Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 17/01/2005

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco

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SECRETARIAGENERAL DE LA GOBERNACION
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
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AÑO L

DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES

EDICION 8 PAGINAS

RESISTENCIA, LUNES 17 DE ENERO DE 2005

DECRETOS
DECRETO Nº 2534
Resistencia, 16 de Diciembre de 2004
VISTO:
La actuación Simple Nº 201-301104-1296 A, del registro del Ministerio de la Producción; y CONSIDERANDO:
Que el gobierno cuenta entre sus prioridades incrementar las medidas y mecanismos tendientes a lograr el desarrollo de los distintos sectores y etapas de la producción, partiendo de la adopción de medidas positivas con objeto de salvaguardar los derechos de los productores y de las entidades intermedias, como un medio más para motorizar la producción en la expansión de la economía;
Que resulta imperioso asistir a los sectores productivos sobre bases razonables y sustentables, que permitan generar proyectos viables desde el punto de vista técnico y con potencialidad para que se constituya en elemento multiplicador de las economías regionales;
Que es necesario apoyar a éstos sectores para que el Estado, sin incurrir en asistencialismo, aporte los fondos necesarios para orientar la producción hacia la finalidad que persigue en los procesos específicos que determine;
Que el Estado a través de sus medios técnicos y económicos se encuentra en condiciones de proveer lo necesario para las etapas de la producción y los procesos de preparación que las mismas demandan, contemplando la imposibilidad del productor de incorporarse al sistema financiero, adoptando el Estado los recaudos necesarios para que la operatoria respectiva cuente con la consecuente contraprestación del destinatario de la asistencia financiera y económica;
Que resulta necesario y conveniente que la precitada asistencia, como herramienta útil para la producción, se asegure el recupero de los fondos otorgados posibilitando la continuidad de la misma y con nuevos fondos destinados a tal fin, administrados adecuadamente para lograr la finalidad Estatal de utilizar la citada operatoria como reguladora de la actividad económica;
Que siguiendo las consideraciones expuestas, resulta conveniente otorgar a la operatoria que se pretende implementar un marco técnico jurídico contable acorde, ágil, eficiente y que por esencia compatibilice la protección de los derechos de la Provincia y a su vez las pretensiones y posibilidades de los eventuales deudores;
Que el FIDEICOMISO resulta el medio jurídico y contable ordenado para cumplir con la finalidad pretendida, posibilitando a través de una encomienda debidamente pormenorizada lograr la satisfacción del fin perseguido;
Que la ley Nº 5005 ha creado la sociedad FIDUCIARIA DEL NORTE S.A., como SOCIEDAD ANONIMA CON
CAPITAL ESTATAL MAYORITARIO que tiene por objeto administrar y disponer del patrimonio asignado a una finalidad especifica, coincidente con la operatoria a implementar;

TIRAJE: 650 EJEMPLARES
EDICION N 8.283

Que la sociedad precitada, atento a su estructura, organización y funciones puede actuar administrando y disponiendo los fondos para la efectivización de la finalidad del presente, considerando que tiene el manejo importante de la administración y disposición del FIDEICOMISO, como mecanismo adecuado para satisfacer las finalidades de otorgamiento de fondos y recupero de dichos fondos;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
D E C R E TA :
ARTÍCULO 1º: CREASE el fondo fiduciario denominado FONDO FIDUCIARIO LEASING en las condiciones previstas en el presente Decreto y en el CONTRATO DE
FIDEICOMISO a suscribirse entre las partes de acuerdo a los términos que surgen del ANEXO I que forma parte integrante del presente.
ARTÍCULO 2º: SERAN parte en el CONTRATO DE FIDEICOMISO a suscribirse: FIDUCIANTE: el MINISTERIO DE LA
PRODUCCION DE LA PROVINCIA DEL CHACO, FIDUCIARIO: FIDUCIARIA DEL NORTE S.A., BENEFICIARIOS: los productorers privados y/o entidades intermedias que el FIDUCIANTE determinará de conformidad al cumplimiento de los requisitos que para esta operatoria establezca y FIDEICOMISARIO: el MINISTERIO DE LA PRODUCCION.
ARTÍCULO 3º: ESTABLECESE que el FONDO FIDUCIARIO LEASING, tendrá por objeto la compra de bienes inmuebles y/o muebles registrables o no registrables, destinados a satisfacer requerimientos de los distintos sectores de la producción, con la facultad otorgada a FIDUCIARIA DEL NORTE S.A. de conceder dichos bienes a productores, en relación a su área de explotación, a través de CONTRATOS DE LEASING, es decir con la modalidad de contratos de alquiler con opción a compra y por el tiempo estipulado según surja del contrato celebrado entre las partes, contrato que se adjunta al presente.
ARTÍCULO 4º: El patrimonio del FONDO FIDUCIARIO
LEASING estará constituido por los fondos que dispone el MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN como FIDUCIANTE, consistentes en disponibilidades por un total de PESOS DIEZ
MILLONES $ 10.000.000.- y otras disponibilidades y fondos que pueda incorporar el FIDUCIANTE con la finalidad de satisfacer y complementar el objeto del presente, los que se incorporarán a partir de un acta acuerdo cuando las partes determinen su forma e instrumentación.
ARTÍCULO 5º: El FIDUCIARIO, en cumplimiento del encargo fiduciario y en representación del presente fondo fiduciario, podrá adquirir derechos y contraer obligaciones, siempre vinculados con su objeto. Los actos de administración y disposición que deba realizar, quedarán determinados de acuerdo a los actos y operaciones que establezca el reglamento interno de funcionamiento. El FIDUCIARIO podrá emitir títulos de deuda y/o certificados de participación sobre el patrimonio fideicomitido.
ARTíCULO 6º: La Escribanía General de Gobierno tendrá a su cargo la intervención, en todas las actuaciones inherentes a la transferencia del patrimonio fideicomitido, su instrumentación, protocolización, legalización e ins-

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Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 17/01/2005

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chaco

PaeseArgentina

Data17/01/2005

Conteggio pagine8

Numero di edizioni3257

Prima edizione14/07/1999

Ultima edizione12/06/2026

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