Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/07/2020 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVII - TOMO DCLXVII - Nº 151
CORDOBA, R.A., JUEVES 2 DE JULIO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

rido lo siguiente: Citar y emplazar a los Sucesores de la señora María Luisa Videla de Arballo para que en el término de treinta 30 días, comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de ley.- Fdo. Rubén Alberto Muñoz: Juez Viviana Beatriz Varela: Prosecretaria.1 día - Nº 262992 - s/c - 02/07/2020 - BOE

El Sr. Juez de 1Ins. y 51 Nom. en lo Civ. y Com.
cita y emplaza a los que se consideren con derecho en los autos caratulados EXPEDIENTE:
8319686 - PEREYRA, MARIA HAY-DE - USUCAPION - MEDIDAS PREPARATORIAS PARA
USUCAPION Y a aquellos que en forma indeterminada se consideren con derechos sobre el inmueble, haciéndose saber y notificando el siguiente decreto: CORDOBA, 02/03/2020. Proveyendo a la demanda de fs. 185/187: Admítase.
Dése al presente el trámite de juicio ordinario.
Téngase presente la do-cumental acompañada.
Atento surgir del oficio del Juzgado Electoral Federal incorporado a fs. 115/121, que los titulares registrales Sr. Morales Feliciano Roberto y Sra.
Raimundo de Morales Ubalía se encuentran fallecidos, que consultado el Registro de Juicios Universales y las constancias del SAC no surge que se haya iniciado trámite de declaratoria de herede-ros; tratándose en su caso de un supuesto de herederos indeterminados, cítese y empláce-se a los mismos a fin de que en el término de veinte 20 días a contar desde el último día de publicación comparezcan a defenderse o a obrar en la forma que les convenga, bajo aper-cibimiento de rebeldía, a cuyo fin, publíquense edictos citatorios en los términos del art. 165 del C.P.C. en el Boletín Oficial de la provincia. Sin perjuicio de ello, y surgiendo de la matri-cula acompañada a fs. 180
como domicilio real de los titulares registrales el sito en calle Lautaro esquina Chacabuco, Barrio San Daniel, aclare el compareciente tal extremo.
Asi-mismo cítese en la calidad de terceros interesados a la Provincia, a la Municipalidad y a los colindantes para que comparezcan en un plazo de tres días, haciendo saber que su incom-parecencia hará presumir que la demanda no afecta sus derechos. Notifíquese a los domi-cilios que constan en autos. Para aquellos que en forma indeterminada se consideren con derechos sobre el inmueble, publíquense edictos en el Boletín
oficial, por diez veces y a intervalos regulares dentro de un período de treinta días. Exhíbanse los edictos en la Muni-cipalidad correspondiente a cuyo fin ofíciese. Ofíciese al Sr. Oficial de Justicia a los fines de colocar el cartel indicativo art.786
del C.P.C. Líbrese oficio al Registro General de la Pro-piedad Inmueble a los fines de la anotación de Litis conforme lo dispuesto por el Art. 1905 del CCCN. Notifíquese. Fdo.: MASSANO, Gustavo Andrés JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA, LEDESMA, Viviana Graciela SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA Secr. Córdoba 02/03/20
10 días - Nº 262646 - s/c - 30/07/2020 - BOE

En autos COTINO BORJES, OSVALDO ALBERTO C/ RIGO, GLADYS ELIZABETH ACCIONES
POSESORIAS/REALES, Expte. 2610665, y las actuaciones acumuladas caratuladas RIGO, GLADYS ELISABET -USUCAPIÓN Expte. n 1521418 el Señor Juez de 1 Inst. en lo Civ. y Com. de La Carlota-, ha dictado la siguiente resolución: SENTENCIA NUMERO: 39. LA CARLOTA, 07/06/2020. Y VISTOS: estos autos caratulados COTINO BORJES, OSVALDO ALBERTO
C/ RIGO, GLADYS ELIZABETH ACCIONES
POSESORIAS/REALES, Expte. 2610665, y las actuaciones acumuladas caratuladas RIGO, GLADYS ELISABET -USUCAPIÓN Expte. n 1521418, . Y CONSIDERANDO: . RESUELVO: I Hacer lugar a la excepción de prescripción planteada por la Sra. Gladys Elisabet Rigo, y rechazar la demanda de reivindicación incoada en los autos caratulados Cotino Borjes, Osvaldo Alberto c/ Rigo, Gladys Elisabet Acciones Posesorias/Reales Expte. N 2610665, y en su mérito hacer lugar a la demanda de usucapión planteada en los autos caratulados Rigo, Gladys Elisabet Usucapión Expte. N 1521418, y, en consecuencia, declarar que, con fecha primero de agosto de dos mil diez 01/08/2010, ha adquirido el dominio -por prescripción adquisitiva veinteñaldel inmueble inscripto en el Registro General de la Provincia de Córdoba en relación a la Matrícula 326.395 18, que se describe como LOTE DE TERRENO: Ubicado en el lugar denominado Estab. La Paz, Pedanía La Carlota, Dpto.
JUÁREZ CELMAN, desig. Como lote DIEZ, manz.
TREINTA Y CINCO, mide: 16ms. De fte. Al O. sobre Avda. Manuel Belgrano; 16ms. En su c/fte. Al
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E.; por 33ms. de fdo. en sus lados N. y S.; c/sup.
528ms. cdos. linda: su fte. Al O. c/ Avda. citada; al E. c/pte. del lote 2 y pte. del lote 3; al N. c/lote 11;
y al S. c/lote 9.- II Publicar la presente sentencia en el Boletín Oficial y en el Diario El Puntal, en el modo, con las formalidades y alcances estipulados en los arts. 783 ter; y 790 del C.P.C.- III
Cancelar las inscripciones registrales de dominio y cautelares, en su totalidad, del inmueble referenciado en el punto anterior, y ordenar la inscripción, en el Registro General de la Provincia de Córdoba, a nombre de la Sra. Gladys Elisabet Rigo, D.N.I. N 17.851.625, argentina, mayor de edad, con domicilio real en calle Avenida Belgrano N 450 de la Localidad de Santa Eufemia Provincia de Córdoba.- IV Imponer las costas, por el rechazo de la demanda de reivindicación en la causa caratulada Cotino Borjes, Osvaldo Alberto c/ Rigo, Gladys Elizabet Acciones Posesorias/
Reales Expte. N 2610665, al actor Sr. Osvaldo Alberto Cotino Borjes, en su calidad de vencido art. 130 y ss. del C.P.C.; y en su mérito regular los honorarios de la Dra. María Yanina Rechimón, en forma provisoria art. 28 Ley 9459, en la suma de pesos treinta mil quinientos treinta y tres con sesenta centavos $ 30.533,60; y no regular honorarios al letrado de la parte condenada en costas arg. Art. 26 Ley 9459.- V Imponer las costas, por el progreso de la demanda en los autos caratulados Rigo, Gladys Elisabet Usucapión Expte. N 1521418, al demandado Sr. Osvaldo Alberto Cotino Borjes, en su calidad de vencido art.
130 y ss. del C.P.C.; y en consecuencia regular, en forma provisoria art. 28 Ley 9459, los honorarios de la Dra. Paola Viada en la suma de pesos seis mil ciento seis con setenta y dos centavos $ 6.106,72, y los de la Dra. María Yanina Rechimón, en la suma de pesos treinta mil quinientos treinta y tres con sesenta centavos $ 30.533,60;
a la vez que regular los honorarios de la perito oficial Arquitecta Yanina S. Monasterolo, de manera definitiva art. 28 Ley 9459, en la suma de pesos treinta mil quinientos treinta y tres con sesenta centavos $ 30.533,60; y no regular honorarios a letrado de la parte condenada en costas arg. Art.
26 Ley 9459. PROTOCOLÍCESE; hágase saber y dese copia. Fdo: Muñoz Rubén Alberto-Juez;
Nolter Carlos EnriqueProsecretario.
10 días - Nº 262676 - s/c - 16/07/2020 - BOE

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/07/2020 - 2º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

CountryArgentina

Date02/07/2020

Page count31

Edition count3600

First edition01/02/2006

Last issue04/05/2024

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