Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/09/2019 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la
Lengua Española en la Provincia de Córdoba
MIÉRCOLES 25 DE SETIEMBRE DE 2019
AÑO CVI - TOMO DCLVII - Nº 182
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
PODER EJECUTIVO

1

a SECCION

Decreto N 1080
Córdoba, 12 de setiembre de 2019
VISTO: El expediente Nº 0451-008246/2019 del Registro del Ministerio de Obras Públicas y Financiamiento.
Y CONSIDERANDO:

Que por las presentes actuaciones se tramita la aprobación del modelo de CONVENIO DE PRÉSTAMO SUBSIDIARIO Y DE SUBEJECUCION ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACION, CULTURA, CIENCIA
Y TECNOLOGÍA DE LA NACIÓN Y LA PROVINCIA DE CORDOBA
CONTRATO BID N 4229/OC-ARdestinado al PROGRAMA DE APOYO AL PLAN NACIONAL DE PRIMERA INFANCIA Y A LA POLÍTICA
DE UNIVERSALIZACIÓN DE LA EDUCACIÓN INICIAL.

Que como antecedentes de autos obran Decreto P.E.N. N 822/2017
de fecha 13 de octubre de 2017, aprobando Modelo de Acuerdo para el Establecimiento de una Línea de Crédito Condicional CCLIP AR
O0003 a celebrarse entre la República Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo BID, y el Modelo de Contrato de Préstamo BID
N 4229/OC-AR a celebrarse entre la República Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo BID.

Que el Programa de Apoyo al Plan Nacional de Primera Infancia y a la Política de Universalización de la Educación Inicial está dirigido a apoyar la estrategia integral para la primera infancia mediante el financiamiento de acciones que contribuyan a incrementar el número de niños de cero a cinco años que alcanza un nivel de habilidades físicas, de lenguaje y comunicación, cognitivas y socioemocionales esperables para su edad.

Que en función a lo expuesto precedentemente, el objetivo del Programa es incrementar la cobertura de servicios públicos dirigidos a la promoción del desarrollo de habilidades físicas de lenguaje y comunicación, cognitivas y socioemocionales de niños de 0 a 5 años, que cumplen con criterios de calidad, desarrollándose su ejecución en dos componentes; 1 Fortalecimiento de Intervenciones no escolarizadas de promoción de desarrollo infantil, y 2 Mejoramiento del Desempeño Educativo en la Educación Inicial.
Que se acompaña en autos Informe Técnico exhaustivo realizado por la Secretaría de Financiamiento en el cual se analiza la estructuración financiera de la Línea de Crédito ofrecida por el BID, a través del esquema subsidiario con la República Argentina, en el cual se remarca la innegable contribución que los proyectos ofrecen a la mejora en la calidad educativa de los cordobeses.
Que del Informe Técnico elaborado por la Secretaria de Financiamiento citado ut-supra, en relación a las condiciones financieras propuestas, se detallan; Monto del Préstamo hasta la suma de Dólares BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
PODER EJECUTIVO
Decreto N 1080 Pág. 1
MINISTERIO DE GOBIERNO
DIRECCION DE PREVENCION DE ACCIDENTES DE TRANSITO
Resolución N 55 Pág. 3
Resolución N 54 Pág. 3
Resolución N 53 Pág. 4
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N 270 Pág. 4
Resolución N 217 Pág. 5
MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución N 51 Pág. 6

continua en pagina 2

Estadounidenses Treinta y Un Millones Doce Mil Seiscientos Sesenta y Ocho con 80/100 USD 31.012.668,80, por un plazo de hasta 25 años, con hasta cinco 5 años de gracia, tasa de interés Libor más margen 0.93%-, servicios de interés semestral, sin calificación de riesgo, con garantía de recursos provenientes de la Coparticipación Federal de Impuestos y como ley aplicable el régimen legal imperante en el país.
Que analizadas exhaustivamente las condiciones requeridas y enumeradas precedentemente por el citado organismo técnico concluye que: esta unidad técnica vuelve a destacar la conveniencia de la facilidad crediticia que está procurando la Provincia, agregando:
obtener una tasa de financiación a 25 años por debajo del 6% anual en dólares, refleja condiciones financieras aconsejables a ser empleadas para la financiación de obras de infraestructura social, finalizando:
esta unidad técnica recomienda dar impulso procesal al trámite.

Que en virtud de lo prescripto por la Ley Provincial 9050, la Agencia Córdoba de Inversión y Financiamiento ACIF, resulta el Organismo competente en el análisis de la operatoria impulsada, ello, atento su carácter de Unidad Ejecutora del financiamiento externo Provincial, en el marco de la aludida ley.
Que interviene el Área Presupuesto y Deuda Pública de la citada Agencia, en el cual se adjunta cronograma de servicios proyectados para el préstamo propuesto, perfil de vencimientos de amortizaciones e intereses estimados en el préstamo para el periodo de duración del mismo, en conjunto con las restantes operaciones de crédito publico vigentes administradas por ACIF.

Que luce agregado informe elaborado por la Unidad de Administración Financiera, en el cual se consigna que las obras a financiarse por el empréstito que se trata, se encuentran nominadas en el presupuesto de la Agencia para el año 2019, Ley 10592, Jurisdicción 6.05, Programa 849, Programa de Desarrollo Interior y Apoyo Social, Subprograma 03 PDIAS SS Sociales y Administración Gubernamental PP 12-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/09/2019 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date25/09/2019

Page count13

Edition count4126

First edition01/02/2006

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