Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 19/3/2021

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O.P. DE CADIZ NUM. 52
ADMINISTRACION LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LA LINEA DE LA CONCEPCION
ANUNCIO

El Excmo. Ayuntamiento Pleno en la sesión ordinaria celebrada el día 14 de enero de 2021, al punto 2.1. del Orden del Día, aprobó provisionalmente la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por prestación de servicios urbanísticos del Ayuntamiento de La Línea de la Concepción.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente tramitado a información pública por el plazo de treinta días, a cuyos efectos se expone el presente anuncio en el tablón de edictos y en la página web municipal durante dicho plazo, que comenzará a contarse a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz. Dentro del referido período, los interesados podrán examinar el expediente en la Secretaría Municipal en horario de oficina, en el Tablón electrónico de anuncios y edictos de este Ayuntamiento, en https www.lalinea.es/portal/index.php, y en el Portal de Transparencia, en https www.transparencia.lalinea.es/transparenciamunicipal/consulta-y-exposicion-publica/, y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas, que serán resueltas por el Pleno, que adoptará el correspondiente acuerdo sobre la aprobación definitiva de la Ordenanza.

En el caso de que no se hubiera presentado ninguna reclamación o sugerencia, según establece el artículo 17.3 del citado decreto, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional, sin necesidad de nuevo acuerdo plenario.

Lo que se hace público para general conocimiento. En La Línea de la Concepción a 11/02/2021. EL ALCALDE, Fdo. José Juan Franco Rodríguez.
Nº 10.853


AYUNTAMIENTO DE VILLAMARTIN
ANUNCIO

El Ayuntamiento en sesión Plenaria ordinaria celebrada el día 28/01/21, acordó la aprobación de la 1 Adenda a la encomienda de gestión a la Mancomunidad de Municipios de la Sierra de Cádiz, de la limpieza de determinados jardines de la localidad, así como el modelo de convenio siguiente:
ADENDA 1 AL CONVENIO ADMINISTRATIVO DE ENCOMIENDA
DE LIMPIEZA DE JARDINES A MANCOMUNIDAD
DE MUNICIPIOS SIERRA DE CÁDIZ

De una parte D. JUAN LUIS MORALES GALLARDO, en representación del Ayuntamiento de Villamartín, asistido por la Secretaria de la Entidad, D MARTA
PARRA SAINZ.

Y de otra parte D. CARLOS JAVIER GARCÍA RAMÍREZ, Presidente de la Mancomunidad de Municipios de la Sierra de Cádiz, asistido por el Secretario de la Entidad D. RAMON HOLGADO MORALES.

En consecuencia, legítimamente facultados para obrar en nombre de las Corporaciones a las que representan, proceden en uso de la capacidad que respectivamente se reconocen a formalizar el presente convenio de acuerdo con los siguientes
ANTECEDENTES

PRIMERO. Que este Ayuntamiento está interesado en dar el máximo impulso al servicio de mantenimiento, conservación y limpieza de los jardines de titularidad municipal, ampliando las zonas de actuación incluidas en el convenio de referencia como Anexos a la Mancomunidad de Municipios de la Sierra de Cádiz en adelante MMSC y a la Avenida de la Feria, con la finalidad de incrementar a su vez la mejora de la calidad de los servicios prestados a la ciudadanía.

SEGUNDO. Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la realización de actividades de carácter material o técnico de la competencia de los órganos administrativos o de las Entidades de Derecho Público podrán ser encomendada a otros órganos o Entidades de Derecho Público de la misma o de distinta Administración, siempre que entre sus competencias estén esas actividades, por razones de eficacia o cuando no se posean los medios técnicos idóneos para su desempeño.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 25.2 de la LRBRL, el Municipio ejercerá en todo caso como competencias propias, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, en materia de medio ambiente urbano:
en particular, parques y jardines públicos. El municipio de Villamartín, es municipio integrante de la MMSC.

De conformidad con el art. 63 de la LAULA, y el art. 44 de la LRBRL las mancomunidades de municipios, son entidades de cooperación local, para la planificación, establecimiento, gestión o ejecución en común de obras y servicios determinados de competencia propia.

Los estatutos de la MMSC establecen en su art. 4 que esta tiene entre sus fines y como competencias propias la limpieza viaria de los parques y jardines. Asimismo en sus estatutos dispone que los municipios podrán encomendar a la Mancomunidad la totalidad de los fines y servicios previstos, o solo parte de ellos, siempre que estos sean independientes entre sí. Para la consecución de sus fines, la Mancomunidad podrá actuar por sí sola o en colaboración con otras Administraciones u Organismos Públicos o privados de cualquier clase.

Asimismo, en junio de 2012 en sesión Plenaria de la MMSC, se acordó la constitución de una sociedad mercantil anónima denominada Basuras Sierra de Cádiz BASICA S.A.U, siendo la MMSC la propietaria exclusiva del capital social de la empresa. Dicha sociedad tiene la consideración de medio propio instrumental y servicio técnico de la MMSC, estando obligada a realizar con carácter exclusivo, los
19 de marzo de 2021

trabajos que la MMSC le encomiende, de entre las materias señaladas en el artículo 2
de los estatutos sociales. En los citados estatutos se dispone que la empresa tiene por objeto social la prestación del Servicio de limpieza, conservación y mantenimiento de jardines y trabajos relacionados.

TERCERO. Que el Ayuntamiento está interesado en incrementar las zonas de actuación incluidas en el convenio de referencia, incrementando así mismo las tareas de mantenimiento, limpieza y conservación de jardines y por tanto las horas de trabajo.

CUARTO. Que mediante el Acuerdo del Pleno de fecha 28/01/21, se aprobó la Adenda al convenio de encomienda de gestión señalado y se acordó su formalización mediante el presente Documento.

QUINTO. Que mediante Acuerdo de Pleno de fecha 22 de Diciembre 2020, de la MMSC, se aprobó la aceptación de la Adenda al convenio de encomienda de gestión señalado y se acordó su formalización mediante el presente Documento.

A los efectos de llevar a cabo la actuación que se pretende, las partes citadas se reconocen mutua capacidad jurídica y de obrar para la firma del presente Convenio, con arreglo a las siguientes ESTIPULACIONES

PRIMERA. El Ayuntamiento de Villamartín incrementa las zonas de actuación definidas en el CONVENIO ADMINISTRATIVO DE ENCOMIENDA DE
LIMPIEZA DE JARDINES A MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS SIERRA DE
CÁDIZ y las tareas de mantenimiento, limpieza y conservación de jardines a través de la Empresa Básica S.A.U quien acepta la encomienda de gestión, y se compromete a llevarla a cabo de conformidad con lo establecido en el Convenio de referencia y en esta Adenda conforme al estudio económico aportado por el Gerente de la Empresa Básica SAU incluido en la estipulación segunda.

Las zonas incluidas en el convenio de referencia son:
Jardines anexos a la Mancomunidad y a la Avenida de la Feria: Jardines del Museo y Calle Extramuros, y los que circundan las 23 viviendas.

Las zonas nuevas de actuación añadidas son:
Zona Avenida Virgen de las Montañas Calle Virgen de las Montañas desde Rotonda nueva a Rotonda Mercadona.

La ampliacion de las zonas de actuacion conlleva la ampliacion de la dedicación del trabajador asignado a ellas, designandose a un trabajador Oficial 1º de jardineria a tiempo completo, a razon de 37,5 hjoras semanales de trabajo.

SEGUNDA. Que se valoran los servicios del Convenio junto con la Adenda en 3.278,51€ más IVA según el siguiente estudio económico:
PROPUESTA ECONÓMICA PARQUE AVENIDA Y ZONAS MMSC
DATOS ECONÓMICOS GASTOS
PERSONAL
Coste Personal ,Vestuario,Mutua 34.732,60 €
Total Capitulo 34.732,60 €
88,3%
AMORTIZACIÓN MAQUINARIAY CONTENEDORES 2.031,69 €
5,2%
GASTOS DE EXPLOTACIÓN
Gasto de combustible, 190,80 €
0,5%
Gasto Aceite, grasa, etc 23,85 €
0,1%
Gasto Neumáticos 0,00 €
0,0%
Seguro Vehiculos 0,00 €
0,0%
Mantenimiento 546,14 €
1,4%
Total Capitulo 760,79 €
1,9%
Gastos Servicios Generales 1.817,02 €
4,6%
TOTAL SERVICIO Sin incluir IVA
39.342,10 € 100,0%
Cuota mensual sin IVA
3.278,51
GASTO DE PERSONAL JARDINERÍA
Denominación Valor Anual Gerente, RRHH, Tecn.
0,6%
636.013 3.741,25 €
Prevención, Consej AdmEtc.

3.741,25 €

1

Oficial 1 Jardinería
27.442 27.442,00 €

1
0

VACACIONES
Oficial 3 Jardinería Peón ABSCENTISMO

2.101,08 €
0,00 €

2.101,08 €

823,26 €
0,00 €

823,26 €

225,00 €
150,00 €

375,00 €

250,00 €

250,00 €

1
0 1
1 1

Peon VESTUARIO
Varias prendas 225
Material de protección 150
PREVENCION RIESGOS LABORALES
reconocimiento médico+
250
vigilancia+ Mutua
27.442,00 €

34.732,60 €

El abono del coste de los mismos se realizará mensualmente, tal como está abonando el Ayuntamiento a BASICA S.A.U. por el Convenio de Jardinería,

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 19/3/2021

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date19/03/2021

Page count7

Edition count6015

First edition02/01/2001

Last issue13/05/2024

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