Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 07/12/2007

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco

123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
Franqueo a pagar SECRETARIAGENERALDE LAGOBERNACION
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
Registro de la Cuenta N 17.100
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
Propiedad Intelectual 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
Tarifa Res. N 408
CASA DE GOBIERNO
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
948.707
S.C. G.
Director: Dr. ANTONIO LUIS MARTÍNEZ
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
Correo Privado
Boletín Oficial
Oficina: Julio A. Roca 227 P.A. - www.ecomchaco.com.ar/BoletinOficial - E-mail: gob.boletinoficial@ecomchaco.com.ar - Tel-Fax. 03722 453520 - CTX 53520

AÑO LIV

DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES

EDICION 20 PAGINAS

RESISTENCIA, VIERNES 07 DE DICIEMBRE DE 2007

LEYES
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DEL CHACO
R E S U E LVE
RESOLUCIÓN Nº 1.619
1 Insistir en la sanción original del proyecto de ley 5.901.
2 Registrar la presente resolución, efectuar las comunicaciones pertinentes y oportunamente, proceder a su archivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, a los catorce días del mes de noviembre del año dos mil siete.
Pablo L. D. Bosch Irene Ada Dumrauf Secretario Vicepresidente 1º LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 5.901
ARTÍCULO 1: Modifícase el artículo 16 de la ley 2071 y modificatorias Tarifaria Provincial, el que quedará redactado de la siguiente forma:
ARTÍCULO 16: Por los actos, contratos y operaciones que a continuación se enumeran, se deberá pagar el impuesto que en cada caso se establece:
1 Boletos de compraventa: el uno por mil 1, sobre el precio total de la operación.
2 Cesión y/o renuncia de derechos y acciones, y transferencias de boletos de compraventa por la cesión y/o renuncia de derechos y acciones vinculados con inmuebles, como así la transferencia de boletos de compraventa sobre inmuebles, el diez por mil 10.
3 Dominio:
a Por las escrituras públicas de compraventa de inmuebles o cualquier otro contrato por el que se transfiere el dominio de inmuebles, el trece por mil 13; Cuando se trate de la venta total o parcial de un inmueble dentro de los doce meses a contar de la fecha de su compra, la alícuota se incrementará en un cincuenta por ciento 50% a cargo del vendedor.
En el caso de escrituras traslativas de dominio de inmuebles destinados a vivienda única, familiar y de ocupación permanente cuando el monto imponible sea igual o inferior a pesos ochenta mil $ 80.000, la tasa será del cero por mil 0.
b Por las escrituras de ratificación de dominio de inmuebles cuando el que lo transfirió hubiere expresado en la escritura de compra que la adquisición la efectuaba para la persona o entidad a favor de la cual se hace la ratificación, o en su de-

TIRAJE: 650 EJEMPLARES
EDICION N 8.700

fecto cuando judicialmente se disponga tal declaración por haberse acreditado por autos dicha circunstancia, el cuatro por mil 4.
c Por las adquisiciones de dominio, como consecuencia de juicios por prescripción adquisitiva, el trece por mil 13.
d Por las escrituras de división de condominio, el cinco por mil 5.
4 Hipotecas y otros derechos reales: por la constitución, prórroga o ampliación de derechos reales sobre inmuebles, el diez por mil 10.
En el caso de inmuebles destinados a vivienda única, familiar y de ocupación permanente cuya valuación fiscal sea igual o inferior a pesos sesenta mil $ 60.000, la tasa será del cero por mil 0.
5 Por contratos de locación y sublocación de inmuebles y sus cesiones o transferencias, el diez por mil 10.
En el caso de inmuebles destinados a vivienda única, familiar y de ocupación permanente cuya valuación fiscal sea igual o inferior a pesos sesenta mil $
60.000, la tasa será del cero por mil 0. Cuando la valuación fiscal sea superior, la tasa será del cinco por mil 5.
El Poder Ejecutivo actualizará anualmente los importes establecidos en el presente artículo, aplicando el índice de precios al consumidor de la Ciudad de Resistencia.
ARTÍCULO 2: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, a los dos días del mes de mayo del año dos mil siete.
Pablo L. D. Bosch Irene Ada Dumrauf Secretario Vicepresidente 1º DECRETO Nº 2.611
Resistencia, 27 noviembre 2007.
VISTO:
La Sanción Legislativa N 5.901, vetada por el Poder Ejecutivo a través de la Nota N 024 de fecha 21 de mayo de 2007; y CONSIDERANDO:
Que por Resolución N 1619 de fecha 14 de noviembre de 2007, la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco insiste en la sanción original del proyecto de Ley;
Que en consecuencia, conforme a las disposiciones de la Constitución Provincial 1957-1994, en su artículo 118 y las emanadas de la Ley N 4647, procede su promulgación;

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 07/12/2007

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chaco

PaeseArgentina

Data07/12/2007

Conteggio pagine20

Numero di edizioni3257

Prima edizione14/07/1999

Ultima edizione12/06/2026

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Diciembre 2007>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
3031