Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/09/2021 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba AÑO CVIII - TOMO DCLXXXI - Nº 201
CORDOBA, R.A. LUNES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

SECRETARÍA DE ARQUITECTURA
Resolución N 339
Córdoba, 18 de agosto de 2021
EXPEDIENTE Nº 0047-000023/2021.VISTO este expediente en el que obran las actuaciones relacionadas con la Compulsa Abreviada N 017/2021, efectuada el día 11.08.2021, para Contratar la Ejecución de la Obra: Ejecución de calles perimetrales, rampas de acceso y obras complementarias en el nuevo CENTRO SANITARIO
TURISTICO MINA CLAVERO, ubicado en el Hospital Provincial Dr. Luis María Bellodi - Localidad Mina Clavero - Departamento San Alberto, con un Presupuesto Oficial de $9.871.908,30.
Y CONSIDERANDO:
QUE las presentes actuaciones dan cuenta de los trabajos a realizar en el predio del Hospital Dr. Luis María Bellodi de la Localidad de Mina Clavero, consistentes en la ejecución de calles perimetrales, ensanchamiento de veredas, rampas de acceso, instalación de datos y nexos para la instalación de un grupo electrógeno en el predio del Nuevo Centro Sanitario Turístico destinado a la atención primaria y de emergencia para pacientes que presenten síntomas de afección en virtud de la pandemia COVID 19.
QUE a fs. 02/14 corre agregada la documentación técnica elaborada por la Dirección General de Proyectos, para la contratación de la obra descripta, consistente en: Memoria Descriptiva, Plano del Sector de Intervención, Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares, Presupuesto Oficial por la suma de Pesos Nueve Millones Ochocientos Setenta y Un Mil Novecientos Ocho con treinta centavos $ 9.871.908,30, previéndose un plazo de ejecución de obra en TREINTA 30 días.

QUE a fs. 15/29 consta incorporado el Pliego Particular de Condiciones base de la presente compulsa abreviada, obrando a fs. 33 el Documento Contable oportunamente elaborado a nivel de afectación preventiva del gasto, conforme el monto del Presupuesto Oficial, en los términos del Art.
13º de la Ley de Obras Públicas Nº 8614.
QUE a fs. 31 se adjunta la Estructura de Costos y fórmula polinómica confeccionada por el área de Costos a los fines prescriptos por el Art. 4 Inc.
b del Anexo I al Decreto 800/16.

QUE a fs. 34/35 corren agregadas constancias de las invitaciones electrónicas cursadas a tres 3 firmas del medio, habiéndose receptado las propuestas que da cuenta el Acta de Apertura de Ofertas obrante a fs. 115, correspondientes a las Empresas: CEDE S.R.L., ÍCARO S.A. y WAQUIM
NINI PABLO ANDRÉS.
QUE a fs. 119/120, obra informe elaborado por la Comisión de Estudio de Ofertas, designada mediante providencia de fs. 118, en base a la Resolución N 067/21 fs. 116/117.
QUE manifiesta esa Comisión de Estudio de Ofertas, que la totalidad de los oferentes acreditan haber acompañado la documentación relacionada con los requisitos esenciales previstos en el Art. 10 del Pliego Particular de Condiciones, por lo que fueron correctamente admitidos al presente procedimiento de selección, al igual que los restantes requerimientos estipulados en el citado artículo, acreditando de tal suerte su capacidad jurídica para obligarse contractualmente con la Administración Pública Provincial.
QUE conforme a lo expuesto, se procedió a comparar las tres 3 propuestas presentadas y válidamente admitidas con el Presupuesto Oficial oportunamente elaborado:
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

OFERENTE: 1- CEDE SRL OFERTA: $9.822.671,47 VARIACION SOBRE EL PRESUPUESTO OFICIAL: -00,49 % - REQUISITOS LEGALES:
CUMPLE REQUISITOS TÉCNICOS: CUMPLE
OFERENTE: 2- ÍCARO S.A. OFERTA: $9.822.540,99 VARIACION SOBRE EL PRESUPUESTO OFICIAL: +00,10 % - REQUISITOS LEGALES:
CUMPLE REQUISITOS TÉCNICOS: CUMPLE
OFERENTE: 3- WAQUIM NINI PABLO ANDRES OFERTA: $9.974.751,85
VARIACION SOBRE EL PRESUPUESTO OFICIAL: +01,04 % - REQUISITOS LEGALES: CUMPLE REQUISITOS TÉCNICOS: CUMPLE
QUE del análisis efectuado, se constata que el precio cotizado por la Proponente N 1 CEDE S.R.L., resulta ser el más conveniente en los términos del Art. 29 de la Ley de Obras Públicas N 8614, representando un porcentaje del 00,49% por debajo del Presupuesto Oficial, por lo que la oferta se considera razonable económicamente.
QUE del análisis técnico, manifiesta la Comisión de Estudios de Oferta que las proponentes acreditan contar con capacidad técnica para los trabajos de esta contratación, en los términos del art. 14 del Pliego y conforme surge de la Declaración de Obras para el Registro de Antecedentes Técnicos del Registro Oficial de Proveedores y Contratistas del Estado.
Asimismo, da cuenta que se desprende de la Constancia de habilitación y determinación de la capacidad expedida por el Registro de Constructores de Obra Pública, los oferentes Proponente N 1 CEDE S.R.L. y Proponente N 2 ÍCARO S.A., acreditan contar con capacidad Económica - Financiera en comparación con el Presupuesto Oficial para la ejecución de la obra objeto de la presente contratación.
QUE en cuanto al Proponente N 3 WAQUIM NINI PABLO ANDRES, se advierte que si bien cuenta con capacidad Económico-Financiera suficiente, en función del Presupuesto Oficial, según se desprende de la constancia expedida por el Registro Oficial de Proveedores y Contratistas del Estado ROPYCE, no cumplimenta con al menos tres de los cuadro indicadores exigidos por el Decreto N 1419/17, motivo por el cual en caso de que se resuelva adjudicar la obra objeto de la contratación a dicha empresa, apartándose del criterio de esta Comisión de Estudio de Ofertas, deberá previo formalizar el acto adjudicación, afianzar dicha capacidad económico-financiera mediante la constitución de una Póliza de Seguro de Caución, por un monto equivalente al 2% del valor del Presupuesto Oficial, en los términos del Decreto N 1419/17.
QUE de conformidad con los referidos análisis, efectuado a tenor de lo dispuesto en el Art. 13 del Pliego Particular, como así también de la documentación obrante en autos, es criterio de dicha Comisión que la propuesta formulada al presente proceso de selección por la proponente N 1 CEDE S.R.L., resulta ser la más ventajosa, por lo tanto recomienda, ADJUDICAR al citado proponente, la ejecución de la obra en cuestión, por resultar su oferta la más ventajosa y con sustento en las disposiciones del Art. 4 Quater de la Ley de Obras Públicas N 8614.
QUE obra a fs. 121 el Documento Contable identificado como Nota de Pedido Nº 2021/000337, afectándose la suma de pesos Nueve Millones Ochocientos Veintidós Mil Seiscientos Setenta y Uno con cuarenta y siete centavos $ 9.822.671,47, con cargo al presente Ejercicio Presupuestario Vigente Año 2021.
QUE a fs. 122 obra copia de la Ley N 10.041 por la que se aprobó el convenio de transferencia del Hospital Luis María Bellodi, de la órbita del
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/09/2021 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date27/09/2021

Page count7

Edition count4126

First edition01/02/2006

Last issue27/04/2024

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