Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 31/07/2020 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano
VIERNES 31 DE JULIO DE 2020
AÑO CVII - TOMO DCLXVII - Nº 174
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
CONCURSOS Y QUIEBRAS
EDICTO :Por Sent. N 78 23/07/2020 dictada en autos BAEZ, DIEGO MAXIMILIANO QUIEBRA PEDIDA SIMPLE Expte. N 9042748 se resolvió: Declarar en estado de quiebra al Sr.
Diego Maximiliano Baez, DNI 30330218, con domicilio real en calle Saturnino Navarro N 4233, Ciudad de Córdoba. Prohibir al fallido hacer pagos de cualquier naturaleza, haciéndose saber a los 3 que los perciban que los mismos serán ineficaces de pleno derecho.- Igualmente, prohibir a los 3 hacer pagos de cualquier naturaleza al fallido, los que serán ineficaces. Intimar al deudor y a los 3 que posean bienes del mismo para que en el término de 24 hs. los entreguen al síndico.
Emplazar al deudor para que en el término de 48
hs. de notificado entregue al Síndico los bienes y toda la documentación relacionada con su contabilidad. Plazo para verificar: hasta el 01/09/2020.
Inf. Ind.: 14/10/2020. Inf. Gral.: 02/12/2020
Sent. de Verif.: 03/11/2020. Fdo. M.Victoria Hohnle:Secretaria.
5 días - Nº 266082 - $ 4042,25 - 31/07/2020 - BOE

EDICTO: Por orden del Sr. Juez 26. Nom. C.
y C. -Concursos y Sociedades N 2- en autos:
FIDEICOMISO BUENOS AIRES PRIVATO
LIQUIDACION JUDICIAL 8548843. SENTENCIA NUMERO: 111. CORDOBA, 22/07/2020.. Y
VISTOS Y CONSIDERANDO RESUELVO: I
Ordenar la liquidación del FIDEICOMISO BUENOS AIRES PRIVATO, CUIT: 33-71476079-9, fiduciario es el Sr. Eduardo Daniel Bersano; en el marco de lo dispuesto por los arts.1687 y cc.
del Código Civil y Comercial de la Nación y las normas pertinentes de concursos y quiebras.
VIII Intimar al fiduciario y a los terceros que posean bienes del fideicomiso, para que en el término de 48 horas los entreguen al liquidador.
IX Emplazar al fiduciario para que en el término de cuarenta y ocho 48 horas de notificada entregue al liquidador todos sus libros sociales y de comercio, así como toda la documentación relacionada con su contabilidad. VII Prohibir hacer pagos de cualquier naturaleza, haciéndose saber a terceros que los perciban que los mismos serán ineficaces de pleno derecho. X

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a SECCION

Fijar como plazo tope para que los acreedores por causa o título anterior a la declaración de liquidación del fideicomiso presenten sus pedidos de verificación y títulos probatorios pertinentes ante el órgano liquidador indicando causa, monto y privilegio, el día 30 de noviembre de 2020 XI Fijar como fecha hasta la cual órgano liquidador podrá presentar el Informe Individual art. 35 L.C.Q., en los puntos pertinentes, el día 28 de abril de 2021 XII Disponer como fecha para el dictado por el tribunal de la resolución de verificación de créditos a que alude el art. 36
y 200 L.C.Q., el día 02 de julio de 2021, la que constituirá asimismo la fecha a partir de la cual se computará el plazo a los fines del art. 37 de la L.C.Q. XIII Fijar como fecha tope para la presentación del Informe General por los funcionarios designados art. 39 L.C.Q., en lo pertinente, el día 13 de agosto de 2021 Fdo: Eduardo Néstor Chiavassa -JUEZ5 días - Nº 266305 - $ 4714,30 - 05/08/2020 - BOE

Sr. Juez de Concursos y Sociedades N 3, Sec.
Cristina Sager de Perez Moreno. Autos: RACCA, RODOLFO AGUSTÍN QUIEBRA PROPIA
SIMPLE, Expte. 9289928 mediante Sentencia N 112 del 17/07/2020, se declaró en estado de quiebra al Sr. Rodolfo Agustín Racca, D.N.I. Nº 24.029.157 con domicilio en calle Las Barrancas N 61, B Corral de Barrancas, ciudad de Unquillo, provincia de Córdoba. Intimar al fallido y a los terceros que posean bienes del mismo, para que en el plazo de 24 horas del requerimiento, los pongan a disposición de la Sindicatura. Prohibir al fallido hacer pagos de cualquier naturaleza, haciéndose saber a los que los perciban que los mismos serán ineficaces. Prohibir a los terceros hacer pagos al fallido, los que deberán realizarse por consignación judicial en los presentes autos.
Hacer saber a los acreedores que deberán requerir la verificación de sus acreencias, hasta el día 11/09/2020, debiendo acompañar la documentación respectiva. El Síndico podrá recibir las solicitudes de verificación vía e-mail, para lo cual los acreedores deberán consignar además un número de teléfono celular para el caso que el funcionario requiera la compulsa de los originales de la documentación respaldatoria. Se
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

SUMARIO
Concursos y Quiebras Pag. 1
Declaratorias de Herederos Pag. 3
Audiencias Pag. 11
Citaciones Pag. 11
Presunciones de Fallecimiento Pag. 35
Sentencias Pag. 35
Usucapiones Pag. 35

hace saber que el Síndico designado es el Cdr.
Hugo Mario Tini, fijando domicilio en Bolívar 21, Piso 4º, ciudad de Córdoba, mail: hugotini@hugo-tini.com.ar; tel: 03533-15681268; horario de atención de lunes a viernes de 9 a 18 hs. Of.:
28 /07/2020.5 días - Nº 266760 - $ 6188,50 - 04/08/2020 - BOE

Se hace saber a los acreedores que en los autos GENERADORA DE SISTEMAS DE SEGURIDAD S.R.L. - QUIEBRA PEDIDA SIMPLE Expte. Nº 7709040, que tramitan por ante el Juzg.
de 1 Inst. y 26 Nom CyC, ante el fallecimiento del síndico interviniente, ha aceptado el cargo el nuevo Síndico: Cr. Ricardo Enrique Podadera Mat. 10.09317.5, con dom. en Av. Valparaíso N2.885, B Jardín Cba; Tel. 155296249; mail:
escontable119@gmail.com; horario de atención:
lunes a viernes de 10 a 13 y de 14 a 17 hs. Fdo:
Oscar Lucas Dracich Sec.
5 días - Nº 266833 - $ 2172,25 - 05/08/2020 - BOE

En autos EL REY DEL GANADO SA CONCURSO PREVENTIVO Expte. N 7530615, tramitados ante el Juzg. Civil, Comercial y Familia de Huinca Renancó, Secretaría Única, por Sentencia N 92, del 15/7/2020, se ha resuelto:
I MODIFICAR las fechas fijadas en los puntos VI, y VII, VIII, IX, X; XI de la Sentencia Número 197 de fecha 05/11/2019, dictada en autos. II
DESIGNAR hasta el día veintinueve de septiembre del año en curso 29/09/2020, para que la sindicatura acompañe el Informe individual sobre los créditos presentados y hasta el día doce de noviembre del corriente año 12/11/2020 para la presentación del Informe General. III Fijar como fecha para el dictado de la sentencia de verificación de créditos Art. 36 LCQ, el día quince de octubre del año dos mil veinte 15/10/2020
. IV Hacer saber a la concursada que podrá presentar a la Sindicatura y al Juzgado una pro-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 31/07/2020 - 2º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

CountryArgentina

Date31/07/2020

Page count47

Edition count3600

First edition01/02/2006

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