Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 21/11/2014
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco
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GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEL CHACO
Registro de la
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION
SUBSECRETARÍA DE LEGAL Y TÉCNICA
DR. PEDRO AUGUSTO MIRÓ
Subsecretario
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DR. VÍCTOR HUGO MARTEL
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AÑO LXI
DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES
EDICION 32 PAGINAS
RESISTENCIA, VIERNES 21 DE NOVIEMBRE DE 2014
DECRETOS
DECRETO Nº 2116
Resistencia, 18 de noviembre de 2014
VISTO:
La actuación simple N E32-2014-5374-A; y CONSIDERANDO:
Que por la misma, se presenta un Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto "Planes Directores de desages cloacales y proyectos ejecutivos de las obras de primera etapa de las localidades de Presidencia Roque Sáenz Peña y Villa Angela en la Provincia del Chaco.
Presidencia Roque Sáenz Peña";
Que la Ley General del Ambiente N 25.675, establece en su Artículo 8, inciso 2 como instrumento de política y gestión ambiental a la Evaluación de Impacto Ambiental;
Que el Artículo 38 de la Constitución Provincial 1957-1994, establece que todos los habitantes de la Provincia tienen el derecho inalienable a vivir en un ambiente sano, equilibrado, sustentable y adecuado para el desarrollo humano y a participar en las decisiones y gestiones públicas para preservarlo, así como el deber de conservarlo y defenderlo, siendo función de los poderes públicos dictar normas que aseguren básicamente la exigencia de estudios previos sobre impacto ambiental para autorizar emprendimientos públicos o privados;
Que la Ley Provincial N 3964, tiene por objeto la preservación, recuperación, conservación, defensa y mejoramiento del ambiente en todo el territorio de la Provincia del Chaco, para lograr mantener la biodiversidad y una óptima calidad de vida;
Que para el cumplimiento de este enunciado, la citada norma establece, en su Artículo 6 que "Todas las personas físicas o jurídicas y los organismos de la Administración Pública Nacional, Provincial y Municipal que proyecten obras, acciones o actividades capaces de modificar directa o indirectamente el ambiente del territorio chaqueño, deberán evaluar el impacto ambiental realizando un estudio que incluya la descripción y evaluación de las distintas alternativas y de sus respectivos efectos ambientales, debiendo agregar la especial descripción de evaluación de la alternativa elegida fundadamente, quedando a criterio del organismo de aplicación de la presente Ley su aprobación";
Que la Ley Provincial N 5562, en su Artículo 2, indica que la "Evaluación Ambiental Estratégica es el procedimiento establecido para evaluar, corregir y controlar los efectos que sobre el ambiente pueden tener determinados planes o programas; públicos o privados, con el fin de conseguir elevado nivel de protección ambiental y promover el desarrollo sustentable, a través de la integra-
TIRAJE: 650 EJEMPLARES
EDICION N 9.720
ción de la variable ambiental en la elaboración y aprobación de los referidos planes y programas";
Que de acuerdo con la envergadura de los intereses ambientales comprendidos y a efectos de garantizar una efectiva participación ciudadana en las decisiones, resulta necesario implementar un espacio institucional para que la ciudadanía en general, y todo aquel que se vea afectado o tenga un interés particular o general, exprese su opinión respecto de las cuestiones sometidas a consulta;
Que el sistema de audiencias públicas, consagrado por Ley Nº 4654 t.v y el Decreto N 01/08, establece que la convocatoria a la Audiencia Pública se realizará por Decreto, y es el señor Gobernador de la Provincia del Chaco el que presidirá la misma, pudiendo éste designar a otros funcionarios que lo representen;
Que en consecuencia corresponde convocar a Audiencia Pública para analizar el Estudio de Impacto Ambiental denominado "Provisión de Agua Potable a la Localidad de Presidencia Roque Sáenz Peña";
Que en el presente trámite ha tomado la intervención correspondiente la Asesoría General de Gobierno;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
EN EJERCICIO
DECRETA:
Artículo 1: Convóquese a Audiencia Pública a los interesados en el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto "Planes Directores de desages cloacales y proyectos ejecutivos de las obras de primera etapa de las localidades de Presidencia Roque Sáenz Peña y Villa Angela de la Provincia del Chaco. Presidencia Roque Sáenz Peña", el día 19 de diciembre de 2014, a las 11 horas en el Hotel Gualok, sito en calle San Martín N 1198, de la Ciudad de Presidencia Roque Sáenz Peña, Provincia de Chaco.
Artículo 2: Autorícese al señor Ministro de Planificación y Ambiente, Ingeniero Herman Miguel Brunswig, como autoridad que presidirá la Audiencia.
Artículo 3: Desígnese como área de implementación a la Subsecretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, y autorícese a la misma a adoptar las medidas pertinentes para el desarrollo de la Audiencia Pública.
Artículo 4: Habilítese por veinte 20 días el Registro para la inscripción de personas físicas y jurídicas, públicas o privadas que quieran hacer uso de la palabra en la Audiencia y/o incorporar al trámite información que sea relevante.
Artículo 5: Determínese que la inscripción se efectuará hasta dos 2 días antes de la realización de la Audiencia Pública en la sede de la Subsecretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, sito en Marcelo T. Alvear N 145, Piso 9, Oficina 8, Resistencia, Chaco.
Artículo 6: Publíquese por dos 2 días la Convocatoria a Audiencia Pública en dos 2 diarios de circulación pro-