Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 10/1/2019

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Nº 26.569 - 007/19

PARANA, jueves 10 de enero de 2019

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Secretaría General de la Gobernación
SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE SALUD
DECRETO Nº 2007 MS
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 6 de julio de 2018
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales el Sr. Marcelo Mendoza, DNI N 22.469.977, interpone recurso de queja; y CONSIDERANDO:
Que el recurso en cuestión surge por la demora en que habría incurrido el Estado Provinc ial e n r es olve r la s a ct uac ione s R . U . N º 1614394, en el que se solicita cambio de Administrador del Hospital San Martín de Pueblo Brugo;
Que por sentencia judicial dictada en fecha 03 de julio de 2018 en el marco de los autos caratulados Mendoza Marcelo c/ Superior Gobierno de Entre Ríos y Otra s/ Acción de Amparo Expediente Nº 23476 en trámite ante la Sala Nº 1 de Procedimientos Constitucionales y Penal del Superior Tribunal de Justicia, se resuelve: 2 condenar al Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos a resolver, en el plazo de cinco 5 días hábiles a partir de la notificación de la presente, el recurso de queja interpuesto ante el Sr. Gobernador, librándose mandamiento a tal fin
Que en virtud de ello, corresponde hacer lugar al recurso de queja incoado por el Sr.
Marcelo Mendoza, DNI N 22.469.977, intimando al Ministerio de Salud a que en el plazo de treinta 30 días hábiles administrativos se resuelva la pretensión del agente en cuestión;
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud ha tomado la debida intervención de su competencia;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º - Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por el Sr. Marcelo Mendoza DNI N
22.469.977, conforme a lo expuesto en los considerandos precedentes.

E D ICION: 32 Págs. - $ 10,00

Cr. D. Gustavo Eduardo Bordet Cr. D. Adán Humberto Bahl Dra. Da. Rosario Margarita Romero Cr. D. Hugo Alberto Ballay Lic. Da. María Laura Stratta Lic. Da. Sonia Mabel Velázquez Ing. D. Luis Alberto Benedetto D. Edgardo Darío Kueider
Art. 2º - Intímase al Ministerio de Salud a que en el plazo de treinta 30 días hábiles administrativos se resuelvan las actuaciones RU N
1614394, dándole al mismo el trámite que corresponda.
Art. 3º - El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Salud.
Art. 3º - Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Sonia M. Velázquez
DECRETO Nº 2093 MS
APROBANDO Y FINALIZANDO SUMARIO
Paraná, 13 de julio de 2018
VISTO:
Decreto N291 MS de fecha 24 de febrero de 2015; y CONSIDERANDO:
Que por el mencionado decreto se dispuso la instrucción de un sumario administrativo al agente Miguel Gastón Terenzio, DNI N
23.287.166, Legajo Nº 137.425, quien revista en un cargo de categoría 05- Personal de Servicios Generales -Escalafón Generaldel Hospital San Roque de Rosario del Tala, por encontrarse su conducta presuntamente incurso en la causal de cesantía prevista en el artículo 71inciso a, de la Ley 9755 -Marco de Regulación del Empleo Público de la Provincia;
Que se le imputa al Sr. Terenzio haber incurrido en once 11 inasistencias injustificadas durante el año 2014, conforme el siguiente desglose: Enero: día 06; febrero: día 26; marzo: días 13 y 14; abril: días: 01, 04, 09 y 22;
mayo: días 14, 15 y 16, las cuales del plexo probatorio, se infiere sin hesitación que el hecho endilgado al sumariado ha quedado acreditado en el transcurso de la investigación sumarial;
Que la instrucción ha probado los extremos de la acusación tal cual consta en los antecedentes y planillas emitidas por el reloj digital de control de asistencia del personal del Hospital San Roque de Rosario del Tala, a fs.
02/03, y las constancias de la División de Personal de fs. 31/37;

Que dicha documental se encuentra además respaldada por la prueba testimonial ingresada, y por las propias declaraciones del encartado que, mas allá de pretender morigerar su conducta, deja plenamente confirmado que además de inasistir a su lugar de trabajo a prestar el débito laboral, tampoco logró reunir los requisitos para justificarlas, a tenor de la legislación vigente y de la reglamentación del establecimiento sanitario;
Que en tal sentido es necesario observar que los argumentos pretendido esgrimir por el sumariado no logran conmover los fundamentos que dieron origen y motivaron la presente instrucción y la consecuente sanción para estos casos prevé el régimen disciplinario del Estado;
Que en consecuencia, la instrucción del presente sumario al Sr. Terenzio se halla plenamente justificada en virtud de darse en el caso el presupuesto legal para su viabilidad al haber excedido el linde de diez 10 inasistencias injustificadas continuas o discontinuas en los doce 12 meses inmediatos anteriores, que establece el artículo 71 inciso a de la Ley 9755 -Marco de Regulación del Empleo Público de la Provincia;
Que no obstante, lo expuesto aún en el caso en que la falta reprochada se encuentre acreditada ello no justifica de por sí y en forma automática la aplicación de la máxima sanción sino que los hechos, en el caso las inasistencias, deben ponderarse en forma integral atendiendo a las circunstancias particulares del caso, no pudiendo dejar de soslayarse que en este procedimiento se juzgan conductas humanas, con todas las complejas implicancias que ello conlleva, las cuales no pueden ser subsumidas en una fórmula única, dada las variantes que puede presentar un comportamiento frente a las circunstancias de tiempo, persona o lugar en que se exteriorice;
Que el agente Terenzio goza de un buen concepto laboral por parte de sus compañeros de tareas, y carece de antecedentes disciplinarios desde su ingreso a la administración pública, por ello, conforme el cuadro fáctico descripto, y el principio de razonabilidad que rige la

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 10/1/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date10/01/2019

Page count32

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First edition01/12/2003

Last issue19/04/2024

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