Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 16/04/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 16 de Abril de 2018

BOLETIN OFICIAL N 5661

4. Autoridad de aplicación La autoridad de aplicación será el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Río Negro, a través de la Subsecretaría de Promoción y Protección de Derechos Sociales que funciona bajo su dependencia.
En dicha Subsecretaría funcionará el equipo técnico del Programa. el cual será de carácter interdisciplinario, integrado por profesionales técnicos de trabajo social, psicopedagogía, ciencia política, entre otras disciplinas y administrativos.
El equipo técnico tendrá como función receptar la documentación de las personas inscriptas y los proyectos remitidos por las delegaciones ministeriales, centros administrativos provinciales y oficinas de empleo municipales, para efectuar la posterior evaluación de admisión y/o aprobación, según sea el caso.
Otra de las funciones del equipo será brindar asesoramiento y asistencia técnica en la formulación de proyectos a las Empresas, Empleadores Privados, Cooperativas, Instituciones sin Fines de Lucro, Municipios, Comisiones de Fomento y Organismos que pretendan adherir al PRIL.
Una vez admitidas las personas como destinatarias del Programa y/o aprobados los proyectos, se procederá a caratular los expedientes correspondientes. También será el equipo técnico del Programa el encargado de recibir los formularios de baja de destinatarios y realizar la carga correspondiente.
Se podrá solicitar el asesoramiento y/o asistencia técnica de la Secretaría de Estado de Trabajo de la Provincia, en lo atinente a la inspección y monitoreo de los ambientes de trabajo donde los destinatarios reciben su proceso de formación y entrenamiento laboral, y acerca de otros aspectos relevantes, tales como evaluaciones parciales de la evolución del Programa, seguimiento, evaluaciones de impacto, etc.
El equipo técnico deberá llevar un registro de las empresas y entidades participantes del Programa y sistematizará, procesará y analizará la información que surja de la implementación, como medio de revisión de las intervenciones y prácticas, y en pos de generar datos que permitan atender problemas o temáticas que se tornen visibles.
Asimismo, la Subsecretaría de Promoción y Protección de Derechos Sociales estará facultada para realizar, en el marco del Programa, las articulaciones institucionales que considere pertinentes para alcanzar el mejor nivel de implementación de la política.
En este sentido, podrá articular acciones, entre otros organismos provinciales con incumbencias en la materia, con:
Ministerio de Economía.
Inspección General de Personas Jurídicas.
Dirección de Cooperativas y Mutuales.
Los mismos serán de suma importancia para difundir el Programa entre las potenciales Empresas, Cooperativas e Instituciones adherentes.
5. Ámbito de implementación Todo el territorio de la Provincia de Río Negro.
6. Marco operativo Los destinatarios del PRIL recibirán procesos de formación y entrenamiento en ambientes de trabajo de Empresas, Empleadores Privados, Municipios, Comisiones de Fomento, Instituciones Gubernamentales, Cooperativas e Instituciones sin Fines Lucro.
Los procesos de formación y capacitación en ambientes de trabajo podrán tener una duración de dos 2, tres 3 o cuatro 4 horas diarias, no pudiendo superar las veinte 20 horas reloj semanales para cada destinatario. El período de duración del acuerdo sera por el término de seis 6 meses prorrogable automáticamente por un nuevo y único período de seis 6
meses, salvo que alguna de las partes rescinda el mismo.
Los destinatarios percibirán una asignación estímulo mensual de carácter económico y no remunerativo, aportada por el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Río Negro, la cual será depositada en la entidad bancaria correspondiente. La misma variará según la cantidad de horas semanales de entrenamiento recibidas por cada destinatario, resultando la siguiente escala:
Procesos de formación y capacitación de diez 10 horas reloj semanales: Pesos dos mil $ 2.000.
Procesos de formación y capacitación de quince 15 horas reloj semanales: Pesos tres mil $ 3.500.
Procesos de formación y capacitación de veinte 20 horas reloj semanales: Pesos cinco mil $ 5.000.
En cuanto a los seguros, el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Río Negro contratará un Seguro de Accidentes Personales a favor de cada uno de los destinatarios y destinatarias del Programa que reciban sus procesos de entrenamiento en Cooperativas, Municipios, Comisiones de Fomento, Instituciones Gubernamentales e Instituciones sin Fines de Lucro.

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En tanto las Empresas y/o Empleadores Privados contratarán los Seguros de Accidentes Personales de los destinatarios que reciban entrenamiento en su ámbito.
Al finalizar sus respectivos procesos de formación y entrenamiento en ambientes de trabajo, los destinatarios recibirán una certificación firmada por los funcionarios ministeriales responsables del PRIL y el Empleador Privado o representante de la Empresa, Cooperativa, Institución sin Fines de Lucro, Municipio, Comisión de Fomento o Institución Gubernamental, que acredite los conocimientos adquiridos.
6.1. Condiciones de acceso Los destinatarios accederán al Programa por dos vías.
a Podrán inscribirse personalmente en las Delegaciones del Ministerio de Desarrollo Social asentadas en el territorio provincial. En el caso de localidades y parajes donde no existan dependencias de este organismo podrán efectuarla a través de los centros administrativos provinciales, oficinas de empleo municipales o comisiones de fomento.
El ingreso al programa es compatible con el usufructo de:
Pensiones no contributivas;
Prestaciones sociales de los Ministerios de Desarrollo Social de la Provincia y la Nación;
Monotributo Social;
Monotributo hasta la Categoría B;
Asignación Universal por Hijo;
Programa PROGRESAR.
Prestaciones de programas del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.
Los requisitos de acceso son:
Residir en la Provincia de Río Negro, acreditando domicilio mediante presentación de D.N.I.;
Completar los formularios de inscripción al programa;
Presentar originales y copias de D.N.I. y Constancia de CUIL;
Presentar Constancia de Desempleo;
Declaración Jurada;
Informe Social confeccionado y firmado por trabajador/a social matriculado/a.
Presentar Curriculum Vitae o certificación y/o constancia que acredite conocimiento y/o formación en algún rubro.
b Las Empresas o Empleadores Privados, Cooperativas, Municipios, Comisiones de Fomento, Instituciones Gubernamentales e Instituciones sin Fines de Lucro podrán adherir al Programa por medio de la presentación de proyectos o mediante solicitud formal de incorporación de postulantes a destinatarios del mismo. En ambos casos deberán completar y entregar los formularios pertinentes para esta vía de acceso.
Los proyectos deben ser acompañados de nota de solicitud y documentación de potenciales destinatarios que pretendan desarrollar sus procesos de formación y entrenamiento laboral en la organización presentante. La documentación, las compatibilidades y los requisitos de acceso son los mismos que los mencionados en el punto a del presente apartado.
Estos proyectos deberán presentarse en las delegaciones del Ministerio de Desarrollo Social, centros administrativos provinciales, oficinas de empleo municipales y comisiones de fomento para su posterior remisión al equipo técnico de la Subsecretaría de Promoción y Protección de Derechos Sociales.
Asimismo, los destinatarios, Empresas, Empleadores, Cooperativas e Instituciones sin Fines de Lucro, Municipios, Comisiones de Fomento e Instituciones Gubernamentales deberán presentar en estos organismos las notas informando la finalización de los procesos de formación y entrenamiento y las de eventuales bajas que se produzcan.
7. Condición Jurídica de los Destinatarios La condición de Destinatarios del PRIL no genera relación laboral entre la Empresa o Empleador Privado, Cooperativas, Municipios, Comisiones de Fomento, Instituciones Gubernamentales o Instituciones sin Fines de Lucro donde desarrollen sus procesos de formación y entrenamiento, así como tampoco entre los destinatarios del Programa y el Poder Ejecutivo de la Provincia.
Sin perjuicio de ello, la Empresa, Empleador Privado, Cooperativa, Municipio, Comisión de Fomento, Institución Gubernamental o Institución sin Fines de Lucro podrá iniciar durante el período de formación y entrenamiento, o posterior a su finalización, una relación laboral con el destinatario.

Firmado Digitalmente por JOSE CALFUEQUE - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5661.pdf

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 16/04/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date16/04/2018

Page count52

Edition count1910

First edition03/01/2002

Last issue25/04/2024

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