Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 14/10/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco

Miércoles 14 de octubre de 2020

EDICION Nº 10.577

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Subsecretario: ESC. CRISTIAN W. ROLÓN MOTTER

Director: Dr. VICTOR HUGO MARTEL

Miércoles 14 de octubre de 2020

EDICION Nº 10.577

LEGISLACION, NORMATIVA
LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 3190-J
POLICÍA DE LA PROVINCIA DEL CHACO
NUEVAS DIRECCIONES GENERALES
ARTÍCULO 1: Créanse en el ámbito de la Policía de la Provincia del Chaco, con carácter de Dirección General y como autoridades en las actividades específicas de cada área, las siguientes:
a Inteligencia Criminal b Consumos Problemáticos c Seguridad Rural y Ambiental d Abordaje Territorial e Bomberos ARTÍCULO 2: Conforme con el artículo precedente, sustitúyese el anexo A de la ley 1179-J antes ley 4987 -Orgánica Policial-, por el anexo que forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 3: Modificase el artículo 23 de la ley 1179-J antes ley 4987 -Orgánica Policial-, el que queda redactado de la siguiente manera:
"ARTICULO 23: Las Direcciones Generales serán los órganos de conducción superior, que tendrán a su cargo la administración de los servicios de la Institución.
La Policía Provincial estará conformada por las siguientes Direcciones Generales:
a Seguridad Metropolitana b Seguridad Interior c Investigaciones d Recursos Humanos y Materiales e Policía Caminera f Inteligencia Criminal g Consumos Problemáticos h Abordaje Territorial i Seguridad Rural y Ambiental j Bomberos Las Direcciones Generales dependerán del Sub-Jefe de Policía.
Las Direcciones Generales de la Policía Caminera e Inteligencia Criminal dependerán jerárquica y operativamente del Subjefe de Policía.
La Dirección General de la Policía Caminera dependerá funcionalmente de la Subsecretaría de Seguridad Vial y Ciudadana, en tanto la Dirección General de Inteligencia Criminal de la Subsecretaría de Investigación e Inteligencia Criminal, ambas dependientes del Ministerio de Seguridad y Justicia.
La correspondiente reglamentación establecerá las misiones, funciones, atribuciones y estructura orgánica de cada Dirección General."
ARTICULO 4º: Incorpóranse como artículos 31 bis, 31 ter, 31 quater, 31 quinquies y 31 sexies a la ley 11794 antes ley 4987 Orgánica Policial-, los siguientes textos:
"ARTÍCULO 31 bis": De la Dirección General de Inteligencia Criminal depende la Dirección Inteligencia Policial."
"ARTÍCULO 31 ter": De la Dirección General de Consumos Problemáticos depende la Dirección Antinarcóticos."
"ARTÍCULO 31 quater": De la Dirección General de Abordaje Territorial depende la Dirección Cuerpo Operaciones Oficina: Julio A. Roca 227 P.A. Resistencia Chaco - http chaco.gov.ar/boficial/boletin 0362 4453520 - CTX 53520 CP 3500

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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 14/10/2020

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chaco

PaeseArgentina

Data14/10/2020

Conteggio pagine32

Numero di edizioni3257

Prima edizione14/07/1999

Ultima edizione12/06/2026

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