad y acciones positivas, que persigue integrar el principio de igualdad entre mujeres y hombres en la Empresa.

Las características que rigen el Plan de Igualdad son:
Está diseñado para el conjunto de la plantilla, no exclusivamente para las mujeres.
Adopta la transversalidad de género como uno de sus principios rectores y una estrategia para hacer efectiva la igualdad entre mujeres y hombre. Ello implica incorporar la perspectiva de género en la gestión de la empresa en todas sus políticas y a todos los niveles.
Considera como uno de sus principios básicos la participación a través del diálogo y cooperación de las partes dirección de la empresa, parte social y conjunto de la plantilla.
Es preventivo, eliminando cualquier posibilidad de discriminación futura por razón de sexo.
Tiene coherencia interna, es dinámico y abierto a los cambios, en función de las necesidades que vayan surgiendo a partir de su seguimiento y evaluación.
Parte de un compromiso de la empresa, que garantiza los recursos humanos y materiales necesarios para su implantación, seguimiento y evaluación.

4.- OBJETIVOS GENERALES.
Garantizar la igualdad de trato y oportunidades de mujeres y hombres en el acceso, la selección, la contratación, la promoción, la formación, conciliación, salud laboral, medidas contra el acoso sexual y/o por razón de sexo y la violencia de género.
Comunicación, sensibilización y cultura de empresa.
Aplicar la perspectiva de género a todas las áreas, políticas y decisiones de la empresa transversalidad de género.
Garantizar la no discriminación salarial por razón de sexo.
Avanzar en la corresponsabilidad de tareas entre hombre y mujeres.

5.- OBJETIVOS ESPECIFICOS.
5.1 Acceso y Selección.
5.2 Contratación.
5.3 Formación.
5.4 Promoción.
5.5 Retribución.
5.6 Conciliación 5.7 Salud laboral 5.8 Acoso sexual 5.9 Violencia de género 5.10 Cultura de empresa, comunicación y sensibilización.

5.1 ACCESO Y SELECCIÓN

Garantizar la selección no discriminatoria y la incorporación de mujeres en aquellas áreas, colectivos y puestos donde su representación es menor con base en la política y proceso de selección de la Empresa.

Acciones:
Revisar documentos actuales de los procedimientos de selección, tanto que el lenguaje como en las imágenes y contenidos, para que se cumplan los principios de igualdad.
Establecer un procedimiento estandarizado de selección que sea objetivo, basado en competencias, que tenga en cuenta la perspectiva de género, siendo utilizado en todos los procesos de selección.
Los anuncios y criterios de selección no contendrán requisitos, que sin ser relevantes para el ejercicio del trabajo, impidan presentarse y no seleccionar a personas de un género determinado.

5.2 CONTRATACIÓN

Garantizar la igualdad de trato y oportunidades en la contratación, fomentando el equilibrio de mujeres y hombre en las distintas modalidades de contratación.

Acciones:
Seguir manteniendo de forma equilibrada la contratación indefinida de mujeres y hombres.
Aplicar acciones positivas en la contratación para los puestos de coordinación y mandos intermedios, para que en condiciones equivalentes de idoneidad y competencia, se selecciones al sexo menos representado.
Dentro del porcentaje de contratación obligatoria de persona con discapacidad, contratar de forma equilibrara a personal de ambos sexos.

5.3 FORMACIÓN

Garantizar a toda la plantilla el acceso a toda la formación que imparte la

About this edition

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 30/3/2021

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date30/03/2021

Page count11

Edition count6016

First edition02/01/2001

Last issue14/05/2024

Download this edition

Other editions

<<<Marzo 2021>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031