Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/09/2021 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba AÑO CVIII - TOMO DCLXXXI - Nº 198
CORDOBA, R.A. VIERNES 24 DE SEPTIEMBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

cioeconómica y judicial de las personas físicas y jurídicas, elabore un resumen web para la toma de decisiones, debiendo incluir el mismo la posibilidad de utilizar el informe comercial web, enriquecimiento masivo y uso de la API, con destino a la Dirección de Inteligencia Fiscal, a favor de la firma INFOEXPERTO S.A. C.U.I.T. N 30-71575219-7, otorgando el derecho a la solicitud de setenta y dos mil 72.000 informes o el uso del servicio por un plazo de doce 12 meses de ambos, lo que ocurra primero-, con fecha probable de inicio de la prestación a partir del 1 de septiembre de 2021, por un total de pesos doscientos mil $200.000,00 todo con IVA incluido, de conformidad con las Condiciones de Contratación Generales y Particularesy Pliego de Especificaciones Técnicas, que como Anexo I y II, con cuatro 4 y dos 2 fojas útiles respectivamente, forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2º IMPUTAR el egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, por la suma total de PESOS DOSCIENTOS MIL
$200.000,00.-, a Jurisdicción 1.15 Ministerio de Finanzas-, al Programa 156-000, Partida 3.05.99.00 Otros Servicios Técnicos, Profesionales y de Terceros N.C. del P.V.
Artículo 3º PROTOCOLÍCESE, dese intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: HEBER FARFÁN, SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS, MINISTERIO
DE FINANZAS
ANEXO

JUNTA DE CALIFICACIÓN Y SELECCIÓN DE
JUECES DE PAZ
Acuerdo N 2
En la Ciudad de Córdoba a los 21 días del mes de Septiembre del año dos mil veintiuno, con la presidencia del Dr. Julián María López, se reunieron los señores Miembros de la Junta de Calificación y Selección de Jueces de Paz creada por Ley N 9449, Sres. María Graciela MANZANARES, Manuel Cristian SAVID, Orlando Víctor ARDUH, Alejandra PIASCO, Ricardo DE
TORO y ACORDARON:
Y VISTO: Que en el mes de mayo de 2019 la Provincia de Córdoba adhirió mediante la Ley n 10.628 a la Ley Nacional n 27.499 de Capacitación Obligatoria en Género para todas las personas que se desempeñen la función pública en los tres poderes del Estado Provincial, incluidas entidades autárquicas, bancos, sociedades estatales y mixtas. Por Decreto 952/2019
se aprobó su reglamentación provincial.
Adhirieron asimismo la Universidad Nacional de Córdoba y la Universidad Provincial de Córdoba; por otra parte, el Poder Judicial de la Provincia suscribió convenio con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia para capacitación de su planta.
Y CONSIDERANDO:
Que quienes participan en los concursos que esta Junta de Calificación y Selección organiza, aspiran a integrar uno de los tres poderes del Estado Provincial, el Poder Judicial.
Por la trascendencia de la temática de género, es necesario que tanto quienes integren la Junta de Calificación y Selección de Jueces de Paz en calidad de miembros titulares y suplentes así también quienes participen en calidad de concursantes en cada proceso evaluato-

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rio, acrediten haber cursado y aprobado un curso de capacitación en género Ley Micaela.

Que este requisito se exigirá y se hará conocer a los eventuales postulantes que en lo sucesivo se inscriban, mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en las redes sociales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Córdoba.

Por lo expuesto y lo dispuesto por los arts. 8 y concs. de la Ley n 9449
y su Decreto Reglamentario n 01/2008,
LA JUNTA DE CALIFICACIÓN Y SELECCIÓN DE JUECES DE PAZ
RESUELVE:

Artículo1: DISPONER que quienes integren la Junta de Calificación y Selección de Jueces de Paz, en calidad de miembros titulares y suplentes, deberán acreditar su capacitación en género Ley Micaela para poder participar en los diversos concursos que la Junta organice.
Artículo2: DISPONER que quienes aspiren a concursar postulantes al inscribirse deberán acreditar haber cursado y aprobado capacitación en género Ley Micaela.
Artículo 3: PUBLICAR el presente Acuerdo por tres días en el Boletín Oficial de la Provincia y en las redes sociales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia.

Artículo4: Protocolícese, notifíquese y archívese.
ANEXO

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/09/2021 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date25/09/2021

Page count17

Edition count4128

First edition01/02/2006

Last issue30/04/2024

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