Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 20/12/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco

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GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEL CHACO
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Franqueo a pagar Registro de la 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION
Propiedad Intelectual 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
SUBSECRETARÍA DE LEGAL Y TÉCNICA
DIRECCIÓN BOLETÍN OFICIAL
Cuenta 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
DRA. JESSICA YANNINA AYALA
DR. VÍCTOR HUGO MARTEL
948.707
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Nº 17017F10
Subsecretaria Director 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
Correo Oficial
Boletín Oficial
Oficina: Julio A. Roca 227 P.A. - www.chaco.gov.ar - E-mail: gob.boletinoficial@chaco.gov.ar - Tel-Fax. 0362 4453520 - CTX 53520
AÑO LXII

DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES

EDICION -- 24 PAGINAS

TIRAJE: 650 EJEMPLARES

RESISTENCIA, MIERCOLES 20 DE DICIEMBRE DE 2017

LEYES
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 2713-A
Ley 397-A antes ley 2543
Crea la Sala en lo Contencioso-Administrativo de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y del Trabajo, con asiento en la Ciudad de Presidencia Roque Sáenz Peña.
ARTÍCULO 1: Modifícanse los artículos 1, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10 de la ley 397-A antes ley 2543 los que quedan redactados de la siguiente manera:
"ARTÍCULO 1: Créase una Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, del Trabajo y en lo Contencioso-Administrativo, con asiento en la ciudad de Presidencia Roque Sáenz Peña y con jurisdicción territorial sobre la Segunda, Tercera, Cuarta y Sexta Circunscripción Judicial de la Provincia del Chaco".
"ARTÍCULO 3: La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, del Trabajo y en lo ContenciosoAdministrativo, estará constituida por ocho 8
miembros, dividida en cuatro 4 salas, dos 2
del fuero Civil y Comercial que se denominarán Sala Primera y Segunda, otra del fuero del Trabajo Sala Laboral y otra en lo Contencioso Administrativo Sala Administrativa compuesta cada una de ellas por dos 2 miembros.
Anualmente los integrantes de la Cámara de entre sus miembros designarán un Presidente y el orden de nominación para las subrogancias. En caso de ausencia o impedimento accidental o temporario del Presidente de la Cámara, lo reemplazará el miembro del Tribunal que le siga en el orden de nominación y así sucesivamente: La Presidencia de la Cámara contará con un. Secretario que cumplirá las funciones administrativas que en su caso reglamente el Superior Tribunal de Justicia y revestirá la categoría de "Secretario de Cámara".
Cada Sala contará con un Presidente de Trámite que desempeñará sus funciones por períodos anuales y será designado de entre sus miembros por acuerdo de la Cámara. En caso de ausencia o impedimento accidental o temporario, será reemplazado por el otro miembro integrante de la Sala.
Cada Sala contará con dos 2 Secretarios, los que revestirán la categoría de "Secretario de Cámara" y con la dotación de personal que le asigne el Superior Tribunal de Justicia."
"ARTÍCULO 4: La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y del Trabajo de la Ciudad de Presidencia Roque Sáenz Peña, será Tribunal de alzada de los fallos y demás autos recurribles dictados por los jueces de Primera instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo, de la Segunda, Ter-

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cera, Cuarta y Sexta Circunscripción Judicial; hasta tanto no se constituya la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y del Trabajo en la ciudad de Villa Ángela y la Cámara de Apelaciones con Competencia Universal en la ciudad de Juan José Castelli.
La Sala en lo Contencioso-Administrativo será de instancia única y contra las sentencias definitivas pronunciadas por sus miembros, procederán los recursos extraordinarios de inaplicabilidad de ley o doctrina legal e inconstitucionalidad por ante el Superior Tribunal de Justicia, quien se pronunciará con hasta tres 3 votos coincidentes de sus miembros.
La tramitación procesal de los recursos extraordinarios se regirá por las normas establecidas en los decretos-leyes 1407/62 y 1413/62 y sus modificatorias.
Será de aplicación para la Sala en lo Contencioso Administrativo, en cuanto resultare pertinente y corresponder, la normativa aplicable para la Cámara en lo Contencioso-Administrativo de Única Instancia con asiento en la ciudad de Resistencia, creada por ley 962-A antes ley 4527 y las disposiciones reglamentarias que dicte el Superior Tribunal de Justicia para su implementación y operatividad funcional."
"ARTÍCULO 5º: Las sentencias de las Salas Primera y Segunda Civil y Comercial, serán pronunciadas por el voto de sus dos 2 miembros permanentes, debiendo ser integradas sólo en caso de disidencia por un miembro de la otra Sala Civil y Comercial, designado por el Presidente de la Cámara de acuerdo con el orden de nominación establecido en el artículo 3 de la presente y en forma sucesiva quien deberá optar en forma fundada por uno de los votos emitidos.
La desintegración de una Sala Civil y Comercial por cualquier causa, será cubierta por un Juez de la otra, designado por el Presidente de la Cámara, siguiendo el mismo orden de nominación señalado en el párrafo precedente.
En caso de inhibición o recusación de la totalidad de los Jueces de una Sala Civil y Comercial, corresponderá entender a la otra, Civil y Comenial.
Si no se pudiere integrar la Sala con los miembros de esta última por impedimento de éstos o cualquier otra causa, se seguirá el siguiente orden de subrogación entre los magistrados de la Segunda Circunscripción Judicial con sede en la ciudad de Presidencia Roque Sáenz Peña:
a 1. Jueces de la Sala Laboral de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, del Trabajo y en lo Contencioso-Administrativo de la ciudad de Presidencia Roque Sáenz Peña.
a 2. Jueces de la Sala en lo ContenciosoAdministrativo de la Cámara de Apelacio-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 20/12/2017

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chaco

PaeseArgentina

Data20/12/2017

Conteggio pagine24

Numero di edizioni3257

Prima edizione14/07/1999

Ultima edizione12/06/2026

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