Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 10/9/2018

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Nº 26.490 - 168/18

PARANA, lunes 10 de setiembre de 2018

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Secretaría General de la Gobernación
SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE SALUD
DECRETO Nº 4332 M.S.
APROBANDO Y DANDO POR
FINALIZADO SUMARIO
Paraná, 20 de diciembre de 2017
VISTO:
El Decreto Nº 1.124, del 2 de mayo de 2013
M.S.; y CONSIDERANDO:
Que por el mencionado decreto se dispuso la instrucción de un sumario administrativo al doctor Sergio Daniel Ojeda, Legajo Nº 160.457, quien revista en un cargo de médico asistente i - Carrera Profesional Asistencial Sanitaria, Escalafón Sanidad, del Hospital Delicia Concepción Masvernat de Concordia, por estar su conducta presuntamente incursa en lo prescripto por el artículo 46º, inciso e de la Ley 9.892 Carrera Profesional Asistencial-Sanitaria;
Que se le imputa al sumariado haber incurrido en inasistencias injustificadas sin aviso en el periodo comprendido entre los días 15 de abril y 16 de septiembre del año 2009, y posteriormente en abandono de servicios a partir del día 17 de septiembre de 2009, al no presentarse a trabajar en el establecimiento asistencial, estando debidamente intimado para reintegrarse a prestar servicios mediante Carta Documento Nº E6147257-7, en fecha 9 de septiembre del 2009, obrante a fojas 8/09 de autos;
Que se inician las presentes actuaciones mediante una nota del director del Hospital Delicia Concepción Masvernat de Concordia, comunicando al Departamento Personal del Ministerio de Salud la situación laboral del doctor Sergio Daniel Ojeda, no se presentó a cumplir con sus tareas desde el día 14.4.09, fecha a partir de la cual la junta médica dictamino su alta para reintegrase a cumplir su débito laboral, incurriendo en inasistencias injustificadas y en abandono de servicios;
Que pese al denodado esfuerzo de la instruc-

E D ICION: 38 Págs. - $ 10,00

Cr. D. Gustavo Eduardo Bordet Cr. D. Adán Humberto Bahl Dra. Da. Rosario Margarita Romero Cr. D. Hugo Alberto Ballay Lic. Da. María Laura Stratta Lic. Da. Sonia Mabel Velázquez Ing. D. Luis Alberto Benedetto D. Edgardo Darío Kueider
ción actuante por notificar al encartado para que comparezca a prestar declaración indagatoria, se lo cita mediante cédula al domicilio denunciado al hospital donde presta funciones, decretándose su rebeldía a fojas 122 el día 11 de noviembre de 2013;
Que, a fojas 115, presta declaración testimonial la jefa de la División Recursos Humanos del Hospital Delicia Concepción Masvernat de Concordia, señora Sandra Cristina Arellano, quien reconoce la firma y el contenido de la documental respaldatoria de las inasistencias injustificadas atribuidas a la sumariada, que lucen a fojas 18 a 24 vta. y 32/70, manifestando que el doctor Ojeda no se presentó a cumplir con sus tareas dese el día 14.4.09, incurriendo en faltas injustificadas sin aviso, lo que a su vez resiente la prestación del servicio en el área que el sumariado debe desempeñarse, habiéndose nombrado un medico suplente;
Que del plexo probatorio glosado en autos, se desprende sin hesitación que el doctor Ojeda no cumplió con su débito laboral en las fechas endilgadas en autos, y posteriormente abandono de servicios desde el día 15 de abril de 2009 hasta la fecha del Decreto Nº 1124/13
MS, al no presentarse a trabajar en el Hospital Delicia Concepción Masvernat de Concordia, quedando los cargos formulados debidamente acreditados;
Que la conducta del encartado quedó incurso dentro de la figura de abandono de servicios, causal que al no estar expresamente tipificado en la Ley 9.892, Carrera Profesional Asistencial-Sanitaria, debe ser encuadrada dentro del presupuesto contemplado en el artículo 46º inciso d de la citada normativa legal, la cual reza: Negligencia manifiesta, omisión reiterada o faltas graves en el desempeño de sus funciones;
Que, por último, a fojas 188 de autos, obra nuevo informe de la Dirección del Hospital Delicia Concepción Masvernat de Concordia, de fecha 13.11.17, en el que manifiesta que continúa en abandono de servicio el profesional en cuestión;
Que la contundencia de los hechos reflejados en el presente sumario administrativo exime de
mayores consideraciones y por más benevolencia que se tenga, no se puede dejar de merituar la conducta negligente desplegada por el sumariado, al no cumplimentar con la normativa vigente en la materia, no demostrando ningún interés por conservar su relación de empleo con la Administración Pública Provincial, toda vez que no se reintegra a sus tareas a partir del día 15 de abril del año 2009, conforme a lo dictaminado por la junta médica a fojas 4, al finalizar la licencia por enfermedad de largo tratamiento otorgada por la Administración, incurriendo así en inasistencias injustificadas en el período comprendido entre los días 15 de abril y 16 de septiembre del año 2009, y posteriormente abandono servicio hasta la fecha del Decreto Nº 1124/13 M.S., mereciendo así el máximo reproche que establece el artículo 46 incisos e y d de la Ley Nº 9.892
- Carrera Profesional Asistencial-Sanitaria, cual es la sanción de cesantía;
Que la Comisión Asesora de Disciplina ha tomado la intervención que le compete;
Que atento a la vigencia de la Ley 9.755 Marco de Regulación del Empleo Público en la Provincia, la que por el artículo 121º derogó la Ley 3.289, hecho éste que podría eventualmente cuestionar el Reglamento de Sumarios Administrativos establecido por el artículo 20º y concordantes Resolución Nº 555/71 y Decreto Nº 2/70 SGG, corresponde continuar plenamente con la vigencia de la misma en todos sus términos, hasta la aprobación de la nueva reglamentación de procedimientos administrativos para los sumarios, conforme lo establece el artículo 1º del Decreto Nº 2.840/07 GOB;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Apruébase y dese por finalizado el sumario administrativo dispuesto mediante Decreto Nº 1124 del 2 de mayo de 2013 M.S., atento a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Aplícase la sanción de cesantía al doctor Sergio Daniel Ojeda, DNI Nº 16.360.892, Legajo Nº 160.457, quien revista en un cargo de médico asistente i - Carrera

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 10/9/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date10/09/2018

Page count38

Edition count4732

First edition01/12/2003

Last issue19/04/2024

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