Boletin Judicial de Costa Rica del 9/1/2020

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Source: Boletín Judicial de Costa Rica

RICARDO
SALAS
ALVAREZ
FIRMA

AÑO CXXVI

Uruca, SanJosé, José,Costa CostaRica, Rica,lunes jueves19de de febrero enero deldel 2020
LaLa Uruca, San 2016

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SECRETARÍA GENERAL
CIRCULAR N 194-2019
ASUNTO:Perfiles de Programas de Atención para las Personas Menores de Edad. Nuevos criterios de ingreso al Centro de Atención para Personas Menores de Edad del IAFA. Se deja sin efecto Circular 132-2016.
A LAS AUTORIDADES JUDICIALES QUE TRAMITAN
MATERIA PENAL JUVENIL
SE LES HACE SABER QUE:
Mediante Circular N 132-2016, de fecha 11 de agosto de 2016, del Consejo Superior, se comunicó el Nuevo Perfil de Ingreso al Programa Residencial del Centro de Atención en Drogas para personas menores de edad del Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia IAFA. El Consejo Superior en sesión N
88-19, celebrada el 10 de octubre de 2019, artículo LXXXIII, a solicitud de la Subcomisión de Acceso a la Justicia en materia Penal Juvenil, acordó dejar sin efecto la Circular N 132-2016 y publicar los nuevos Perfiles de Programas de Atención para las Personas Menores de Edad, en el cual se fijan nuevos criterios de ingreso al Centro de Atención para Personas Menores de Edad del IAFA.
Los nuevos perfiles elaborados por el IAFA, contienen requisitos de ingreso aún más flexibles que los anteriores, y fue elaborado con el fin de que las personas operadoras jurídicas puedan tener una hoja de ruta adecuada y así proporcionar este valioso recurso, a las personas menores de edad en conflicto con la ley penal juvenil, en aras de un adecuado tratamiento a la adicción a sustancias psicoactivas, poniéndose un énfasis especial en la modalidad ambulatoria intensiva. Además, como herramienta adicional, se les ofrecen a las personas operadoras del sistema jurídico, que laboran en materia penal juvenil, la lista de contactos para efectos de coordinación a nivel regional. Para los efectos pertinentes, la Subcomisión de Acceso a la Justicia en Penal Juvenil, anexa documento enviado por el IAFA, con toda la información pertinente.
https secretariacorte.poder-judicial.go.cr/index.php/documentos?download=4719:r esultados-itsp-2015-2018

Publicar por una única vez en el Boletín Judicial.
San José, 2 de diciembre de 2019.

Carlos Toscano Mora Rodríguez
1 vez.O. C. N 364-12-2020.Solicitud N 68-2017-JA. IN2019421608 .
CIRCULAR Nº 195-2019
Asunto: Reiteración de la circular N 104-13 sobre Reglamento sobre Expediente Judicial Electrónico ante el Poder Judicial.
A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS, SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión N 8819, celebrada el 10 de octubre de 2019, artículo LXXXVIII, acordó reiterarles la circular N 104-13 sobre Reglamento sobre Expediente Judicial Electrónico ante el Poder Judicial, publicada en el Boletín Judicial N 129 del 5 julio de 2013, que literalmente indica:

Firmado digitalmente por RICARDO SALAS
ALVAREZ FIRMA
Fecha: 2020.01.08
14:28:01 -0600

Nº 4 56 Páginas
La Corte Plena en sesión N 22-13, celebrada el 20 de mayo de 2013, artículo XXXI, aprobó el siguiente Reglamento sobre Expediente Judicial Electrónico ante el Poder Judicial, que literalmente dice:
Reglamento sobre Expediente Judicial Electrónico ante el Poder Judicial.
CAPÍTULO I
De la informatización del proceso judicial Artículo 1Objetivo del Reglamento. El uso de medios electrónicos en la tramitación de procesos judiciales, comunicación de actos y transmisión de piezas procesales será admitido en los términos de este Reglamento.
Artículo 2Firmas de documentos electrónicos. Para que una pieza procesal sea válida, para los efectos procesales, requiere una firma digital, electrónica y holográfica consistente en la identificación inequívoca del suscriptor y puede darse en las siguientes formas:
a Firma digital basada en un certificado digital emitido por Autoridad Certificadora acreditada.
b Firma electrónica mediante registro como persona usuaria en el Poder Judicial.
c Firma holográfica mediante dispositivo o capturador de firmas utilizado por despachos y fiscalías electrónicas.
Todos los actos procesales del proceso electrónico serán firmados conforme a lo dispuesto en este artículo.
Artículo 3Acreditación de la firma. La acreditación ante el Poder Judicial será realizada mediante procedimiento en el cual se asegurará la adecuada identificación de la persona interesada.
A la persona acreditada le será atribuido un registro y un medio de acceso al sistema, de modo que se preserven la privacidad, el secreto, la identificación y la autenticidad de sus comunicaciones.
Los órganos del Poder Judicial deberán crear un registro único para la acreditación prevista en este artículo.
Artículo 4Neutralidad tecnológica. Los sistemas informáticos del Poder Judicial deberán ser compatibles con diversas tecnologías, en procura de la neutralidad tecnológica y su accesibilidad.
Además, se deberá garantizar la continuidad del servicio.
Artículo 5Días y horas hábiles. Todos lo días y horas serán hábiles para presentar gestiones por vía electrónica. Las presentadas en días y horas en que los tribunales estén cerrados, se tendrán por recibidas el día hábil siguiente.
Cuando la actuación o gestión tenga como finalidad cumplir un plazo, se considerarán presentados en tiempo los recibidos hasta las 24 horas del último día del plazo. Si el sistema del Poder Judicial estuviera inaccesible por motivos técnicos, el plazo se prorrogará hasta el primer día hábil siguiente a la solución del problema.
CAPÍTULO II
Del proceso electrónico Artículo 6Acceso a la información de la persona usuaria. Cada oficina y despacho judicial, deberá garantizar el derecho de acceso a la información y acceso a la Justicia de las personas usuarias que se encuentran en condición de desventaja en cuanto al uso de la tecnología disponible brecha digital y las poblaciones en condición de vulnerabilidad, identificadas según las Cien Reglas de Brasilia; por lo que, por ningún motivo el uso de la tecnología se convertirá en una barrera u obstáculo para el ejercicio de esos derechos.

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Boletin Judicial de Costa Rica del 9/1/2020

TitleBoletín Judicial de Costa Rica

CountryCosta Rica

Date09/01/2020

Page count56

Edition count5055

First edition01/01/2003

Last issue23/10/2023

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