Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 24/1/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, jueves 24 de enero de 2019

BOLETIN OFICIAL

luego de presentar el alta médica no se presentó a trabajar, incurriendo en faltas sin aviso, desconociendo el motivo, reconoce la documental agregada como planillas de programación y copias de planillas o fichajes de reloj donde constan las inasistencias, agrega la ausencia del encartado perjudicó al servicio, porque debe reprogramarse y recargar al resto del personal para cubrir su ausencia, le consta que continuó inasistiendo, pero presentando certificado médico;
Que el Sr. Defensor Oficial ofrece ampliación de indagatoria e informativa al Hospital Masvernat, a fin de que informe si el sumariado se encuentra trabajando o no desde cuando y por que motivo, en repuesta se manifiesta que el agente DGiorno se encuentra con presunto abandono de servicio desde el 08.3.2016 a la fecha del informe 27.4.2017, trámite caratulado bajo Expediente N 1842530, adjuntándose copia de lo actuado;
Que del plexo probatorio glosado al presente procedimiento sumarial emerge sin hesitación que el agente DGiorno no cumplió con su débito laboral en las fechas endilgadas en autos; lo que se acredita con la documental respaldatoria, ratificada por las testimoniales e informes de autos, asimismo, durante la investigación sumarial el encartado ha evidenciado una conducta absolutamente displicente, al desentenderse del trámite del presente, no prestado colaboración alguna al Defensor Oficial ya sea efectuando su descargo, o mínimamente aportando algún elemento que justifique su accionar; circunstancia que el propio defensor destaca en su memorial de fs. 119 y vta. como demostrativa de un total y absoluto desinterés en conservar su empleo en la administración pública;
Que en consecuencia, ha quedado debidamente comprobado que el encartado excedió el linde de diez inasistencias, continuas o discontinuas, en los doce meses inmediatos anteriores, que establece la reglamentación administrativa sobre la materia, artículo 71º inciso a de la Ley 9755, soslayando así el deber esencial de todo agente administrativo, cual es el de concurrir a estar el servicio personalmente artículo 61º inciso a de la Ley 9755;
Que no se puede dejar de soslayar que, según surge de los informes remitidos en respuesta a los Oficios N 455/16 DSFE y 153/17 DSFE Prueba de la Defensa, por la Sra. Jefa de Recursos Humanos del Hospital Delicia Concepción Masvernat, Sra. Sandra Arellano que el agente DGiorno habría incurrido en inasistencias injustificadas posteriores a las que aquí se investigan, tramitando bajo Expediente RU N 1842530 las actuaciones preliminares de un nuevo sumario administrativo por presunto abandono de servicio, por supuestamente haber acumulado -según nota de fs. 45, 94-, cuarenta inasistencias injustificadas sin aviso período 08.3.2016 al 04.5.2016, informándose a fs. 92 que al 27.4.2017, el agente continuaba en la misma situación; circunstancia, que sumada a la desidia del nombrado en el trámite del presente, resultan agravantes de su situación procesal, evidenciando un absoluto desprecio de los procedimientos administrativos a fin de comunicar y justificar las inasistencias a su lugar de trabajo, y una gran falta de consideración, respecto de sus superiores y compañeros de tareas;
Que a los fines de graduar la sanción disciplinaria que le corresponde, atento las circunstancias agravantes apuntadas y encontrándose acreditados los extremos legales, corresponde aplicar al sumariado una sanción expulsiva de los cuadros de la Administración Pública, por encontrarse su conducta incurso en el artículo 71
inciso a de la Ley Provincial 9755 -Marco de Regulación del Empleo Público en la Provincia;
Que la Comisión Asesora de Disciplina ha tomado la intervención que le compete;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Apruébase y dése por finalizado el sumario administrativo dispuesto mediante decreto Nº 1267/16 M.S., atento a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º - Disponiendo la sanción de cesantía al agente Matías Fabricio DGiorno, Legajo N 169.536, quien revista en un cargo de categoría 08 -Carrera Administrativa -Escalafón General, con prestación de servicios en el Hospital Delicia Concepción Masvernat de Concordia, por encontrarse su conducta presuntamente incursa en el artículo 71 inciso a de la Ley 9755 -Marco de Regulación del Empleo Público en la Provincia, atento a lo expuesto en los considerandos del presente decreto.
Art. 3º - El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Salud.
Art. 3º - Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Sonia M. Velázquez
DECRETO Nº 2339 MS

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Paraná, 30 de julio de 2018
Aprobando el concurso realizado por la División Concursos dependiente del Ministerio de Salud, en mérito a lo dispuesto por la Ley 9564- Carrera Provincial de Enfermería y su Decreto Reglamentario N5467/04 MSAS, para la cobertura de la función jerarquizado de Jefe/a de Unidad del Servicio de Guardia y Emergencias del Hospital Santa Rosa de Chajarí - Departamento Federación, la cual fuera convocada en segundo término por Resolución N
3442/15 MS.
Encargando la función jerarquizado de Jefe de Unidad del Servicio de Guardia y Emergencias del Hospital Santa Rosa de Chajarí Departamento Federación al licenciado Adolfo Daniel Pérez, DNI N
17.425.902, por el término de 5 años, en virtud de haber resultado legítimo ganador de los concursos, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 22 de la Ley 9564.
Facultando a la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud, a liquidar y efectivizar la suma que corresponda en concepto de lo dispuesto.
DECRETO Nº 2340 MS
APROBANDO Y FINALIZANDO SUMARIO
Paraná, 30 de julio de 2018
VISTO:
El Decreto N 684/16 M.S.; y CONSIDERANDO:
Que por el mencionado decreto se dispuso la instrucción de un sumario administrativo al agente Mario José Franco, Legajo N
134.038, quien revista en un cargo de categoría 06 -Personal de Servicios Generales -Escalafón General, con prestación de servicios en el Hospital Dr. Pascual Palma de Paraná, por encontrarse su conducta presuntamente incursa en el artículo 71 incisos a y b de la Ley 9755 -Marco de Regulación del Empleo Público en la Provincia;
Que se le imputa al sumariado haber incurrido en veinte 20
inasistencias injustificadas a su lugar de trabajo, Hospital Dr.
Pascual Palma de Paraná, los días laborables que corren desde el 26 de junio de 2014 al 15 de julio de 2014, y posterior abandono de servicio operado a partir del día 28 de agosto de 2014;
Que se inician las actuaciones con nota de fecha 23 de julio de 2014 por la cual el Director del Hospital Dr. Pascual Palma de Paraná, Dr. Daniel F. Solari, remite al Departamento Personal del Ministerio de Salud, el listado de inasistencias que registra el Sr.
Franco desde el año 2012, como así también la inconcurrencia a la Junta de Reconocimiento Médico en fecha 22 de octubre de 2013, cuya notificación se agrega a fs. 03, asimismo a fs. 05 se adjunta copia certificada de la constancia de fecha 15 de junio de 2017 de otra inconcurrencia del agente a reconocimiento médico a los fines de justificar sus inasistencias en los días laborales que corren desde el 26 de junio de 2014 a 15 de julio de 2014, por la licencia solicitada por éste para cuidado de un familiar enfermo;
Que por su parte la directora interina del establecimiento asistencial Dra. Inés A. Malna, informa en fecha 24 de octubre de 2014 a fojas 08, que se dio inicio al expediente 1629910 debido al presunto abandono de servicio del agente Franco, en razón que hasta dicha fecha no ha concurrido más a trabajar, a fs. 19/22 se agrega copia certificada de carta documento y del talón para acuse de recibo, dirigida al sumariado, los cuales se encuentran sin recepción;
Que a fs. 55 vta. consta la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos del día martes 14 de abril de 2015, del edicto por el cual la Dirección General de Despacho del Ministerio de Salud intima al agente Mario Franco para que en el término de cinco 5 días se reincorpore a prestar servicios o en su caso manifiesta su voluntad de renunciar al cargo;
Que al prestar declaración testimonial la Sra. Carolina Soledad Acosta Jefa de la División Personal del Hospital Dr. Pascual Palma de Paraná, oportunidad que reconoce documental y firmas, respecto al período de inasistencias que se le imputan al Sr. Franco manifiesta que el sistema de control de personal implementa do es mediante reloj biométrico digital, y que en tal sentido el agente sumariado no ha registrado su presencia en tales jornadas;
Que conforme a lo expuesto ha quedado acreditado que el agente Mario José Franco, incurrió injustificadamente a su lugar de trabajo en veinte 20 jornadas laborales, tal cual surge de las constancias de la prueba documental glosada por la Comisión Médica Única, y de los informes de la Dirección del Hospital Dr. Pascual Palma de Paraná, a la par que también ha realizado abandono de servicios a su cargo en dicha institución a partir del día 28 de agosto de 2014;

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 24/1/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date24/01/2019

Page count18

Edition count4732

First edition01/12/2003

Last issue19/04/2024

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