Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 16/04/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 16 de Abril de 2018

Nº 5661

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LIX
EDICION DE 52 PAGINAS

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Tel. 02920 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 52

DECRETOS

DECRETO Nº 200
Viedma, 20 de Marzo de 2018.
Visto: El Expediente N. 158049-D.E.S-17, del registro del Ministerio de Desarrollo Social, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita la aprobación del Programa Rionegrino de Inclusión Laboral PRIL, que funcionará bajo la órbita de la Subsecretaría de Promoción y Protección de Derechos Sociales, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social;
Que el Ministerio de Desarrollo Social tiene como misión lograr la inclusión social de aquellas familias y personas en situación de vulnerabilidad, mediante la asistencia y promoción de derechos;
Que las políticas de promoción de derechos ejecutadas por esta cartera alcanzan distintas temáticas recreativas, culturales, deportivas, etc.
y poblaciones objetivos adultos mayores, personas con discapacidad, mujeres, pero sin lugar a dudas, y pese a las transformaciones que continuamente operan sobre el modo de producción, el trabajo sigue siendo el principal medio de sustento de la vida y articulador de las relaciones sociales;
Que el Programa Rionegrino de Inclusión Laboral PRIL tiene como objetivo general incluir laboralmente a personas en situación de desempleo que habitan el territorio de la Provincia de Río Negro;
Que, en este sentido, sus destinatarios serán personas mayores de 18 años y hasta la edad de jubilación o percepción de la Pensión Universal para Adultos Mayores que se encuentren desempleadas;
Que los mismos recibirán procesos de formación y entrenamiento en ambientes de trabajo de Empresas, Empleadores Privados, Cooperativas, Instituciones sin Fines de Lucro, Municipios, Comisiones de Fomento e Instituciones Gubernamentales;
Que el acceso al Programa Rionegrino podrá ser a través de la inscripción de los potenciales destinatarios o mediante la presentación de proyectos por parte de las Empresas, Empleadores Privados, Cooperativas, Instituciones sin Fines de Lucro, Municipios, Comisiones de Fomento e Instituciones Gubernamentales;
Que el equipo técnico de la Subsecretaría de Promoción y Protección de Derechos Sociales aprobará, previa evaluación, las solicitudes de admisión y los proyectos presentados;
Que los destinatarios percibirán una asignación estímulo mensual, de carácter económico y no remunerativa;
Que complementará otras políticas de inserción laboral ejecutadas por el Ministerio de Desarrollo Social, tales como el Programa Emprender, el Fondo Solidario de Asistencia al Desocupado y el Plan de Economía Social Creer y Crear;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal, Secretaría Legal y Técnica y Fiscalía de Estado, mediante Vista N.
00915-18;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas en el Artículo 181 inc. 1 de la Constitución Provincial;

Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA
Artículo 1º.- Apruébese en todos sus términos el Programa Rionegrino de Inclusión Laboral PRIL, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto, de acuerdo a las consideraciones efectuadas.Art. 2.- El presente Programa funcionará bajo la órbita de la Subsecretaría de Promoción y Protección de Derechos Sociales dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Río Negro, que estará a cargo de la implementación, seguimiento y control del mismo.Art. 3.- Facúltese al Ministerio de Economía de la Provincia de Río Negro a realizar las modificaciones presupuestarias necesarias para hacer frente a las erogaciones que demande el presente programa.Art. 4.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Desarrollo Social.Art. 5.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.WERETILNECK. H. N. Land.

ANEXO I AL DECRETO N 200
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Provincia de Río Negro SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE DERECHOS SOCIALES
PROGRAMA
RIONEGRINO DE
INCLUSIÓN LABORAL
PRIL
Introducción El Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Río Negro tiene como misión lograr la inclusión social de aquellas familias y personas en situación de vulnerabilidad. Para alcanzar este objetivo, sus intervenciones se orientan en dos sentidos: Asistencia y promoción de derechos.
Cuando se identifica alguna persona o grupo familiar imposibilitado de cubrir necesidades básicas, se brinda asistencia; es decir, se activan una serie de dispositivos como paliativo temporal de las circunstancias extremas vividas. Pero estas políticas asistenciales deben ser complementadas con políticas de promoción dirigidas a insertar socialmente a estos grupos que, por diversas cuestiones estructurales o coyunturales, se encuentran excluidos.
Las políticas de promoción de derechos ejecutadas por esta cartera alcanzan distintas temáticas recreativas, culturales, deportivas. etc. y poblaciones objetivos adultos mayores, personas con discapacidad, mujeres, pero sin lugar a dudas, y pese a las transformaciones que continuamente operan sobre el modo de producción, el trabajo sigue siendo el principal medio de sustento de la vida y articulador de las relaciones sociales.
Por esto, y ante un nuevo contexto económico y social, se encomendó a la Subsecretaría de Promoción y Protección de Derechos Sociales planificar, diseñar e implementar un Programa cuyo objetivo principal sea incluir laboralmente a personas en situación de desempleo.

Firmado Digitalmente por JOSE CALFUEQUE - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5661.pdf

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 16/04/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date16/04/2018

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First edition03/01/2002

Last issue22/04/2024

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