Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/06/2020 - 5º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVI - TOMO DCLXVI - Nº 138
CORDOBA, R.A. MARTES 16 DE JUNIO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE ADELIA MARÍA
DECRETA

Artículo 1.- Dispónese que durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria de Coronavirus - Covid-19, los bares y restaurantes de nuestra localidad desarrollarán su actividad con sujeción estricta a las modalidades y condiciones establecidas por la normativa nacional y provincial vigente, respetando las medidas de prevención dispuestas en el protocolo vigente identificado como Anexo N 86 aprobados por la autoridad competente y observando las siguientes condiciones particulares de funcionamiento:
a Con reserva previa y ocupación máxima de hasta el Cincuenta 50 %
por ciento de la capacidad habilitada.
b No se periten más de 6 personas por mesa.
c Distancias entre el respaldo entre sillas de una mesa y otra sea como mínimo de 1,5 mts.
d Días y Horarios: Lunes a Jueves, inclusive, en el horario de 07:00 hs. a 24:00 hs. y Viernes a Domingo, inclusive, de 07:00 hs. as 02:00 hs.
e Evitar la colocación de manteles. Utilizar individuales descartables.
f Se prohíbe el desarrollo de actividad bailable en los establecimientos.

Artículo 2.- Las medidas dispuestas en el presente revisten carácter provisional y su subsistencia se encontrará condicionada a la evolución de la situación epidemiológica local, pudiendo ser revisadas o dejadas sin efecto por este Departamento Ejecutivo Municipal o por norma de superior jerarquía, en atención a la misma.
Artículo 3.- EJERCER el poder de policía de contralor de la debida ejecución y cumplimiento del protocolo referido en el artículo primero.
Artículo 4.- El presente entrará en vigencia desde el día jueves 11 de Junio de 2020.
Artículo 5.- REFRENDESE el presente Decreto por la Secretaría de Gobierno, y por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos.

Artículo 6.- REMITASE al H. Concejo Deliberante para su ratificación.

Artículo 7.- COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE, DÉSE AL REGISTRO
MUNICIPAL Y ARCHÍVESE.
Fdo.: JORGE FABIAN MARINO - Intendente Municipal. /FLAVIO RUBEN
BIOTTI - Secretario de Gobierno. / GERARDO JUAN RENAUDO - Secretario de Obras y Servicios Públicos.1 día - Nº 260801 - s/c - 16/06/2020 - BOE

MUNICIPALIDAD DE

SANTA CATALINA - HOLMBERG
DECRETO Nº 3078/2020
VISTO Que mediante artículo 5 de la Ordenanza Nº 1823/2020 el Honorable Concejo Deliberante faculta al Departamento Ejecutivo Municipal, a modificar los horarios establecidos en dicha Ordenanza, en función de las directivas o requerimientos generales o particulares, emanados del COE
Centro de Operaciones de Emergencias.
Y CONSIDERANDO
Que las disposiciones del Gobierno Nacional, el Gobierno Provincial y el COE han flexibilizado notoriamente las actividades tanto comerciales, deportivas como recreativas, por lo que resulta indispensable proceder a la flexibilización del horario de apertura y cierre de los establecimientos.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SANTA CATALINA -HOLMBERGD E C R ETA
ARTICULO 1º Dispóngase los horarios en que podrán funcionar los establecimientos para los rubros comerciales de:

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

-Supermercados mayoristas y minoristas: apertura a las 07:00 hs. y cierre obligatorio a las 22:00 hs.
-Despensas, almacenes, kioscos, carnicerías, verdulerías, panaderías, ferreterías y veterinarias: apertura a las 08:00 hs. y cierre obligatorio a las 22:00 hs -Restaurantes, rotiserías y locales de comidas deberán trabajar de acuerdo a las modalidades establecidas por el COE: de lunes a jueves apertura entre las 07:00 y cierre obligatorio a las 24:00 hs y de viernes a domingo apertura entre las 07:00 y cierre obligatorio a las 01:00 hs.
ARTICULO 2º Comuníquese, Publíquese, dese al registro Municipal y archívese.FDO. Miguel Ángel Negro, Intendente Claudia Lorena Arzaut, Secretaria de Gobierno y Hacienda.
1 día - Nº 260831 - s/c - 16/06/2020 - BOE

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/06/2020 - 5º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

CountryArgentina

Date16/06/2020

Page count4

Edition count1426

First edition31/07/2018

Last issue13/05/2024

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