Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/03/2020 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVII - TOMO DCLXIII - Nº 53
CORDOBA, R.A. JUEVES 12 DE MARZO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

MINISTERIO DE SALUD
Resolución N 254
Córdoba, 08 de marzo de 2020
VISTO: El estado de situación producido por la contingencia de infecciones por Arbovirus, Sarampión y Coronavirus COVID 19, la necesidad de contar con un Comité de Acción Sanitaria para el seguimiento y tratamiento de pacientes como una figura táctica y de decisión clave en la gestión preventiva.
Y CONSIDERANDO:
Que surge la necesidad y conveniencia de contar con medidas preventivas adecuadas a la situación actual a fin de continuar coordinando y definiendo las políticas a implementar.
Que está la responsabilidad de la actuación ante los acontecimientos que se vayan suscitando, tomando medidas adecuadas y correctas, empezando por la capacidad de reaccionar a tiempo ante lo hechos acaecidos.
Que resulta de suma importancia la creación de este órgano decisorio para la gestión unificada de acciones ante una situación sanitaria particular, donde su principal cometido es acelerar el proceso de toma de decisiones para solventar incidencias, estableciendo las prioridades, la estrategia y la táctica a seguir y definiendo los principales escenarios a tener en cuenta de cómo actuar ante lo ocurrido.
Que el Comité de que se trata deberá estar integrado por diferentes áreas de la organización y sus referentes de máximo nivel tanto de los ministerios implicados directamente en cada caso según el incidente, como de los que no lo están, y de las organizaciones gubernamentales e instituciones no gubernamentales que en cierta forma deban responder a una problemática particular.
Que la Ley N 6222 y su Decreto Reglamentario N 33/2008, establecen como autoridad de aplicación de la mencionada ley del Ejercicio de las Profesiones y Actividades relacionadas con la Salud Humana a esta Cartera de Salud.
Por ello, lo informado por las Secretarías de Salud y Prevención y Promoción de la Salud, y en uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:

1- CRÉASE el Comité de Acción Sanitaria para el seguimiento y tratamiento de pacientes sospechosos de Arbovirus, Sarampión y Coronavirus COVID 19, a los fines del análisis y propuestas para desarrollar estrategias y llevar adelante acciones conjuntas en forma ágil y precisa, respecto a las medidas adecuadas a tomar por parte de los actores intervinientes.
2.- ESTABLÉCESE que el mismo estará integrado por el Ministerio de Salud, Administración Provincial del Seguro de Salud APROSS, Ministerio de Desarrollo Social, Secretaría de Ambiente, Ministerio de Seguridad, Ministerio de Educación, Ministerio de Coordinación, Consejo de Médicos de la Provincia de Córdoba, ANAC, Sanidad y Frontera, PSA, Aeropuertos 2000, Migraciones, Aduana, Municipios, Universidad Nacional de Córdoba U.N.C., Universidad Católica de Córdoba U.C.C. y Cámara y Agrupaciones empresarias.
3.- DECLÁRENSE responsables directos a los directores médicos de los centros de salud públicos y privados de la comunicación inmediata y oportuna de los posibles casos de arbovirus, sarampión y Coronavirus COVID-19, como así también de la correcta aplicación de los protocolos de actuación y recomendaciones correspondientes a cada grupo de patologías, todo ello sin perjuicio de las responsabilidades particulares inherentes a los médicos tratantes en el marco de la Ley Nacional N 15.465 que establece la obligatoriedad de notificación.
4.- DISPÓNESE que las instituciones mencionadas en el Apartado 2 de esta Resolución, deberán comunicar a la mayor brevedad ante el Ministerio de Salud de la Provincia de Córdoba la persona / profesional que actuará como responsable por la institución a la que pertenece ante el Comité de Acción Sanitaria que por este acto se crea.
5.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO: DIEGO HERNAN CARDOZO, MINISTRO DE SALUD

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Resolución N 51
Córdoba, 11 de marzo de 2020
VISTO: El procedimiento establecido por la Ley N 10237 y su Decreto reglamentario N 930/15 respecto a la designación de los miembros de los Jurados de Concursos para la cobertura de cargos de Inspección;
Y CONSIDERANDO:
Que por Resolución N 079/2020 la Dirección General de Educación Primaria ha convocado a Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición para cubrir cinco 5 cargos de Inspectores Técnicos Seccionales depenBOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

dientes de esa Dirección General;
Que en esta instancia procede la designación de los Miembros de los jurados de cada uno de los concursos convocados;
Que por Resolución Ministerial N 6 de fecha 05 de febrero de 2020
se delegó en la Secretaría de Educación la facultad de designar los miembros titulares y suplentes que conforman los jurados de concursos para la cobertura de cargos directivos y de inspección, para las convocatorias que se realizaren en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo Provincial en el ciclo lectivo 2020;

Que conforme lo expresado y según las previsiones del Art.6 de la Ley N
10237 y Art. 29 del Decreto 930/15 es necesario efectuar la designación de los integrantes del Jurado, dos miembros en representación del Ministerio y un
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/03/2020 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date12/03/2020

Page count5

Edition count4130

First edition01/02/2006

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