Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/09/2021 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

AÑO CVIII - TOMO DCLXXXI - Nº 204
CORDOBA, R.A. JUEVES 30 DE SEPTIEMBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

CÁMARAS DE APELACIONES EN LO
CIVIL, COMERCIAL Y CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO DE PRIMERA Y
SEGUNDA NOMINACIÓN DE LA SEGUNDA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
Resolución Administrativa N: 246
En la ciudad de Río Cuarto, a los veintitrés días del mes de septiembre de dos mil veintiuno, los Señores Vocales de las Excmas. Cámaras de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de Primera y Segunda Nominación de la Segunda Circunscripción Judicial, reunidos en Colegio, ACORDARON:
Y VISTA: La necesidad de efectuar la convocatoria a los fines de la confección de las nuevas listas de Síndicos para las categorías A y B
a fin de ser utilizadas para los sorteos a realizarse en los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Segunda Circunscripción Judicial, por haber transcurrido los cuatro años de vigencia de la última nómina aprobada. Si bien la misma fue prorrogada por Resolución Administrativa N 242 del 17/07/2020 con motivo de la emergencia sanitaria derivada de la pandemia que ha producido el Covid 19, mediante Acuerdo Reglamentario N 1712 serie A del 20/08/2021 se dispuso la presencialidad obligatoria a partir del 01/09/2021. Por tal motivo, corresponde dejar sin efecto la prórroga otrora dispuesta y proceder a la confección de las listas de síndicos aludidas.
Y CONSIDERANDO:
I Que por Acuerdo Reglamentario número 303 Serie A del 2 de octubre de 1995, el Excmo. Tribunal Superior de Justicia ordenó la confección periódica por las Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Primera y Segunda Nominación de esta ciudad de Río Cuarto, reunidas en Colegio, conforme lo preceptuado por la Ley de Concursos y Quiebras Nº 24.522, de las nóminas de postulantes para la designación, por sorteo, de síndicos para actuar en tal carácter en los procesos concursales radicados en los Juzgados de Primera Instancia con competencia comercial, de las Sedes Río Cuarto, Huinca Renancó y La Carlota, integrantes de la Segunda Circunscripción Judicial.
II Que la convocatoria referida debe ser efectuada teniendo en cuenta los requisitos y parámetros determinados por el Reglamento Único aprobado por el Tribunal Superior de Justicia mediante Acuerdo Reglamentario número 958 de fecha 9 de diciembre de 2008 y su modificación por Acuerdo Reglamentario Nº 1270 Serie A de fecha 17 de marzo de 2015. Ahora bien, el espíritu que emana del Considerando IV de este último en cuanto se ha estimado menesterconforme los principios que inspira la ley de fondo, clarificar la situación cuando la circunscripción tiene más de una sede, nos convence que los principios de igualdad de oportunidades y de inmediatez a que alude el citado Acuerdo se atienden adecuadamente disponiendo la conformación de una lista única para cada una de las sedes que integran esta Segunda Circunscripción Judicial.
III Con el propósito de evitar erróneas interpretaciones, debe dejarse establecido que a los fines del Orden de Mérito aludido por el Reglamento Único, corresponde considerar las sanciones firmes impuestas a los síndicos o estudios, por actos que se hubieren cometido a partir de su entrada en vigencia 09/12/2008. Asimismo, es dable aclarar, que sólo se tendrán en cuenta los antecedentes académicos BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

de los últimos ocho 8 años contados desde la fecha de inicio del plazo de inscripción art. 3, pto. 3 A.R. N 958, serie A del 09/12/2008, modificado por A.R. N 1270 del 17/03/2015.
Por todo ello;
SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: CONVOCAR a inscripción a los postulantes para integrar la Lista de Síndicos, en las categorías A y B, a fin de ser utilizadas en los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de las Sedes Río Cuarto, Huinca Renancó y La Carlota, de la Segunda Circunscripción Judicial de la Provincia de Córdoba, conforme a los requisitos prescriptos por el Reglamento Único aprobado por el Excmo.
Tribunal Superior de Justicia mediante Acuerdo Reglamentario número 958 de fecha 9 de diciembre de 2008 y su modificación por Acuerdo Reglamentario Nº 1270 Serie A de fecha 17 de marzo de 2015.
ARTICULO SEGUNDO: Para inscribirse, los interesados deberán ingresar a la página web del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba cpcecba.org.ar/autogestión introducir la clave correspondiente, completar la solicitud de inscripción según corresponda, y anexar los antecedentes en formato PDF conforme las instrucciones del sistema informático creado a tal fin. El postulante deberá efectuar una declaración jurada según la cual los datos consignados y la documentación que acompaña en PDF son totalmente exactos y veraces, sometiéndose a su verificación y comprometiéndose a acompañar los documentos originales a los fines de su compulsa, en caso de ser requerido por el CPCE y/o las Cámara Colegiadas. Asimismo, el postulante asume toda la responsabilidad civil y penal a que pudieran dar lugar las transgresiones al régimen legal del concurso art. 1716 CCCN y art. 292 y ss C.P.. Asimismo, deberá adjuntar, en PDF, comprobante de pago de la Tasa de Justicia Ley 10.725, art. 127.
ARTICULO TERCERO: Las solicitudes que da cuenta el artículo precedente serán receptadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas en el horario que ese colegio determine, a partir del doce de octubre 12/10/2021 hasta el doce de noviembre, ambos del año dos mil veintiuno 12/11/2021.
ARTICULO CUARTO: Disponer la conformación de las siguientes listas:
a Para los juzgados con competencia concursal en la Sede Río Cuarto: una lista de categoría A que deberá ser integrada por treinta y cinco 35 estudios de contadores públicos titulares y veintiún 21 estudios de contadores públicos suplentes; y ciento cinco 105 contadores públicos individuales titulares y setenta 70 contadores públicos individuales suplentes para la Categoría B; b Para el Juzgado con competencia concursal en la Sede de Huinca Renancó:
una lista de categoría A que deberá ser integrada por cinco 5 estudios de contadores públicos titulares y tres 3 estudios de contadores públicos suplentes; y quince 15 contadores públicos individuales titulares y diez 10 contadores públicos individuales suplentes para la categoría B; c Para el Juzgado con competencia concursal en la sede de La Carlota: una lista de categoría A

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/09/2021 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date30/09/2021

Page count8

Edition count4139

First edition01/02/2006

Last issue14/05/2024

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