Boletin Judicial de Costa Rica del 23/1/2020

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Source: Boletín Judicial de Costa Rica

Pág 18 BOLETÍN JUDICIAL Nº 14

Jueves 23 de enero del 2020

edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener derechos dentro de este proceso que si no se presentan en el plazo mencionado la herencia pasará y declarará a quien corresponda.
Expediente tramitado en Sede Notarial bajo el expediente número 003-2019 en la notaría de María Gabriela Zeledón Ching, en el Bufete Jiménez & Zeledón, ubicado en avenida 1 calle 25 y 27 número 2552, Barrio Escalante San José.Licda. María Gabriela Zeledón Ching, Notaria.1 vez. IN2020426556 .

Avisos Se hace saber que por iniciativa de Olman Alonso Arguedas Rojas, cédula número 0204460197, se ha promovido un proceso judicial a fin de que se le reponga la cédula Hipotecaria inscrita en el Registro de Cédulas Hipotecarias del Registro Nacional con las citas tomo 2011, asiento 00145463, consecutivo 01, secuencia 0001, subsecuencia 001. Se concede un plazo de quince días a partir de la última publicación de este edicto, a cualquier persona interesada para que se presenten en defensa de sus derechos. Se ordena así en proceso judicial de reposición de título valor. Expediente N
19-000117-0180-CI-3.Juzgado Primero Civil de San José, 10 de diciembre del año 2019.Natanael Sánchez Guzmán, Juez Tramitador. IN2020425660 .
3 v. 2.
Lic. Marvin Hernández Calderón, Juez del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur Pérez Zeledón; hace saber a Benito José Canelón Sivira, mayor, casado, de nacionalidad venezolana, pasaporte de su país número 018888614, de profesión y oficio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso de divorcio en su contra, bajo el expediente número 18-0004451303-FA, donde se dictó la sentencia N 964-2019, dictada a las diez horas cuatro minutos del dieciséis de diciembre del año dos mil diecinueve, que en su parte Dispositiva literalmente dice: Por tanto:
Acorde con lo expuesto, se declara con lugar la demanda abreviada de divorcio interpuesta por la señora Elcidia de Los Ángeles Beita Oconitrillo contra Benito José Canelón Sivira, en los extremos que se indicarán: 1 Se decreta la disolución del vínculo matrimonial que une a Elcidia de Los Ángeles Beita Oconitrillo y Benito José Canelón Sivira; por la causal de separación de hecho. 2 En cuanto a la pensión alimentaria: Se dispone que las partes no tendrán derecho de reclamarse pensión alimentaria en el futuro. 3 Sobre los hijos: Se declara que la menor Antonieta Valentina quedará bajo la guarda, crianza y educación de la señora actora, compartiendo ambos progenitores los demás atributos de la autoridad parental.
Dicha infante mantiene el derecho de ser alimentada por ambos progenitores. 4 Sobre los bienes: Se declara que el inmueble del Partido de Puntarenas, Folio Real Matrícula ciento setenta y siete mil setecientos sesenta y uno cero cero cero y el vehículo placa setecientos cuatro mil treinta y cinco, no son bienes gananciales.
Una vez firme este fallo, a petición de parte interesada, expídase la respectiva ejecutoria para ser inscrita en el Registro Civil, Sección de Matrimonios de la provincia de San José, al margen del Tomo 592, Folio 119, y Asiento 238. Se resuelve el proceso sin especial condenatoria en costas. Se advierte a las partes el derecho de apelar este fallo ante el Superior Jerárquico, dentro del tercer día contado a partir de su notificación. Se le previene a la parte actora que deberá depositar la suma de nueve mil cien colones en la cuenta número 18-000445-1303-FA-9, de este Despacho en el Banco de Costa Rica, que corresponde al impuesto del valor agregado sobre los honorarios de la curadora designada, de conformidad con lo establecido en la Ley 9635 Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas y el Reglamento 41779 Reglamento del Impuesto sobre el Valor Agregado. Para lo anterior se le concede el plazo de tres días.
Notifíquese al demandado por medio de edicto, la parte dispositiva de esta sentencia. Licda. María del Rocío Quesada Zamora, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso de divorcio de Elcidia de Los Ángeles Beita Oconitrillo contra Benito José Canelón Sivira. Expediente Nº 18-000445-1303-FA.Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur Pérez Zeledón, 16 de enero del 2020.
Lic. Marvin Hernández Calderón, Juez.1 vez.O.C. N 364-122020.Solicitud N 68-2017-JA. IN2020426318 .
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Joshua Pacheco Cantero, mayor de edad, chofer, soltero, cédula N 1-1659-0288, y Judieth Rivera
Cruz, mayor, estudiante, soltera, cédula N 5-0414-0382, ambos vecinos de Liberia, Guanacaste y ejerciendo la patria potestad de su hija Kylie Emma Pacheco Rivera, menor de edad, sin profesión por motivo de edad, misma dirección que Judieth Rivera de sexo femenino, nacida en Liberia, Guanacaste el día 16 de febrero del 2017, en el cual se solicita cambiar el nombre de su hija menor Kylie Emma Pacheco Rivera por el de Emma, mismos apellidos. Se concede el plazo de quince días a cualquier persona interesada para que se presente al proceso a hacer valer sus derechos o formular una oposición fundada. Artículo 55 del Código Civil. Expediente Nº 19-000233-0386-CI-7.Juzgado Civil y Trabajo Primer Circuito Judicial Guanacaste Liberia Materia Civil, 25 de setiembre del 2019.Licda. Roy Francisco Espinoza Quesada, Juez Decisor.1 vez. IN2020426339 .
Se avisa que en este Despacho en el expediente número 19-000521-0165-FA, Carmen Adrián Sibaja Esquivel solicita se apruebe la adopción de la persona mayor de edad Jayson Andrei Arce Sibaja. Se concede a las personas interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.Juzgado de Familia Segundo Circuito Judicial de San José, 26 de noviembre del año 2019.Jorleny María Murillo Vargas, Jueza Decisoria.1 vez.O.C. N 364-122020.Solicitud N 68-2017-JA. IN2020426350 .
Se avisa al señor Francisco Javier López López, mayor, de nacionalidad nicaragense, domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Despacho se tramita diligencias de Reconocimiento de Hijo de Mujer Casada, expediente N 19-000905-0186-FA
promovido por Roberto Jiménez Abarca y Belisa López Benavides, para que en sentencia se le autorice a reconocer como su hijo al menor: Yeicob López López. Dentro de dicho proceso se dictó el auto que en lo conducente dice: Juzgado Primero de Familia.
San José, a las diez horas y cincuenta minutos del veintisiete de setiembre del dos mil diecinueve. V. Tal como dispone el artículo 85 del Código de Familia, notifíquesele esta resolución al señor Francisco Javier López López, mediante edicto que se publicará en el Boletín Judicial o en un diario de circulación nacional.
Juzgado Primero de Familia de San José, 27 de setiembre del 2019.Msc. Patricia Méndez Gómez, Jueza.1 vez.O.C. Nº 36412-2020.Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2020426354 .
Se avisa que en este Despacho en el expediente número 19-001782-0364-FA, Oscar Cortés Arias, solicitan se apruebe la adopción de persona mayor de edad: Yeilyn María Bastos Gutiérrez.
Se concede a las personas interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.Juzgado de Familia de Heredia, 16 de enero del 2020.
Lic. Leonardo Loría Alvarado, Juez Decisor.1 vez.O. C. Nº 36412-2020.Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2020426360 .

Edictos Matrimoniales Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil César Arnoldo Rivas Dumas, mayor, soltero, peón agrícola, cédula de identidad número 207210529, hijo de César Rivas Villarreal y Claudia Dumas Blanco, nacido en Ciudad Quesada de San Carlos, Alajuela, el 31/12/1993, actualmente con 26 años de edad, y Yixi Tatiana Valerio Arguedas, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 702520593, hija de Gerardo Valerio Herrera y Lidia María Arguedas Arguedas, nacida en el Cantón Central de Limón el 26/09/1997, actualmente con 21 años de edad;
ambos contrayentes son vecinos de Bananito de Limón, a 600 metros de la Comandancia, carretera hacia, casa de madera color papaya con portón color negro. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N 19-0009021152-FA.Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 08 de enero del 2020.Licda. Kensy Carolina Cruz Chaves, Jueza.1 vez.O. C. N 364-12-2020.
Solicitud N 68-2017-JA. IN2020426281 .

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Boletin Judicial de Costa Rica del 23/1/2020

TitleBoletín Judicial de Costa Rica

CountryCosta Rica

Date23/01/2020

Page count20

Edition count5055

First edition01/01/2003

Last issue23/10/2023

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