Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 10/12/2008

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco

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Franqueo a pagar SECRETARIAGENERALDE LAGOBERNACION
Registro de la 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
Cuenta N 17.100
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
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Propiedad Intelectual 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
Tarifa Res. N 408
CASA DE GOBIERNO
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948.707
S.C. G.
Directora: C.P. ELDA AÍDA PÉRTILE
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Correo Privado
Boletín Oficial
Oficina: Julio A. Roca 227 P.A. - www.ecomchaco.com.ar/BoletinOficial - E-mail: gob.boletinoficial@ecomchaco.com.ar - Tel-Fax. 03722 453520 - CTX 53520

AÑO LV

DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES

EDICION 26 PAGINAS

TIRAJE: 650 EJEMPLARES

RESISTENCIA, MIÉRCOLES 10 DE DICIEMBRE DE 2008

RESOLUCIONES
PROVINCIA DEL CHACO
MINISTERIO DE ECONOMIA, PRODUCCION Y EMPLEO
RESOLUCION N 1074
Resistencia, 02 de diciembre de 2008.
VISTO:
La Actuación Simple N E 11-061008-6021-Adel Registro de Mesa de Entradas y Salidas del Ministerio de Economía, Producción y Empleo; y CONSIDERANDO:
Que por las mismas el Consejo Profesional de Agrimensores, Arquitectos e Ingenieros de la Provincia del Chaco remite al Ministerio de Economía, Producción y Empleo, la Resolución N 3.362 A 08, y solicita su aprobación, de conformidad a lo establecido en el inc. e Art.
14 del Decreto-Ley N 873/58;
Que el instrumento precitado versa sobre la actualización de los índices indicativos utilizados para la determinación de los honorarios de los Profesionales matriculados;
Que asimismo, y a modo ilustrativo, el peticionante acompaña dictamen de la Asesoría Letrada de la entidad, en el cual se encuadra normativamente la facultad del Consejo para actualizar los valores vigentes, conforme términos del Decreto N 997/84 texto vigente;
Que en virtud de la Ley N 6.075 de Ministerios del Poder Ejecutivo-, art. 4 apartado B inc. 10, establece como materia de competencia Entender en la reglamentación y fiscalización del ejercicio de las profesiones vinculadas a su competencia, en los casos que deba intervenir el Ejecutivo Provincial;
Que por ello, es menester el dictado del presente instrumento legal;
EL MINISTRO DE ECONOMÍA, PRODUCCIÓN Y EMPLEO
R E S U E LV E :
Artículo 1: Homologar en todos sus términos la Resolución N 3.362 A 08 del Consejo Profesional de Agrimensores, Arquitectos e Ingenieros de la Provincia del Chaco, conforme la normativa y competencia citada en los considerandos y que en fotocopia autenticada Actuación Notarial A 00435726 forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2: Regístrese, comuníquese al Consejo Profesional de Agrimensores, Arquitectos e Ingenieros de la Provincia del Chaco, Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia y archívese.
Lic. Eduardo A. Aguilar Ministro de Economía, Producción yEmpleo Resistencia, 02 de Septiembre de 2008
RESOLUCION N 3.362 - A - 08
VISTO:
El Decreto N 997/84, y CONSIDERANDO:
Que, dicho Decreto autorizaba la modificación de la Metodología de actualización de los valores mínimos del metro cuadrado m2 de superficie cubierta, establecida por la
EDICION N 8.850

Resolución N 646/72 y aprobada por Decreto 1156/73.
Que autorizaba a efectuar la actualización mensual de los valores mínimos y montos topes acumulativos, utilizados para la determinación de Honorarios mínimos e importe de Aranceles, cuya metodología de actualización anual fuera autorizada por Decreto N 2754/75.
Que sustituía el índice del costo de vida utilizado como factor de variación para actualización de los valores citados en el Artículo 3, que fuera autorizado por Decreto N
2754/75, por el Índice de la Construcción determinado por el Banco Hipotecario Sucursal Resistencia.
Que establecía como valores básicos de los mencionados en el Artículo 3 y al mes de Octubre de 1983, punto de inicio para la utilización del nuevo índice, los que para esa fecha resulten de aplicar la metodología establecida en el Anexo I del Decreto N 2754/75.
Que establecía como Índice Básico en correspondencia a los Valores Básicos fijados en el Artículo 5, el Índice de la Construcción del Banco Hipotecario Nacional Sucursal Resistencia, del mes de octubre de 1983.
Que el Banco Hipotecario Nacional ha dejado de emitir el número índice aludido, por lo cual se hace impracticable la continuidad del sistema de actualización mensual de los valores mínimos del metro cuadrado de superficie cubierta.
Que resulta imprescindible contar con un sistema de actualización confiable y permanente para mantener actualizado los valores mínimos, como sí también los montos topes acumulativos.
Que una fuente confiable y permanente es la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Nación, que emite periódicamente el Valor Máximo Financiable del metro cuadrado de construcción.
Que la actualización del Valor aludido se determina por la aplicación de la Metodología del Decreto Nacional N 1.295/
2002.
Que para la referida Subsecretaría el costo del metro cuadrado de construcción al mes de mayo del presente año de de $ 1.480.
Que, a los efectos de mensurar el incremento sufrido por todos los Valores Indicativos contenidos en nuestra Reglamentación de Aranceles, desde el mes de marzo de 1993 al mes de mayo del año en curso, es necesario utilizar alguno de los índices suministrados por el INDEC.
Que la Comisión de Aranceles sugiere la utilización del Índice de Precios Nivel General debido a que es muy inferior con relación al Índice de la Construcción.
Que el Factor de Acrecentamiento del metro cuadrado de construcción para las distintas categorías, de acuerdo al referido índice es el que sigue:
Índice marzo/1993 = 43,4189
Índice mayo/2008 = 100,56
100,56
Factor de acrecentamiento = = 2,316
43,4189
Que aplicado a las distintas categorías nos da los siguientes valores:

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 10/12/2008

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chaco

PaeseArgentina

Data10/12/2008

Conteggio pagine26

Numero di edizioni3257

Prima edizione14/07/1999

Ultima edizione12/06/2026

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