Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 11/9/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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sita el trabajo para hacer frente al tratamiento de su hijo, acompaña copia de Historia Clínica y documental médica;
Que se dispone la clausura del período de pruebas, obrando memorial de alegato presentado por el señor defensor oficial, en el cual se destaca en orden a la prueba médica aportada que da cuenta de los graves momentos que transitara, y a lo expresado por su pupila a fojas 149/151, en el sentido que entendía que no tenía reconocida la estabilidad laboral, por tanto no debía justificar las inasistencias, pensado en que no pertenecía a los cuadros de la Administración Pública, por lo que interesa se aplique una sanción correctiva;
Que del plexo probatorio debidamente relacionado, emerge que la agente Martínez, incurrió tanto en inasistencias injustificadas, como en abandono de servicio a partir del 7 de noviembre de 2013, luego de haber sido debida y formalmente intimada a reintegrarse a su lugar de trabajo mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Provincia en fecha 1 de noviembre de 2013, tallos cargos endilgados en el presente a la nombrada, por el Decreto Nº 2.743/14 M.S., hechos que se encuentran debidamente acreditados con la documental respaldatoria obrante en copias certificadas, ratificadas por las testimoniales e informes, surgiendo de la presente que la agente continuó inasistiendo ininterrumpidamente a su trabajo, sin presentar justificativo alguno desde el día 25.8.12;
Que en relación a los argumentos defensivos esgrimidos por la encartada en su descargo, aportando documental, los cuales se lucen resaltados por el señor defensor en el memorial de fojas 329/330 cabe acotar, que sin negar los hechos a los que se alude, todos ellos resultan muy posteriores a las fechas aquí investigadas, habiendo surgido del presente que la encartada al día 20.6.11 agotó el año de licencia por enfermedad de largo tratamiento con goce de haberes, artículo 11º del Decreto Nº 5.703/1993 MGJE, y a partir del 21.6.11 al 24.8.12 hizo uso del año que la norma le autoriza sin goce de haberes y al solo efecto de la retención del cargo, quedando absolutamente comprobado que desde aquella fecha la sumariada no se presentó mas a trabajar, ni justificó en manera alguna su inconcurrencia, circunstancia que además acepta en su descargo;
Que el deber básico de todo agente público es cumplir la función o empleo que se le ha encomendado, deber esencial que constituye el objeto mismo del contrato de función o empleo público, el trabajo que debe realizar el agente por ser específicamente personal, debe realizarse con eficacia, entendiéndose como tal su consagración diligente, productiva y responsable, esto implica que no puede faltar o ausentarse del servicio encomendado salvo causas justificadas, la asistencia e inasistencia por el agente se juzgan en función del servicio comprometido, por tanto la inasistencia injustificada no sólo implica un hecho de incumplimiento, sino el desprecio que esto representa para el servicio y a la labor que debe realizar el Estado en bien de la colectividad;
Que por último a fojas 398 de autos, en fecha 4.10.17 la Dirección del Hospital Delicia Concepción Masvernat de Concordia ha informado que la agente Martínez continua en abandono de servicio;
Que la contundencia de los hechos reflejados en el transcurso de la investigación, los cuales no condicen con el comportamiento y lealtad que debe caracterizar a un empleado de la Administración Pública Provincial, nos eximen de brindar mayores consideraciones, por lo que corresponde aplicar a la encartada el máximo reproche que contemplan las infracciones descriptas en los incisos a y b del artículo 71º de la Ley 9.755 - Marco de Regulación del Empleo Público, siendo la sanción de cesantía;
Que la Comisión Asesora de Disciplina tomado la debida intervención;

BOLETIN OFICIAL
Que atento a la vigencia de la Ley 9.755
Marco de Regulación del Empleo Público de la Provincia, la que por el artículo 121º derogó la Ley.3289, hecho éste que podría eventualmente cuestionar el Reglamento de Sumarios Administrativos establecido por el artículo 20º y concordantes Resolución Nº 555/71 y Decreto Nº 2/70 SGG, corresponde continuar plenamente con la vigencia de la misma en todos sus términos, hasta la aprobación de la nueva reglamentación de procedimientos administrativos para los sumarios, conforme lo establece el artículo 1º del Decreto Nº 2.840/07 GOB;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Apruébase y dase por finalizado el sumario administrativo dispuesto mediante Decreto Nº 2.743 M.S., de fecha 27 de agosto de 2014, atento a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Aplíquese la sanción de cesantía a la a g e n te I rm a Bea triz M a rt í nez , D N I N º 30.783.644, Legajo Nº 194.211, quien revista en un cargo de categoría 19 - Carrera Enfermería, Tramo A, Escalafón Sanidad del Hospital Delicia Concepción Masvernat de Concordia, por encontrarse su conducta incursa en la causal de cesantía prevista por artículo 71º incisos a y b de la Ley 9.755 - Marco de Regulación del Empleo Público de la Provincia.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Salud.
Art. 4º Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Sonia M. Velázquez
DECRETO Nº 4392 M.S.
DEJANDO SIN EFECTO DESIGNACIÓN
Paraná, 20 de diciembre de 2017
VISTO:
El cese por jubilación ordinaria común de la doctora Mónica López Baridón, DNI Nº 12.484.605, Legajo Nº 121.310; y CONSIDERANDO:
Que la citada Galena revista en el cargo de director interino Nivel I, Carrera Profesional Asistencial Sanitaria, del Centro de Salud Onésimo Leguizamón de Altamirano Sur, Departamento Tala, con inclusión en los alcances del Decreto Nº 3.840/00 - extensión horaria;
Que a los efectos de no resentir el normal desenvolvimiento del citado efector es procedente designar interinamente en el cargo de director Nivel I a la doctora Zulma Elizabeth A lb o rn o z , D N I N º 2 4 . 04 7. 707 , Leg ajo N º 186.805, actual profesional asistente i, Carrera Profesional Asistencial Sanitaria - con dedicación exclusiva del Hospital San Roque de Rosario del Tala, a partir del 1 de diciembre de 2017;
Que, asimismo, corresponde dejar a cargo a la mencionada profesional de la Dirección de los Centros de Salud Pancho Ramírez de Las Guachas y Doctor Ferro de Guardamonte y realizará refuerzo a la tarea de Médico Asistente en el Centro de Salud Sagrado Corazón de Arroyo Clé, todos del Departamento Tala;
Que atento a lo informado por el Departamento Personal del Ministerio de Salud, es procedente dejar sin efecto la designación Interina de la doctora Albornoz en el cargo de profesional asistente i, Carrera Profesional Asistencial Sanitaria, Escalafón Sanidad del Hospital San Roque de Rosario del Tala manteniendo su incorporación al Régimen de Dedicación Exclusiva con Bloqueo de Matrícula otorgada por Decreto Nº 1.650/09 M.S.;
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del mencionado ministerio ha intervenido en las presentes;
Que la presente gestión se encuadra en lo dispuesto en los artículos 24º, 31º y 37º de la Ley Nº 9.892;

Paraná, martes 11 de setiembre de 2018
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Déjase sin efecto la designación Interina de la doctora Zulma Elizabeth Albornoz, DNI Nº 24.047.707, Legajo Nº 186.805, en el cargo profesional asistente i, Carrera Profesional Asistencial Sanitaria, Escalafón Sanidad del Hospital San Roque de Rosario del Tala, a partir del 30 de noviembre de 2017, conforme a los considerandos expuestos.
Art. 2º Desígnase interinamente en el cargo vacante de director Nivel I del Centro de Salud Onésimo Leguizamón de Altamirano Sur, Departamento Tala, a la doctora Zulma Elizabeth Albornoz, DNI Nº 24.047.707, Legajo Nº 186.805, manteniendo su inclusión en el Régimen de Dedicación Exclusiva con Bloqueo de Matricula asignado por Decreto Nº 1.650/09
MSAS, a partir del 1 de diciembre de 2017, quien además tendrá a cargo la dirección de los Centros de Salud Pancho Ramírez de Las Guachas, Doctor Ferro de Guardamonte y realizará refuerzo a la tarea de profesional médico asistente en el Centro de Salud Sagrado Corazón de Arroyo Clé, atento a los considerandos precedentes.
Art. 3º Autorízase a la Oficina Provincial de Presupuesto y a la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud a realizar las adecuaciones presupuestarias pertinentes y a efectuar el pago correspondiente a la doctora Albornoz, en concepto de lo dispuesto en el artículos 2º del presente texto normativo.
Art. 4º El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Salud.
Art. 5º Comunicar, publicar y archivar.
GUSTAVO E. BORDET
Sonia M. Velázquez
DECRETO Nº 4393 M.S.
ACEPTANDO RENUNCIA
Paraná, 20 de diciembre de 2017
VISTO:
La renuncia presentada por el doctor Jorge Iván Acevedo, DNI Nº 28.717.095, a las funciones como director Nivel III del Hospital San Miguel de Bovril, Departamento La Paz, a partir del 1.12.17; y CONSIDERANDO:
Que a los efectos de no resentir el normal funcionamiento del mencionado nosocomio resulta procedente designar interinamente a la doctora Romina Jiménez, DNI Nº 30.489.348
por reunir los requisitos necesarios para desempeñar dichas funciones;
Que por lo expuesto corresponde aceptar la renuncia presentada por el doctor Acevedo al cargo de director Nivel III, cuya designación se efectuó mediante Decreto Nº 870/16 M.S. y designar interinamente como directora normalizadora Nivel III a la doctora Jiménez;
Que la doctora Romina Jiménez, DNI Nº 30.489.348, revista como personal suplente en el Hospital San Miguel de Bovril;
Que la presente gestión se encuadra en lo dispuesto en el artículo 37º, de la Ley Nº 9.892y en el ejercicio de las atribuciones conferidas en los artículos 174º y 175º inciso 15
de la Constitución Provincial y artículo 18º de la Ley Nº 10.093;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Acéptase la renuncia presentada por el doctor Jorge Iván Acevedo, DNI Nº 28.717.095 al cargo de director Nivel III del Hospital San Miguel de Bovril, Departamento La Paz, a partir del 1.12.17, cuya designación se efectuó mediante Decreto Nº 870/16 M.S.
Art. 2º Desígnase interinamente a partir de la fecha del presente decreto a la doctora Romina Jiménez, DNI Nº 30.489.348, en el cargo de directora normalizadora Nivel III del

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 11/9/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date11/09/2018

Page count35

Edition count4732

First edition01/12/2003

Last issue19/04/2024

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