Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/09/2021 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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a
Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

no concretarse la misma en los plazos establecidos, la designación quedará sin efecto. Ac. Reglamentario 485 A de fecha 13/05/99.

AÑO CVIII - TOMO DCLXXXI - Nº 202
CORDOBA, R.A. MARTES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

2.- Aprobar la capacitación definida como obligatoria.

ternet del Poder Judicial y del Ministerio Público Fiscal en Internet. Comuníquese a la Asociación Gremial de Empleados del Poder Judicial, Delegaciones de Administración General del interior de la Provincia, a los Miembros del Tribunal Examinador y Comisión Colaboradora. Dese la más amplia difusión.

3.- Evaluación de desempeño favorable.

Fiscalía General, 14 de septiembre de 2021.-

Artículo 13.- VEEDORES
SE invita a la Asociación Gremial de Empleados del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba, a proponer hasta diez 10 días previos a la fecha del examen, un veedor/a para el presente concurso, con facultades de interiorizarse sobre la tramitación y desarrollo en todo lo que no sea secreto para los aspirantes.

Con lo que terminó el acto, que previa lectura y ratificación de su contenido, firman el Señor Presidente, los Señores Vocales, con la asistencia del Lic.
Ricardo ROSEMBERG, Administrador General del Poder Judicial.FDO.: SEBASTIAN CRUZ LOPEZ PEÑA, PRESIDENTE - AIDA L. TARDITTI, VOCAL
- MARIA MARTA CACERES DE BOLLATI, VOCAL - LUIS EUGENIO ANGULO, VOCAL - RICARDO JUAN ROSEMBERG, ADMINISTRADOR GENERAL

Artículo 14.- PUBLICIDAD
PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial Judicial. Incorpórese en el Sitio Oficial de In-

ANEXO

Acuerdo N 875 - Serie A.
En la ciudad de Córdoba, 24/09/2021, con la Presidencia de su Titular Dr.
Sebastián Cruz LÓPEZ PEÑA, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Aída Lucía Teresa TARDITTI, María Marta CÁCERES de BOLLATI y Luis Eugenio ANGULO, con la asistencia del Señor Administrador General, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG
y ACORDARON:
VISTO: El artículo 2 de la Ley Provincial N 6326, por el que se establece como día no laborable para la ciudad Capital el día 30 de setiembre de cada año, y atento la significación de dicha festividad para esta comunidad, SE RESUELVE:
I ADHERIR al asueto dispuesto por el artículo 2 de la Ley Provincial N 6326 para los Tribunales del Centro Judicial de Capital de la Primera Circunscripción, para el día 30 de septiembre de 2021.

II DECLARAR inhábil a los fines procesales el día de referencia, en la mencionada sede judicial. Los Magistrados y Funcionarios que se encuentren de turno, atenderán en sus respectivos domicilios.
III COMUNÍQUESE al Colegio de Abogados de Córdoba, Asociación de Magistrados y dese la más amplia difusión.
IV TOMEN razón la Administración General y demás dependencias aludidas.Con lo que terminó el acto que previa lectura y ratificación de su contenido, firman el Señor Presidente y los Señores Vocales con la asistencia del Señor Administrador General, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG.FDO.: SEBASTIAN CRUZ LOPEZ PEÑA, PRESIDENTE - AIDA L. TARDITTI, VOCAL
- MARIA MARTA CACERES DE BOLLATI, VOCAL - LUIS EUGENIO ANGULO, VOCAL - RICARDO JUAN ROSEMBERG, ADMINISTRADOR GENERAL

Acuerdo Reglamentario N1722 - Serie A En la ciudad de Córdoba, 24/09/2021, con la Presidencia de su titular, Dr.
Sebastián Cruz LÓPEZ PEÑA, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Aída Lucía Teresa TARDITTI, María Marta CACERES de BOLLATI y Luis Eugenio ANGULO, y la asistencia del Señor Administrador General, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG
y ACORDARON:

Oficina de Coordinación en Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar, Género y Penal Juvenil
Y VISTO: 1. La sanción de la Ley Provincial N 9944 y su modificatoria -Ley N 10637- de Promoción y Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes; y la Ley Nacional N 26.994 Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación Publicación BO 8/10/2014.
2. Que en el Acuerdo Reglamentario N 1678 Serie A de fecha 29/12/20, se resolvió ampliar las funciones de la Oficina de Coordinación de Violencia Familiar del Tribunal Superior de Justicia, la que pasó a denominarse
II. Que en el marco de su competencia, la Oficina de Coordinación en Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar, Género y Penal Juvenil, ha llevado adelante múltiples proyectos en interacción con otros fueros, que tienden a afianzar la comunicación e interacción de todos los operadores tanto judiciales como extra poder, implementando acciones conjuntas, aportando a una mejor y mayor calidad en la prestación del servicio de justicia.
III. La pertinencia de adecuar el Sistema de Administración de causas
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Y CONSIDERANDO:
I. Que es función de la mencionada Oficina, llevar adelante medidas de apoyo y de colaboración técnica - operativa adecuadas para la más eficaz utilización de los procedimientos y recursos.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/09/2021 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date28/09/2021

Page count24

Edition count4163

First edition01/02/2006

Last issue19/06/2024

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