Boletín Oficial de la República Argentina del 19/11/1999 - Primera Sección

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BOLETIN OFICIAL Nº 29.276 1 Sección dos el proyecto UNA DIRECCION DE CORREO
ELECTRONICO PARA CADA ARGENTINO, destinado a proveer una cuenta de correo electrónico gratuita con una dirección electrónica segura y reconocida a cada habitante de la REPUBLICA
ARGENTINA que posea Documento Nacional de Identidad y a cada persona jurídica que posea Clave Unica de Identificación Tributaria Art. 2º Conforme lo dispuesto por el Decreto Nº 1018/98, la SECRETARIA DE COMUNICACIONES de la PRESIDENCIA DE LA NACION será la Autoridad de Aplicación del presente decreto.
Art. 3º Facúltase a la Autoridad de Aplicación para que el correo oficial de la República Argentina:
a Implemente todos los mecanismos y procedimientos necesarios para que cada habitante disponga de una dirección de correo electrónico que identifique de manera clara, segura, fiable e inequívoca a una sola y única persona;
b Asigne en forma gratuita los códigos correspondientes a las direcciones de correo electrónico de conformidad con lo dispuesto en el artículo primero del presente;
c Analice técnicamente alternativas a los efectos de administrar el directorio de direcciones de correo resultante;
d Brinde el servicio de certificación de direcciones de correo electrónico con el objeto de que las comunicaciones enviadas por esta vía puedan revestir fehaciencia y certidumbre acerca del emisor y del receptor de los envíos e Garantice el acceso permanente e ininterrumpido a las casillas de correo de los usuarios y a todas sus funcionalidades; y f Garantice la fiabilidad del sistema en cuanto a la integridad de los mensajes y de la información almacenada y procesada.
Art. 4º La Autoridad de Aplicación deberá implementar el mencionado proyecto en un plazo no mayor a CUARENTA Y CINCO 45 días desde la fecha de publicación del presente decreto, a cuyo fin queda expresamente facultada para:
a Solicitar la intervención de los restantes organismos oficiales que en razón de la materia tuvieren vinculación con el proyecto;
b Dictar todo acto administrativo y efectuar las contrataciones dentro de su órbita, que fueren necesarios para lograr el objetivo propuesto;
c Establecer los procedimientos para el alta, administración y baja de todos los dominios virtuales de acceso a INTERNET, siguiendo las recomendaciones internacionales en la materia; y d Evaluar la utilización de la infraestructura de acceso a la población con la que contare directa o indirectamente el Estado Nacional, de forma de lograr su optimización y conseguir en el menor tiempo posible el objetivo del presente decreto.
Art. 5º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
MENEM. Carlos V. Corach. Roque B.
Fernández.

CONSIDERANDO:

CONSIDERANDO:

Que el artículo 3º de la Decisión Administrativa citada establece las causas y montos de las sentencias judiciales que se prevé atender con cargo al presupuesto vigente.

Que por el artículo 1º de los Decretos citados en el VISTO se declararon comprendidas en el régimen establecido en el último párrafo del articulo 51 de la Ley Nº 24.938 y del Decreto Nº 1074, del 14 de septiembre de 1998, a las empresas HJE CERDOS SOCIEDAD
ANONIMA y ECOFISH SOCIEDAD ANONIMA, entre otras.

Que en la Planilla Anexa al artículo 3º, obra el detalle de las sentencias judiciales correspondientes al presupuesto de causas judiciales en que es parte la SECRETARIA DE DEPORTES DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION con su asignación de montos para el ejercicio 1999.
Que existen obligaciones de pago por sentencias firmes no especificadas en la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 4 de enero de 1999, cuya ejecución ordenó el juzgado interviniente, por lo que también corresponde su inclusión en la mencionada Planilla Anexa.
Que de no presupuestarse dichas causas, para su pertinente dación de pago, se podrían causar serios perjuicios al erario.
Que la SECRETARIA DE DEPORTES DE LA
PRESIDENCIA DE LA NACION propone sustituir el detalle aprobado para el mismo, en función del grado de avance de las causas judiciales que se incluyen en la citada Planilla Anexa.
Que la modificación que se propone introducir no altera el monto total destinado a estos fines, dentro del Presupuesto Nacional autorizado.
Que la modificación propiciada se encuentra amparada en las disposiciones de los artículos 13 y 41 de la Ley Nº 25.064 y las atribuciones previstas en el artículo 100, incisos 1
y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Que el artículo 2º de dichos Decretos estableció que las empresas beneficiarias deberán cumplir con los requisitos y obligaciones que se consignen en sus respectivos Anexos.
Que como condición para acceder a los beneficios promocionales, las empresas debían completar dentro de los CIENTO VEINTE
120 días hábiles contados a partir de la publicación de los respectivos Decretos en el Boletín Oficial, la documentación a que se refiere el artículo 1º de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 325, del 13 de marzo de 1998, en la forma prevista en el mismo.
Que las empresas HJE CERDOS SOCIEDAD
ANONIMA y ECOFISH SOCIEDAD ANONIMA han cumplimentado en el plazo estipulado la totalidad de la documentación requerida.
Que, en consecuencia, resulta necesario el dictado de la presente resolución a fin de declarar a las citadas empresas como beneficiarias del régimen de promoción no industrial en forma definitiva.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por los Decretos Nº 1540/98, Nº 1541/98 y Nº 1074/98.

Por ello, EL JEFE DE
GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Sustitúyese la Planilla Anexa al artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 4 de enero de 1999 en la parte correspondiente a la SECRETARIA DE DEPORTES DE LA
PRESIDENCIA DE LA NACION, de acuerdo a la Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante del mismo.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Jorge A. Rodríguez. Roque B. Fernández.
NOTA: La Planilla Anexa no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767, Capital Federal.

Decisión Administrativa 430/99
Modificación de la Decisión Administrativa Nº 1/99 en la parte correspondiente a la Secretaría de Deportes, en relación a determinadas causas y montos de las sentencias judiciales.
Bs. As., 12/11/99
VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 1999, aprobado por Ley N º 25.064, distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 4 de enero de 1999, y
Que la COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR, organismo desconcentrado en el ámbito de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS, se expidió en el marco de su competencia.
Que la SUBSECRETARIA DE COMERCIO
EXTERIOR dependiente de la SECRETARIA
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS, elevó al señor Secretario de Industria, Comercio y Minería su informe técnico en cumplimiento de lo establecido por el articulo 10 del Decreto Nº 1059
de fecha 19 de septiembre de 1996.
Que en virtud de las conclusiones emitidas por la COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR y del análisis técnico efectuado por la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR, se entiende que, en función a los elementos obrantes en las presentes actuaciones, no se encuentran reunidos antecedentes que permitan propiciar la apertura de una investigación tendiente a la aplicación de una medida de salvaguardia a las importaciones de neumáticos nuevos de caucho, del tipo utilizado para bicicletas a partir de la presentación de la firma productora nacional NEUBOR SOCIEDAD ANONIMA y Ias opiniones emitidas por las distintas Cámaras, Federaciones, Asociaciones y Registros, participantes del procedimiento.
Que el Servicio Jurídico Permanente del MINISTERIO DE ECONOMIA V OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Acuerdo sobre Salvaguardias incorporado a nuestro ordenamiento jurídico por la Ley Nº 24.425 y el Decreto Nº 1059 de fecha 19 de septiembre de 1996.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA
Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1º Dése por cumplidos a la empresa HJE CERDOS SOCIEDAD ANONIMA los requisitos exigidos por el inciso i del Anexo II del Decreto Nº 1540/98 y a la empresa ECOFISH
SOCIEDAD ANONIMA los exigidos por el inciso i del Anexo I del Decreto Nº 1541/98, y acreditada a ambas la condición definitiva de beneficiario del régimen establecido en el último párrafo del artículo 51 de la Ley Nº 24.938 y del Decreto Nº 1074/
98.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Roque B. Fernández.

EL SECRETARIO
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
RESUELVE:
Artículo 1º Declárase improcedente la apertura de investigación por salvaguardia para las operaciones de exportación hacia la REPUBLICA
ARGENTINA de neumáticos nuevos de caucho, del tipo utilizado para bicicletas, los que se despachan a plaza por la posición arancelaria de la Nomenclatura Común MERCOSUR N.C.M.
4011.50.00 y consecuentemente procédase al archivo de las actuaciones.
Art. 2º Comuniquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Alieto A. Guadagni.

Secretaría de Industria, Comercio y Minería
RESOLUCIONES

Secretaría de Industria, Comercio y Minería
Resolución 851/99

PRESUPUESTO

4

Por ello,
COMERCIO EXTERIOR

DECISIONES
ADMINISTRATIVAS

Viernes 19 de noviembre de 1999

PROYECTOS NO INDUSTRIALES

Declárase improcedente la apertura de investigación por salvaguardia para operaciones de exportación hacia la República Argentina de neumáticos nuevos de caucho, del tipo utilizado para bicicletas.

Resolución 1362/99

Bs. As., 15/11/99

Dase por cumplidos a HJE Cerdos Sociedad Anónima requisitos exigidos por el Decreto Nº 1540/98 y a Ecofish Sociedad Anónima los exigidos por Decreto Nº 1541/98.

VISTO el Expediente Nº 061-003762/99 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y
Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos
CONSIDERANDO:
Bs. As., 12/11/99
VISTO el expediente Nº 00701-0032070/98-6 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, INDUSTRIA Y COMERCIO
de la PROVINCIA DE SANTA FE y su agregado sin acumular Nº 002069/98 LETRA MP
del Registro del MINISTERIO DE LA PRODUCCION de la PROVINCIA DEL CHUBUT, y los Decretos Nº 1540 y Nº 1541, ambos dictados el 24 de diciembre de 1998, y
Que mediante el expediente citado en el VISTO la firma productora nacional NEUBOR SOCIEDAD ANONIMA peticionó la apertura de investigación tendiente a la aplicación de una medida de salvaguardia a la importación de neumáticos nuevos de caucho, del tipo utilizado para bicicletas, los que se despachan a plaza por la posición arancelaria de la Nomenclatura Común MERCOSUR N.C.M.
4011.50.00.

INDUSTRIA
Resolución 848/99
Considéranse sujetos al beneficio establecido por la Ley Nº 24.402 los montos correspondientes al I.V.A. de las compras locales e importaciones de bienes de capital de la firma Ford Argentina S.A., destinados a la fabricación, armado y comercialización de productos automotores.
Bs. As., 15/11/99
VISTO el Expediente Nº 061-006250/98 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMlA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y CONSIDERANDO:
Que la firma FORD ARGENTINA S.A. ha solicitado los beneficios establecidos en el Régimen de Financiamiento del l.V.A. conforme la Ley Nº 24.402 para la financiación de créditos equivalentes al Impuesto al Valor Agregado pagado por compras locales e importaciones de bienes de capital destinados a la fabricación, armado, comercialización de productos automotores, vehículos y artículos de toda índole y naturaleza repuestos, accesorios y equipos para los mismos

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Boletín Oficial de la República Argentina del 19/11/1999 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date19/11/1999

Page count48

Edition count9377

First edition02/01/1989

Last issue25/06/2024

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