Boletín Oficial de la República Argentina del 20/05/2002 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.901 1 Sección
BOLETIN

Lunes 20 de mayo de 2002

1

OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
$ 0,70

AÑO CX

BUENOS AIRES, LUNES 20 DE MAYO DE 2002

Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL

Nº 29.901
PRESIDENCIA DE LA NACION
SECRETARIA LEGAL
Y TECNICA
DR. ANTONIO E. ARCURI
SECRETARIO

DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL
DR. RUBEN A. SOSA
DIRECTOR NACIONAL
Domicilio legal: Suipacha 767
1008 - Capital Federal Tel. y Fax 4322-3788/3949/
3960/4055/4056/4164/4485

www.boletin.jus.gov.ar Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa y 3 Sección

e-mail: boletin@jus.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 173.974

1

LEGISLACION
Y AVISOS OFICIALES

en caso contrario, las sumas indebidamente percibidas.
Que esta ADMINISTRACION NACIONAL DE
LA SEGURIDAD SOCIAL ANSES, a través de la Resolución D.E. A N 191 de fecha 1999, extendió el Régimen de Regularización de Deudas originadas el cobro ilegítimo de haberes y créditos previsionales, establecido por la Resolución D.E. A N 282 del 4 de abril de 1997, al recupero de percepciones indebidas de la prestación por desempleo.
Que el reintegro de las sumas en cuestión, se halla previsto en efectivo y con aplicación de intereses, en un solo pago o mediante un plan cuya cuota mínima no puede ser inferior a CINCUENTA PESOS $ 50,00.
Que los gerentes de UDAI y gerentes Regionales de ANSES, vienen planteado la angustiosa situación de ex beneficiarios de la prestación por desempleo, que se ven impedidos de acceder a una nueva prestación a la que formalmente tienen derecho, en razón de mantener una deuda con nuestro Organismo, con causa en el cobro indebido de la prestación anterior.
Que en orden a lo expuesto, muchos interesados solicitan se contemple la posibilidad de afectar su nuevo beneficio a la cancelación de la deuda que mantienen con ANSES, dado no tener otra forma de restituir los montos indebidamente percibidos, habida cuenta del considerable incremento del capital con más los intereses, que corresponden de acuerdo a normativa precitada.
Que en atención a la grave crisis económicosocial y al elevado índice de desempleo imperante en el país, es necesario arbitrar los medios para la repetición de los importes y paliar las necesidades básicas de los desempleados peticionarios.

RESOLUCIONES

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia mediante Dictamen N 18.880 de fecha 26 de abril de 2002, obrante a fs. 44/45.

Administración Nacional de la Seguridad Social
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3 del Decreto N 2741/91 y 36 de la Ley N 24.241.

PRESTACIONES POR DESEMPLEO

Por ello,
Resolución 361/2002
Recupero de percepciones indebidas de prestaciones por desempleo. Porcentaje de descuento mensual sobre la nueva prestación por desempleo a la que el infractor tuviere derecho.
Bs. As., 16/5/2002
VISTO la Ley N 24.013, el Decreto N 739 de fecha 28 de abril de 1992, la Resolución D.E.
A - N 191 de fecha 17 de marzo de 1999, y CONSIDERANDO:
Que de conformidad con la Ley N 24.013 y el artículo 11 del Decreto N 739 de fecha 28
de abril de 1992, los titulares de la prestación por desempleo, deben suspender su cobro dentro de los CINCO 5 días de incorporación a un nuevo empleo, debiendo reintegrar,
EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA ADMINISTRACION NACIONAL
DE LA SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
Artículo 1 Establécese para el recupero de percepciones indebidas de prestaciones por desempleo, anteriores a la fecha del dictado de la presente, el descuento de las sumas adeudadas, a su valor histórico, de la nueva prestación por desempleo a la que el infractor tuviere derecho, en virtud de cumplir los requisitos para el otorgamiento de la misma.
Art. 2 Determínase que el descuento al que hace referencia el artículo 1, no podrá ser inferior al VEINTE POR CIENTO 20% mensual, del monto de cada cuota de prestación por desempleo del nuevo beneficio. Este porcentaje, podrá ampliarse hasta la suma o porcentaje que el beneficiario requiera o consienta, con el fin de regularizar su situación en menor plazo.

DE LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Sergio T. Massa.

Administración Federal de Ingresos Públicos
Que razones de índole operativa hacen necesario extender la aplicación del régimen citado en el párrafo anterior.
Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección de Legislación.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7 del Decreto N 618, de fecha 10 de julio de 1997
y sus complementarios.

IMPUESTOS
Resolución General 1282
Impuesto al Valor Agregado. Operaciones de exportación y asimilables. Solicitudes de acreditación, devolución o transferencia. Requisitos, formalidades y condiciones. Resolución General N 1101 y sus modificaciones. Su modificación.
Bs. As., 17/5/2002
VISTO la Resolución General N 1101 y sus modificaciones, y CONSIDERANDO:
Que mediante la citada resolución general se dispuso un régimen transitorio y de excepción para el diligenciamiento de los reintegros que soliciten los exportadores o los sujetos que realicen operaciones que reciban igual tratamiento que los mismos.

Por ello, EL ADMINISTRADOR FEDERAL
DE LA ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1 Sustitúyese el artículo 1 de la Resolución General N 1101 y sus modificaciones, por el siguiente:
ARTICULO 1. A efectos de solicitar, hasta el día 30 de setiembre de 2002, inclusive, la acreditación, devolución o transferencia de los importes correspondientes al impuesto que les hubiera sido facturado, según lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 43 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, destinado a exportaciones u operaciones que reciban igual tratamiento que éstas,
SUMARIO
Pág.

Pág.
ADHESIONES OFICIALES
Resolución 13/2002-SAGPA
Auspíciase la tercera edición de SITEVI
MERCOSUR 2002, a llevarse a cabo en la ciudad de Mendoza.
Resolución 168/2002-SG
Declárase de interés nacional a las VI Jornadas Latinoamericanas, IV Iberoamericanas y V Argentinas de Tecnología del Caucho, a llevarse a cabo en la ciudad de Buenos Aires.
DIRECCION NACIONAL
DE MIGRACIONES
Disposición 4889/2002-DNM
Integración de la Delegación Jurisdiccional de la Comisión Permanente de Carrera del Sistema Nacional de la Profesión Administrativa.
GAS NATURAL
Disposición 4/2002-SSC
Otórgase excepción a los límites permitidos de venteo de gas para la concesión de explotación denominada Barda Las Vegas, ubicada en la Cuenca Austral, provincia de Santa Cruz.

Resolución 29/2002-ME
Acéptase la renuncia del Subsecretario Legal de la Secretaría Legal y Administrativa.

2

OBLIGACIONES IMPOSITIVAS
Y DE LOS RECURSOS
DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Resolución General 1283-AFIP
Procedimiento. Ley N 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, artículos 11 y 24. Decreto N 658/02. Regímenes optativos de transferencia y de pago electrónicos. Resoluciones Generales N 474, sus modificatorias y complementarias y N
942, su modificatoria y complementaria.
Norma complementaria.

2

PRESTACIONES POR DESEMPLEO
Resolución 361/2002-ANSES
Recupero de percepciones indebidas de prestaciones por desempleo. Porcentaje de descuento mensual sobre la nueva prestación por desempleo a la que el infractor tuviere derecho.

1

2

2

3

FE DE ERRATAS

3
Resolución N 5/2002-CFP

IMPUESTOS
Resolución General 1282-AFIP
Impuesto al Valor Agregado. Operaciones de exportación y asimilables. Solicitudes de acreditación, devolución o transferencia.
Requisitos, formalidades y condiciones.
Resolución General N 1101 y sus modificaciones. Su modificación.

CONCURSOS OFICIALES
Nuevos
4 REMATES OFICIALES

1
4

Nuevos MINISTERIO DE ECONOMIA
Resolución 28/2002-ME
Acéptase la renuncia del Subsecretario de Normalización Patrimonial de la Secretaría Legal y Administrativa.

3

AVISOS OFICIALES
Nuevos 2

Anteriores
4 11

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Boletín Oficial de la República Argentina del 20/05/2002 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date20/05/2002

Page count12

Edition count9373

First edition02/01/1989

Last issue21/06/2024

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