Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 28/4/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

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SLyT-Nº 1077/21, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 38/39;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- APRUÉBASE los Estados Contables correspondientes al Ejercicio Económico Nº 30 de la Empresa Fomento Minero de Santa Cruz Sociedad del Estado, finalizado el día 31 de diciembre del año 2020, comprendiendo el Estado de Situación Patrimonial, el Estado de Resultados, el Estado de Evolución del Patrimonio Neto, las Notas Contables, la Memoria del Directorio e Informe de Sindicatura, los que forman parte integrante del presente y de acuerdo a lo considerandos precedentes.Artículo 2º.- APRUÉBASE la distribución de dividendos por la suma de PESOS UN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UNO
CON 40/100 $1.676.930.451,40, facultando al Directorio a determinar su cancelación teniendo en cuenta las condiciones financieras, la disponibilidad de fondos y reserva facultativa creada por Decreto Provincial Nº 1013/18.Artículo 3º.- APRUÉBASE la aplicación del diez por ciento 10% de los resultados a la reserva facultativa por un total de PESOS CIENTO SESENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL CUARENTA Y CINCO CON 14/100 $ 167.693.045,14.Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de la Producción, Comercio e Industria.Artículo 5º.- PASE a Fomento Minero de Santa Cruz Sociedad del Estado y a la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación a sus efectos, tomen conocimiento, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-

RÍO GALLEGOS, 28 de Abril de 2022.TO TREINTA Y SEIS CON 56/100 $396.927.136,56.-;
Que el Decreto Nº 0946/2018 establece las competencias y limitaciones de acuerdo a la jerarquía de funcionarios para efectuar contrataciones conforme lo dispuesto en los artículos 25 y 26 de la Ley Nº 760 y sus modificatorias, y posteriormente el Decreto Nº 0642/21, estableció nuevos montos en relación a las competencias antes aludidas;
Que en consideración al monto que irroga el presente trámite y cumplimiento de la normativa reseñada, corresponde la ratificación de la Resolución ISPRO Nº 0997/21.22;
Que nada obsta para proceder en consecuencia;
Por ello y atento a los Dictámenes DGAJ Nº 4447/21, emitido por la Dirección General de Asesoría Jurídica del Instituto de Seguros de la Provincia de Santa Cruz, obrante a fojas 501 y SLyT-GOB Nº 1100/21 emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación obrante a fojas 505/506;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1.- RATIFÍCASE en todas sus partes, la Resolución ISPRO Nº 0997/21.22 mediante la cual se adjudicó la Licitación Pública Nº 01/20.21 inherente a la contratación de una Gerenciadora para los accidentes de índole laboral y/o enfermedades profesionales de los Agentes de la Administración Pública de la Provincia de Santa Cruz, en un todo y de acuerdo a los considerandos del presente.Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.Artículo 3º.- PASE al Instituto de Seguros de la Provincia de Santa Cruz a sus efectos, tomen conocimiento, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER - Sr. Teodoro S. Camino ______

Dra. KIRCHNER - Lic. Silvina del Valle Córdoba ________

DECRETO N 0332

DECRETO N 1552
RÍO GALLEGOS, 06 de Diciembre de 2021.VISTO:
El Expediente I.S.PRO-Nº 51.661/20.21 elevado por el Instituto de Seguros de la Provincia de Santa Cruz; y CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 1960 de fecha 22 de Septiembre de 2016, se declaró que la Administración Pública Provincial, Organismos Descentralizados y Entes Autárquicos dependientes del Poder Ejecutivo Provincial, se encuentran incorporados al Régimen de autoseguro previsto en el artículo 3º, inciso 4 de la Ley de Riesgos del Trabajo Nº 24.557 y modificatorias;
Que de acuerdo a lo estipulado en el Decreto Nº 1144 de fecha 13 de Septiembre de 2021, se autorizó al Instituto de Seguros de la Provincia de Santa Cruz a realizar el llamado a Licitación Pública tendiente a la contratación de una Gerenciadora que provea un sistema centralizado de atención de accidentes de índole laboral y/o enfermedades profesionales para los empleados de la Administración Pública de la Provincia de Santa Cruz, previstos en la Ley Nº 24.557
y sus modificatorias;
Que en este marco y habiendo intervenido todas las instancias pertinentes con competencia específica en la materia, se dictó la Resolución ISPRO Nº 0997/21.22 de fecha 26 de Noviembre de 2021, a través de la cual se adjudicó a la empresa Río Varadero S.A. la contratación de una Gerenciadora de Riesgos de Trabajo para los accidentes de índole laboral y/o enfermedades profesionales de los Agentes de la Administración Pública de la Provincia de Santa Cruz;
Que la adjudicación se efectúa por el término de VEINTICUATRO 24 meses, sobre la base de una masa salarial aproximada de 43.000 agentes lo que representa un importe total de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS VEINTISIETE MIL CIEN-

RÍO GALLEGOS, 25 de Marzo de 2022.VISTO:
El Expediente MG-N 511.018/22 III cuerpos, elevado por el Ministerio de Gobierno; y CONSIDERANDO:
Que mediante Ley Nº 3723 se instituye el Sistema Integral de Medios y Contenidos Públicos de la Provincia de Santa Cruz, que estará integrado por la Agencia de Medios y Contenidos Audiovisuales de Santa Cruz AMA Santa Cruz, el Consejo Asesor de los Medios Públicos Santacruceños CAMPuS, y el Observatorio Provincial de Medios OPM;
Que a los fines de fortalecer el trabajo en conjunto de las mencionadas áreas, de articular las actividades de las mismas y optimizar los diligenciamientos administrativos para potenciar la labor diaria, resulta procedente la aprobación de la estructura organizativa de la Agencia de Medios y Contenidos Públicos de Santa Cruz AMA Santa Cruz;
Que en función de ello, corresponde establecer además las misiones y funciones que regirán para cada una de las áreas que componen la estructura que se aprueba;
Que a los efectos de tornar más funcional y organizativa dicha estructura y tornar operativo el cumplimiento y fines de la Ley, corresponde crear la Gerencia de Comunicaciones Territoriales y Relaciones Institucionales, la cual mantendrá dependencia de la Dirección de la Agencia de Medios y Contenidos Públicos de Santa Cruz AMA Santa Cruz;
Que para una correcta interpretación de la estructura organizativa que se aprueba por el presente instrumento, deviene procedente establecer que todas las referencias realizadas a la Dirección de la Agencia de Medios y Contenidos Públicos de Santa Cruz AMA Santa Cruz en dicha estructura deberán leerse como Dirección Superior de la Agencia de Medios y Contenidos Públicos de Santa Cruz
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
SUP. B.O. Nº 5656 DE 30 PAGINAS

BOLETIN OFICIAL
AMA Santa Cruz;
Que por otra parte resulta pertinente transferir a la órbita de la Agencia de Medios de Contenidos Públicos de Santa Cruz AMA Santa Cruz la totalidad del personal de planta permanente que forma parte de LU 85 Canal 9, de la Secretaría de Estado de Medios e Información Pública y LU 14
Radio Provincia de Santa Cruz;
Que corresponde además transferir a dicha órbita, la totalidad de los bienes, activos, presupuesto vigente y patrimonio de las áreas antes mencionadas;
Que finalmente se instruye a la Agencia de Medios y Contenidos Públicos de Santa Cruz AMA Santa Cruz a efectuar las diligencias administrativas pertinentes a los fines de cumplimentar lo dispuesto en los párrafos precedentes;
Que en este sentido, resulta procedente el dictado del presente acto administrativo;
Por ello y atento al Dictamen DPCTAyL-Nº 27/22, emitido por la Dirección Provincial de Coordinación Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Gobierno, obrante a fojas 364/365 y a Nota SLyT-GOB-Nº 301/22 emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 552;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1.- CREASE la Gerencia de Comunicación Territorial y Relaciones Institucionales dependiente de la Dirección de la Agencia de Medios y Contenidos Públicos de Santa Cruz AMA Santa Cruz, dispuesta mediante el ANEXO I.Artículo 2.- APRUÉBASE la Estructura Orgánica de la Agencia de Medios y Contenidos Públicos AMA Santa Cruz, aprobada por Ley Nº 3723, dispuesta mediante ANEXOS I y II, los cuales forman parte integrante del presente y de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del mismo.Artículo 3.- ESTABLÉCESE que todas las referencias efectuadas en la Estructura Orgánica que se aprueba por el artículo precedente efectuadas en torno a la Dirección de la Agencia de Medios y Contenidos Públicos de Santa Cruz AMA Santa Cruz, deberá leerse como Dirección Superior de la Agencia de Medios y Contenidos Públicos de Santa Cruz AMA Santa Cruz.Artículo 4.- TRANSFIÉRASE a la órbita de la Agencia de Medios y Contenidos Públicos de Santa Cruz AMA
Santa Cruz, la totalidad del personal de planta permanente que forma parte de LU 85 Canal 9; de la Secretaría de Estado de Medios e Información Pública y LU 14 Radio Provincia de Santa Cruz.Artículo 5.- INSTRÚYASE a la Agencia de Medios y Contenidos Públicos de Santa Cruz AMA Santa Cruz, a efectuar las diligencias administrativas pertinentes tendientes a tornar operativo lo dispuesto en los artículos 4º y 5º del presente instrumento, los cuales deberán efectuarse en un plazo no mayor a treinta 30 días desde la entrada en vigencia del presente.Artículo 6.- DERÓGASE, toda norma legal que se oponga a la presente.Artículo 7.- ESTABLÉCESE que el presente instrumento entrará en vigencia a partir del día 1º de abril de 2022.Artículo 8.- FACÚLTASE, al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura para que se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes a fin de atender los gastos que demande la presente erogación en el Ejercicio 2022.Artículo 9.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.Artículo 10.- PASE al Ministerio de Gobierno quien remitirá copia ante quien corresponda, a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER - Sr. Leandro Eduardo Zuliani

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 28/4/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date28/04/2022

Page count30

Edition count1654

First edition19/02/2002

Last issue21/03/2023

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