Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 16/10/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco

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AÑO LXII

DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES

EDICION 40 PAGINAS

RESISTENCIA, VIERNES 16 DE OCTUBRE DE 2015

LEYES
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 7663
ARTÍCULO 1º: Prorrógase por el término de dos años la declaración de utilidad pública e interés social y sujeto a expropiación, el inmueble comprendido en la Ley 7212
desde su vencimiento.
ARTÍCULO 2: Regístrese y comuníquese. al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia d Chaco, a los nueve días del mes de septiembre del año dos mil quince.
Pablo L. D. Bosch, Secretario Darío Augusto Bacileff Ivanoff, Presidente DECRETO N 2536
Resistencia, 29 septiembre 2015
VISTO:
La sanción legislativa N 7.663; y CONSIDERANDO:
Que conforme a las disposiciones constitucionales, las emanadas de la Ley N 4.647, y no habiendo observaciones que formular, procede su promulgación;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
DECRETA:
Artículo 1: Promúlgase y téngase por Ley de la Provincia del Chaco, la sanción legislativa N 7.663, cuya fotocopia autenticada forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2: Comuníquese, dése al Registro Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Fdo.: Capitanich / O teo Albiñana s/c.
E:16/10/15
><
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 7666
ARTÍCULO 1: Modificase el artículo 2 de la ley 7568 y su modificatoria ley 7621, el que queda redactado de la siguiente manera:
"ARTICULO 2: Autorízase al Poder Ejecutivo a liquidar y pagar en marzo, mayo y julio de 2015, como suma no remunerativa ni bonificable, el importe de pesos quinientos $ 500 a:
a Personal del Escalafón General ley 1276
tv..
b Personal comprendido en el Anexo I de la ley 6044 Órgano Rector del Sistema Presupuestario.
c Benefic iarios de la ley 5495 y sus modificatorias, no alcanzados por lo establecido en el inciso g de su artículo 2.

TIRAJE: 650 EJEMPLARES
EDICION N 9.851

d Benefic iarios de la ley 5496 y sus modificatorias, no alcanzados por lo dispuesto en el inciso f de su artículo 2."
ARTÍCULO 2: Regístrese y comuníquese. al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia d Chaco, a los nueve días del mes de septiembre del año dos mil quince.
Pablo L. D. Bosch, Secretario Darío Augusto Bacileff Ivanoff, Presidente DECRETO N 2538
Resistencia, 29 septiembre 2015
VISTO:
La sanción legislativa N 7.666; y CONSIDERANDO:
Que conforme a las disposiciones constitucionales, las emanadas de la Ley N 4.647, y no habiendo observaciones que formular, procede su promulgación;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
DECRETA:
Artículo 1: Promúlgase y téngase por Ley de la Provincia del Chaco, la sanción legislativa N 7.666, cuya fotocopia autenticada forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2: Comuníquese, dése al Registro Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Fdo.: Capitanich / O teo Albiñana s/c.
E:16/10/15
><
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 7668
ARTÍCULO 1: Modificase a partir del 1 de septiembre de 2015, el anexo I del artículo 1 de la ley 2898 y sus modificatorias, el que queda redactado de conformidad con la planilla anexa I, que forma parte integrante de la presente ley.
ARTÍCULO 2: Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias pertinentes conforme con las modificaciones dispuestas por el artículo 1 de la presente ley.
ARTÍCULO 3: La erogación que demande la aplicación de la presente, se imputará a la Jurisdicción 01: Poder Legislativo y 31: Fondo Especial para Retiros Voluntarios, según corresponda y de acuerdo con la naturaleza del gasto.
ARTÍCULO 4: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, a los veintitrés días del mes de septiembre del año dos mil quince.
Pablo L. D. Bosch, Secretario Darío Augusto Bacileff Ivanoff, Presidente

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 16/10/2015

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chaco

PaeseArgentina

Data16/10/2015

Conteggio pagine40

Numero di edizioni3257

Prima edizione14/07/1999

Ultima edizione12/06/2026

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