Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 28/06/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco

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SECRETARIAGENERALDE LAGOBERNACION
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Franqueo a pagar Registro de la 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
Propiedad Intelectual 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
CASA DE GOBIERNO
Cuenta 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
948.707
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Director: JULIO RENE SOTELO
Nº 17017F10
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Correo Oficial
Boletín Oficial Oficina: Julio A. Roca 227 P.A. - www.chaco.gov.ar - E-mail: gob.boletinoficial@ecomchaco.com.ar - Tel-Fax. 362 4453520 - CTX 53520
AÑO LX
EDICION 24 PAGINAS

DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES

TIRAJE: 650 EJEMPLARES

RESISTENCIA, VIERNES 28 DE JUNIO DE 2013

EDICION N 9.515

DECRETO Nº 1307
Resistencia, 27 junio 2013

LEYES
VISTO:
LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 7240
ARTICULO 1º: Modifícanse los artículos 47 bis y 48 de la ley 3724 y sus modificatorias -Reglamenta la actividad de productores y asesores de seguros-, los que quedan redactados de la siguiente forma:
"ARTICULO 47 bis: Créase el "Fondo de Contralor"
sobre las pólizas de seguros emitidas por las compañías de seguros habilitadas por la autoridad competente para operar en la República Argentina, que aseguren bienes ubicados en la Provincia. El mismo estará integrado por el equivalente del cero coma treinta por ciento 0,30% del valor de la prima, excluidos impuestos, de cada póliza de seguro patrimonial, excepto vida, emitido en la Provincia del Chaco.
En cumplimiento de lo dispuesto en este artículo las compañías aseguradoras serán fiscalizadas por la Subsecretaría de Comercio dependiente del Ministerio de Industria, Empleo y Trabajo, a cuyo efecto se habilitará un Registro en el que se inscribirán las compañías que operen en esta Provincia, de acuerdo con la forma que determine dicha Subsecretaría."
"ARTÍCULO 48: El importe referido en el artículo anterior será incluido como concepto integrante del premio y será abonado por los asegurados conjuntamente con el mismo. Las compañías emisoras depositarán los fondos pertinentes en forma mensual, dentro de los primeros cinco días hábiles de cada mes, en la cuenta abierta a nombre del "Colegio Público de Productores Asesores de Seguros" en el Nuevo Banco del Chaco S.A."
ARTÍCULO 2: La presente ley entrará en vigencia a partir de los treinta 30 días de la publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, a los cinco días del mes de junio del año dos mil trece.
Pablo L. D. Bosch, Secretario María Lidia Cáceres, Vicepresidenta 1

La sanción legislativa N 7.240, y CONSIDERANDO:
Que conforme a las disposiciones constitucionales, las emanadas de la Ley N 4.647, y no habiendo observaciones que formular, procede su promulgación;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
D E C R E T A:
Artículo 1: Promúlgase y téngase por Ley de la Provincia del Chaco, la sanción legislativa N 7.240, cuya fotocopia autenticada forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2: Comuníquese, dése al Registro Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Fdo.: Capitanich / Judis s/c.
E:28/6/13

RESOLUCIONES
INSTITUTO PROVINCIAL DE
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL CHACO
RESOLUCION N 023
Resistencia, 19 junio 2013
VISTO:
CONSIDERANDO:
R E S U E LV E :
Artículo 1: Llámese a CONCURSO ABIERTO de ANTECEDENTES y OPOSICION en el ámbito del Instituto Provincial de Administración Pública IPAP Chaco, para cubrir para cubrir un 1 cargo de Vocal Académico y un 1
cargo Vocal de Investigación, en un todo de acuerdo al Decreto N 1069/13.
Artículo 2: Constitúyase el Tribunal Examinador según lo dispuesto en el Artículo 5 del Anexo I al Decreto N 1069/
13, el que estará conformado de la siguiente manera:
Sra. Presidente del IPAP Chaco, Cra. Maris Telma Gamón, como representante titular del Instituto, quien actuará como Presidente del Tribunal y la Sra. Lic. Mónica Andrea Sandobal de la Subsecretaría de Coordinación y Gestión Pública como suplente.
Sra. Alicia Knauss, Directora General de Recursos Humanos y la Sra. Mirian Cristina Colman, Directora de Desarrollo de Recursos Humanos como suplente.
Tres 3 representantes de las Universidades Públicas Nacionales, encuadradas en la Ley N
24.521, con asiento en la Provincia del Chaco.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 28/06/2013

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chaco

PaeseArgentina

Data28/06/2013

Conteggio pagine24

Numero di edizioni3257

Prima edizione14/07/1999

Ultima edizione12/06/2026

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