Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 09/05/2008
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco
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Franqueo a pagar SECRETARIAGENERALDE LAGOBERNACION
Registro de la 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
Cuenta N 17.100
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
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Propiedad Intelectual 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
Tarifa Res. N 408
CASA DE GOBIERNO
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948.707
S.C. G.
Directora: C.P. ELDA AÍDA PÉRTILE
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Correo Privado
Boletín Oficial
Oficina: Julio A. Roca 227 P.A. - www.ecomchaco.com.ar/BoletinOficial - E-mail: gob.boletinoficial@ecomchaco.com.ar - Tel-Fax. 03722 453520 - CTX 53520
AÑO LIV
EDICION 24 PAGINAS
DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES
TIRAJE: 650 EJEMPLARES
RESISTENCIA, VIERNES 09 DE MAYO DE 2008
EDICION N 8.763
DECRETOS
DECRETO Nº 1.432
Resistencia, 22 abril 2008
VISTO:
El Programa Federal Plurianual de Construcción de Viviendas y los Subprograma de Viviendas para pobladores aborígenes y rurales, Subprograma de Viviendas para atención de Situaciones de Emergencia y Subprograma Federal para el mejoramiento del Hábitat Urbano - Obras de Infraestructuras y Complementarias que se ejecutan a través del Instituto Provincial de Desarrollo Urbano y Vivienda ; y CONSIDERANDO:
Que conforme al Convenio Marco y los Convenios particulares de financiamiento, la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda se compromete a asistir financieramente a cada Jurisdicción participante de los programas enunciados;
Que los certificados correspondientes se aprueban sobre la base de los cronogramas de inversiones y planes de trabajo presentados adjunto al Contrato, formando parte del mismo;
Que la Emergencia Social imperante en las poblaciones destinatarias de los programas mencionados en el Visto del presente Decreto obliga imperiosamente a evitar atrasos en la ejecución de los trabajos;
Que para permitir la continuidad de la ejecución de las obras, es necesaria la utilización de recursos provenientes del Fondo Nacional de la Vivienda FO.NA.VI
disponibles transitoriamente, con cargo de reintegro en oportunidad de recibirse los fondos de la Nación;
Que la Ley 4787 -de Administración FinancieraArt. 106 - faculta el dictado del presente instrumento legal;
Por ello EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
D E C R E TA
ARTICULO 1: Autorízase la utilización transitoria de recursos provenientes del Fondo Nacional de la Vivienda FO.NA.VI, con cargo de reintegro, para el pago de Certificados aprobados de las Obras incluidas en los Programas y Subprogramas mencionados en el Visto del presente Decreto.
ARTICULO 2: Comuníquese, dése al Registro Provincial, publíquese en forma sintetizada en el Boletín Oficial y archívese.
Fdo.: Capitanich/Alcántara s/c.
E:9/5/08
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DECRETO Nº 1.447
Resistencia, 23 abril 2008
VISTO:
El Decreto 806/08 y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se establecen medidas de contención del gasto público;
Que en atención a las intensas actividades desplegadas por la Administración Tributaria Provincial, tendientes al cumplimiento de los objetivos encarados por la actual gestión de gobierno, resulta necesario efectuar adquisiciones de bienes de capital, suficientes para el desarrollo de operativos de fiscalización;
Que la existencia de dichos bienes, en atención a criterios de modernización y eficacia en el funcionamiento del citado organismo, se toma insuficiente, requiriendo adquirir nuevos bienes de capital en forma urgente y ante ello, se propicia exceptuar a esa jurisdicción de las disposiciones establecidas en el Anexo II Punto 2 - Bienes de Capital del Decreto N 806/08;
Que la medida de excepción se adopta en Acuerdo General de Ministros y de conformidad a las disposiciones del artículo 10 del decreto 806/08;
Que por lo expuesto;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
D E C R E TA :
ARTICULO 1: EXCEPTUESE a la Administración Tributaria Provincial de las disposiciones establecidas en el Anexo II Punto 2 - Bienes de Capital del Decreto N 806/08.
ARTICULO 2: ESTABLEZCASE que la presente medida se dicta en Acuerdo General de Ministros.
ARTICULO 3: COMUNIQUESE, dése al Registro Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Fdo.: Capitanich/Aguilar s/c.
E:9/5/08
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DECRETO Nº 1.473
Resistencia, 23 abril 2008
VISTO:
El Expediente N 900-201005-00031; y, CONSIDERANDO:
Que por Resolución N 3013/05, del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, fs. 12/13/14
se ordenó la instrucción de sumario administrativo al Sr.
Marcelo Horacio Blanco, agente dependiente de la Administración Pública Provincial -Auxiliar de Contralor Ap. D Gpo. 6 Pje. 41-, con el objeto de esclarecer el hecho denunciado por el Sr. Ariel H. Lugo -encargado del depósito de mobiliarios y útiles escolares del Ministerio de Educación, que funciona en Av. 9 de Julio 2100-, del faltante de treinta y dos 32 equipos de Grupos Electrógenos Marca Diablo 2400 y deslindar responsabilidades;
Que de lo investigado por la instrucción, surge que con fecha 5 y 6 de septiembre de 2005 el agente Ariel H. Lugo efectúa una denuncia y ampliación dando cuenta de que en el galpón del predio donde se hallaban guardados 49 grupos electrógenos nuevos envalados en cajas de cartón, cuyo destino era la de ser entregados a escuelas rurales, se encuentra un faltante de 32 equipos, los restantes 17 de ellos en sus respectivas cajas y uno