Boletín Oficial de la Provincia de Lugo del 25/09/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Lugo

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Núm. 221 mércores, 25 de setembro de 2019

BOP Lugo
En SALAMANCA, a trece de septiembre de dos mil diecinueve.- EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE
JUSTICIA.
R. 2834

Anuncio D/D MANUEL J. MARÍN MADRAZO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 002 de SALAMANCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000158 /2019 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D/D MANUEL DE LA ROSA GUIO contra LUCIA TEJEDO MUIÑA, GECONSA ESPJ sobre ORDINARIO, se han dictado las siguientes resoluciones:
AUTO
PARTE DISPOSITIVA
Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante, MANUEL DE LA ROSA GUIO, frente a LUCIA TEJEDO MUIÑA, GECONSA ENTIDAD SIN PERSONALIDAD JURIDICA, parte ejecutada, por importe de 3.183,89 euros en concepto de principal, más otros 700 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación e deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.
Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este JDO. DE LO SOCIAL N. 2 abierta en BANESTO, cuenta nº 3704000064015819 debiendo indicar en el campo concepto, "Recurso" seguida del código "30 Social-Reposición". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el "código 30 SocialReposición". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
Así lo acuerda y firma SS. Doy fe.
EL/LA MAGISTRADO-JUEZ

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

DECRETO
PARTE DISPOSITIVA
En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:
1.- Requerir a LUCIA TEJEDO MUIÑA, GECONSA ESPJ , a fin de que en el plazo de cinco días paguen dichas cantidades o, manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.
2.- Consultar las aplicaciones informáticas del Órgano judicial para la averiguación de bienes del ejecutado.
3.-El embargo de los saldos de las cuentas bancarias a nombre de la parte ejecutada, a través de la aplicación informática del Punto Neutro Judicial, en cuantía suficiente para cubrir las siguientes cantidades: 3.183,89€ de principal, más otros 700€ para intereses y costas.
4.- El embargo de cualquier cantidad pendiente de abonar por la Agencia Tributaria a la parte ejecutada por cualquier concepto, en cuantía suficiente a cubrir el principal y costas reclamadas.

Anuncio publicado en: Num BOP 221 año 2019 25/09/2019
24/09/2019 08:00:00
11:44:06

El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Letrado de la Administración de Justicia, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la LEC, quedando la ejecutada apercibida a los efectos mencionados en los razonamientos jurídicos tercero y cuarto de esta resolución, y conforme disponen los artículos 251.2 y 239.3 de la LJS.

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Boletín Oficial de la Provincia de Lugo del 25/09/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Lugo

CountrySpain

Date25/09/2019

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